Si renuncias a una herencia tienes que pagar impuesto de sucesiones: lo que debe saber el heredero

Si renuncias a una herencia tienes que pagar impuesto de sucesiones

Cuando fallece un familiar y se abre la sucesión, tienes que decidir si aceptas o renuncias. Y esa decisión, que muchos toman por intuición y con prisa, es de las pocas en derecho que no admite marcha atrás. La duda que más me plantean en el despacho es si renunciar obliga a pagar el impuesto de sucesiones. La respuesta depende por completo de cómo renuncies. Voy a explicártelo con lenguaje entendible, junto con los plazos, el procedimiento ante notario y las consecuencias para el resto de herederos.

Qué es la renuncia a una herencia y cuándo puede renunciar un heredero

Qué significa renunciar a la herencia

La renuncia, que técnicamente se llama “repudiación”. Dicho en lenguaje entendible, declarar formalmente que no quieres nada de esa herencia, ni los bienes ni las deudas. Tiene efecto retroactivo, de modo que se considera que nunca fuiste heredero, como si la ley borrara tu nombre de la sucesión desde el primer día. Y debe ser expresa: no se presume ni se deduce de tu silencio, exige declaración formal en documento público. Aquí tienes la diferencia entre repudio y renuncia de una herencia, que no es una sutileza académica sino una distinción con efectos fiscales.

Quién puede renunciar a una herencia

Cualquiera que esté llamado a suceder, por testamento o por ley. Con dos matices relevantes. Si el llamado es menor de edad o persona con la capacidad modificada judicialmente, la renuncia exige autorización judicial previa, porque se trata de un acto que puede perjudicar su patrimonio. Y si estás casado en gananciales, la renuncia a una herencia es un acto que solo te compete a ti, ya que lo heredado sería privativo.

Diferencias entre aceptar y rechazar una herencia

Aceptar significa asumir el activo y también el pasivo, respondiendo de las deudas del fallecido con matices según la modalidad que elijas. Renunciar te desvincula por completo del caudal, de lo bueno y de lo malo. Ten en cuenta que esa diferencia resulta decisiva cuando el fallecido tenía actividad empresarial, avales firmados o préstamos personales, porque ahí el pasivo puede superar con holgura al activo. Aquí tienes cómo funciona la reclamación de deudas desde la posición del acreedor.

Cómo renunciar a una herencia: pasos y requisitos ante notario

Cómo renunciar de forma legal

Mediante escritura pública ante notario, sin excepción. No vale de palabra, ni por documento privado, ni por burofax, ni por no presentarse. La ley exige esa solemnidad para dar seguridad al acto y para que conste de forma indubitada frente a acreedores y coherederos. Acudes a la notaría, manifiestas tu voluntad de repudiar y el notario autoriza la escritura, que queda incorporada a su protocolo.

Documentos necesarios

Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia del testamento si lo hubiera o el acta de declaración de herederos, tu documento de identidad y el título que acredite tu condición de llamado. Conviene revisar antes la documentación con tu abogado, porque una vez firmada la escritura ya no hay nada que revisar.

Coste de renunciar ante notario

Los aranceles de una escritura de renuncia son moderados y guardan poca relación con el valor del caudal, a diferencia de lo que ocurre con la aceptación. Es decir, renunciar cuesta poco en honorarios notariales. Lo que puede costar mucho es renunciar mal, que es justo lo que vamos a ver en el apartado fiscal.

Tipos de renuncia: pura y simple frente a beneficio de inventario

Qué es la renuncia pura y simple

Es el rechazo total e incondicional, sin designar destinatario ni poner condición alguna. Renuncias a los bienes y a las deudas y quedas fuera de la sucesión. Es la modalidad más frecuente y, como veremos, la única que resulta neutra desde el punto de vista fiscal.

En qué consiste el beneficio de inventario

No es una renuncia sino una forma de aceptar. Aceptas la herencia pero limitando tu responsabilidad al valor de lo que recibes, de manera que las deudas se pagan con el patrimonio heredado y nunca con el tuyo. Exige formar inventario con citación de acreedores y cumplir plazos estrictos. Aquí tienes el detalle de cómo se acepta una herencia en cada una de sus modalidades.

Cuál es la mejor opción según las deudas del fallecido

  • Pasivo claramente superior al activo. Renuncia pura y simple, sin más análisis, porque no hay nada que proteger y sí mucho que perder.
  • Situación incierta o patrimonio complejo. Aceptación a beneficio de inventario, que te deja dentro de la sucesión sin exponer tu patrimonio personal mientras se aclaran los números.
  • Activo solvente y bien documentado. Aceptación pura y simple, que es la vía más ágil y la que permite disponer antes de los bienes.
  • Deudas propias del heredero. Valora primero si renunciar te perjudica, porque tus acreedores pueden pedir autorización judicial para aceptar en tu nombre. Sobre esto puedes ver si se puede embargar una herencia.

Cuál es el plazo para renunciar a una herencia

Plazo legal según el Código Civil

No hay un plazo perentorio general. Puedes pronunciarte mucho después del fallecimiento mientras no prescriba la acción, que es a los treinta años. Ahora bien, cualquier interesado puede instar la interpelación judicial y entonces dispondrás de treinta días para decidir. Ten en cuenta que ese plazo civil convive con el plazo fiscal de seis meses, que corre desde el fallecimiento y que no se detiene porque tú aún no hayas decidido nada.

