Supuesto práctico · Ejemplo construido con situaciones habituales. No es un asunto del despacho.
Actualizado en octubre de 2026.
Respuesta corta. Una denuncia por violencia de género abre un procedimiento penal, pero no es una condena. Puede traer en horas una detención, una orden de alejamiento, la salida de tu casa y límites para ver a tus hijos. No genera antecedentes penales: esos solo nacen de una sentencia condenatoria firme.
¿Qué verás en este artículo?
ToggleEl caso de Sergio: veinticuatro horas
Sergio tiene 41 años y vive en Leganés con Laura y sus dos hijos. Un domingo discuten por dinero. Ella denuncia que él la empujó y la amenazó.
A media tarde le llama la policía: tiene que presentarse en comisaría. Queda detenido y pasa allí la noche. El lunes por la mañana le llevan al tribunal. Antes de declarar habla a solas con su abogado.
A mediodía ya hay una orden de protección. No puede acercarse a menos de 500 metros de Laura ni comunicarse con ella. Tiene que dejar el piso, que es de los dos. Las visitas a sus hijos quedan suspendidas por ahora. Queda en libertad, pero la mañana no ha terminado: falta saber si el asunto sigue como juicio rápido y si el fiscal acusa.
En menos de un día ha cambiado dónde duerme, cómo ve a sus hijos y cómo va a ser su separación. Todavía no hay sentencia.
Si estás en una situación parecida, en ABOGA2 Tus abogados de confianza defendemos a quien ha sido denunciado por violencia de género, y conviene llamarnos antes de declarar.
¿Qué puede pasar el mismo día de la denuncia?
Una detención o una citación. La denuncia no obliga por sí sola a detener: la ley exige motivos bastantes para creer que hubo delito y que el denunciado participó en él (art. 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Si hay detención, dura lo imprescindible y, como máximo, 72 horas hasta la puesta en libertad o a disposición del juez. Desde el primer momento puedes guardar silencio, designar abogado y hablar con él a solas antes de declarar (art. 520).
Una orden de protección. El tribunal convoca una audiencia urgente, que debe celebrarse en un máximo de 72 horas desde que se solicita (art. 544 ter). En ella puede prohibirte que te acerques a ella y que te comuniques con ella, ordenar que salgas del domicilio y suspender tu derecho a tener armas. Lo explicamos en nuestra ficha sobre la orden de protección.
Medidas civiles provisionales. La misma orden puede fijar quién usa la vivienda, la custodia, las visitas y una pensión de alimentos. Duran 30 días. Si en ese plazo ella presenta la demanda de familia, siguen en vigor durante los 30 días siguientes a la demanda, en los que el tribunal las ratifica, las modifica o las deja sin efecto. Si no la presenta, dejan de estar en vigor.
Una inscripción. La orden se anota en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género. No es un registro público, y la anotación se cancela cuando el tribunal deja la medida sin efecto.
¿Qué pasa con mis hijos y con mi separación?
Es la parte que menos se conoce, y la que más pesa.
- Las visitas. Con un proceso penal de este tipo abierto, la regla es que no se fije régimen de visitas o que se suspenda el que hubiera. El tribunal puede mantenerlo en resolución motivada, atendiendo al interés del menor y tras valorar la relación del padre con sus hijos, salvo que el padre esté en prisión, provisional o por sentencia firme, por un delito de este tipo contra la madre o los hijos (art. 94 del Código Civil).
- La custodia compartida. No procede mientras uno de los progenitores esté incurso en un proceso penal de este tipo o el tribunal aprecie indicios fundados de violencia (art. 92.7 del Código Civil).
- El divorcio. Pasa a la misma Sección de Violencia sobre la Mujer que lleva la causa penal (art. 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Si ya estaba en marcha en otro tribunal, este debe inhibirse, salvo que la vista haya empezado (art. 49 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
En el caso de Sergio, las visitas se suspendieron en la orden de protección. Su abogado puede pedir que se revisen, aportando lo que acredite cómo es su relación con los niños.
¿Qué no provoca una denuncia?
- No es una condena. La presunción de inocencia sigue intacta (art. 24.2 de la Constitución): quien acusa tiene que probar.
- No genera antecedentes penales. Solo los produce una sentencia condenatoria firme. La denuncia, la detención y la orden de protección no lo son.
- No decide el final. El procedimiento puede terminar en archivo, en absolución, en una conformidad o en una condena tras el juicio.
- No es definitiva. Las medidas cautelares se pueden recurrir, y el tribunal puede modificarlas o levantarlas si cambian las circunstancias.
¿Y si al final hay condena?