Qué pasa si se agota el plazo

Si te interpelaron y dejas transcurrir los treinta días sin pronunciarte, la ley entiende que has aceptado pura y simplemente, con todas las consecuencias. El silencio, que en otros ámbitos protege, aquí te compromete. Por eso conviene no dejar la decisión para más adelante cuando hay acreedores rondando.

Se puede renunciar después de aceptar

No. La aceptación es irrevocable, se haya hecho de forma expresa o tácita. Y este es el punto que más disgustos causa, porque mucha gente acepta sin saberlo: cobrando el alquiler de un piso del caudal, vendiendo un vehículo, disponiendo de fondos o pagando deudas del fallecido con dinero de la herencia. Del mismo modo que nadie firma una escritura de compraventa confiando en poder deshacerla el lunes siguiente, nadie debería tocar un bien de la herencia pensando que siempre estará a tiempo de rectificar. Aquí tienes qué ocurre al impugnar un testamento habiendo firmado ya la aceptación.

Aspectos fiscales de la renuncia: hay que pagar el impuesto de sucesiones

Si renuncias a una herencia tienes que pagar impuesto de sucesiones

Pues bien, aquí está la respuesta que buscabas y tiene dos caras. Si renuncias de forma pura y simple, sin designar beneficiario, no pagas nada: se considera que nunca adquiriste la condición de heredero, no hay hecho imponible respecto a ti y tu parte pasa directamente del fallecido a quien corresponda. Si renuncias a favor de una persona concreta, la cosa cambia radicalmente y pagas dos veces.

Impuesto de sucesiones y donaciones: diferencias en la tributación

El impuesto agrupa dos hechos imponibles distintos: las adquisiciones por fallecimiento y las adquisiciones entre vivos. En la renuncia pura y simple solo juega el primero, y no respecto a ti sino respecto a quien recibe por acrecimiento. En la renuncia traslativa, es decir, la que se hace a favor de alguien determinado, Hacienda entiende que hubo dos transmisiones encadenadas: primero tú aceptaste tácitamente y después donaste. Por tanto liquidas sucesiones por lo que te correspondía y el beneficiario liquida donaciones por lo que recibe. Puedes ver cómo tributa esa segunda operación en el impuesto de donaciones en la Comunidad de Madrid.

Qué ocurre si la renuncia es a favor de otra persona

Que pagas dos impuestos donde podías no haber pagado ninguno. Hace tiempo tuve una consulta de un hombre de cincuenta y cuatro años, con negocio propio, que heredaba de su madre un tercio de un patrimonio de 1.400.000 euros y quería que su parte fuera para su hija. Firmó en la notaría una renuncia “a favor de mi hija”, con esas mismas palabras. Pese a que le insistí en renunciar de forma pura y simple y en dejar que el testamento y la sustitución hicieran el resto, no lo entendió. Hacienda liquidó sucesiones a su nombre y donaciones a nombre de la hija, y entre ambas cuotas, intereses y la pérdida de bonificaciones pagaron cerca de 95.000 euros que se habrían evitado con una redacción distinta. Resumen: en una renuncia, cuatro palabras de más cuestan una fortuna.

Consecuencias de repudiar la herencia para los demás herederos

Cómo afecta la renuncia a la parte de los otros herederos

Tu parte no queda vacante. Acrece proporcionalmente a los demás llamados del mismo orden, salvo que el testamento haya previsto una sustitución que designe a otra persona para ocupar tu lugar. Quienes reciben ese incremento deberán ajustar su propia liquidación del impuesto, porque heredan más de lo que inicialmente les correspondía. Y si no queda nadie en tu orden, el llamamiento baja al siguiente, que es como acaban heredando parientes como los sobrinos, según puedes ver en la herencia de los sobrinos.

Se puede renunciar si hay deudas del fallecido

Se puede y es precisamente la razón más frecuente para hacerlo. La renuncia pura y simple te protege por completo frente a los acreedores del fallecido, porque legalmente nunca fuiste heredero y no hay título que les permita dirigirse contra tu patrimonio. Conviene actuar antes de haber realizado cualquier acto que pueda interpretarse como aceptación tácita, incluido algo tan aparentemente inocente como vaciar el piso del fallecido y quedarse con los muebles.

Es recomendable consultar a un abogado antes de renunciar

Lo es, y no por corporativismo. Un especialista comprueba el pasivo real antes de que decidas, calcula si te conviene renunciar o aceptar a beneficio de inventario, redacta la renuncia de forma que no se convierta en una donación encubierta y verifica quién ocupará tu lugar, porque en ocasiones renunciar traslada el problema a tus propios hijos. Aquí tienes criterios para elegir un buen abogado para este tipo de asuntos. Recuerda que de lo que hagas ahora dependerán muchos años de tu vida y de la de los tuyos.

Si necesitas nuestros servicios estaremos encantados de poder atenderte ya que trabajamos en todo el territorio nacional.

Abogado Jesús Ángel Lorenzo Gonzalez
Abogado ICAM 70.378 y Socio Director en  | Sobre mí |  Más artículos
Jesús Ángel Lorenzo González es un abogado con más de 20 años de experiencia, especializado en derecho de familia y violencia de género.
Es fundador y socio director del despacho ABOGA2 en Madrid y otros sucursales.
Colaborador en Universidades y medios de comunicación como experto legal.