Los delitos más frecuentes en estas denuncias, el maltrato sin lesión o con lesión de menor gravedad, las amenazas leves y las coacciones leves, se castigan con prisión de seis meses a un año o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, además de la privación del derecho a tener armas (arts. 153, 171.4 y 172.2 del Código Penal). Si los hechos ocurren en el domicilio común o en el de ella, o delante de menores, la pena se impone en su mitad superior. Y el tribunal puede añadir la inhabilitación para ejercer la patria potestad, hasta cinco años, si lo considera adecuado al interés de los hijos.
A eso se suma siempre la prohibición de acercarte a ella, que la ley obliga a imponer (art. 57.2 del Código Penal), y los antecedentes penales, que duran hasta que se cancelan. Lo contamos en Antecedentes penales por violencia de género: cómo cancelarlos.
¿Cómo puede acabar el caso de Sergio?
Depende de la prueba, no de la denuncia.
- Si solo existe la versión de Laura y no hay parte de lesiones, testigos ni mensajes que la respalden, el tribunal tendrá que valorar si esa declaración basta. Puede terminar en archivo o en absolución.
- Si hay un parte médico, vecinos que oyeron algo o mensajes de esa tarde, el fiscal acusará. Sergio tendrá que decidir si se conforma, con la pena reducida en un tercio, o si va a juicio.
- Si Sergio llama a Laura esa semana «para arreglarlo», habrá cometido un delito nuevo, el de quebrantamiento, aunque ella conteste.
Qué significa esto para ti
- Las primeras 72 horas pesan en todo lo demás. Lo que declares y lo que se acuerde en la orden de protección condicionan el juicio y la separación.
- Lo penal y lo de familia van juntos. Conviene que los lleve el mismo abogado.
- Las medidas se pueden discutir. Distancias, lugares y visitas se piden y se justifican; no vienen dadas.
- Una conformidad no es un trámite. Es una condena, con antecedentes y con alejamiento.
Plazos y errores frecuentes
Los plazos que conviene tener en la cabeza: 72 horas como máximo de detención hasta pasar a disposición del juez; 72 horas para la audiencia de la orden de protección; 30 días de vigencia de las medidas civiles, y 30 más desde la demanda de familia si ella la presenta dentro de ese plazo; y quince días para señalar el juicio rápido si no hay conformidad.
Los errores que más se repiten:
- Llamarla o escribirle para aclararlo.
- Declarar en comisaría sin haber hablado antes con un abogado.
- Aceptar la conformidad para acabar cuanto antes, sin saber qué supone para la custodia.
- Volver a casa a por tus cosas con la orden en vigor.
- Borrar mensajes o fotos que podrían servir de prueba.
¿Cuándo hablar con un abogado?
Antes de declarar. Y, si ya has declarado, antes de la siguiente comparecencia. Si quieres saber cómo son las primeras horas, sigue con Me han denunciado por violencia de género: qué hacer ahora.
En ABOGA2 Tus abogados de confianza la primera consulta tiene un precio de 90 € IVA incluido. En ella conocemos tu caso en detalle y te entregamos un presupuesto cerrado y por escrito. Si nos encargas la defensa, los 90 € se descuentan.
Fuente: Ley de Enjuiciamiento Criminal, texto consolidado (BOE).
Preguntas frecuentes
¿Me pueden detener solo con la denuncia?
La denuncia no obliga a detenerte. La ley exige motivos bastantes para creer que hubo delito y que participaste en él (art. 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Si te detienen, la detención dura como máximo 72 horas hasta que quedes en libertad o a disposición del juez, y tienes derecho a abogado desde el primer momento.
¿Pierdo la custodia de mis hijos por una denuncia?
La denuncia no decide la custodia, pero mientras el proceso penal esté abierto no procede la custodia compartida (art. 92.7 del Código Civil) y las visitas, por regla general, se suspenden, salvo que el tribunal las mantenga de forma motivada, lo que no cabe si estás en prisión por un delito de este tipo. Si la causa se archiva o hay absolución, se puede pedir que se revisen las medidas.
¿Voy a aparecer en algún registro?
La orden de protección se inscribe en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género, que no es público. Los antecedentes penales son otra cosa y solo existen si hay sentencia condenatoria firme. La detención deja además una anotación en los ficheros policiales, que tampoco son antecedentes penales y cuya supresión se pide a la Policía o a la Guardia Civil.
¿Qué pasa si ella quiere retirar la denuncia?
El procedimiento puede continuar, porque la mayoría de estos delitos son públicos, y la orden de alejamiento sigue en vigor hasta que el tribunal la levante. Lo explicamos en la entrada sobre si se puede retirar una denuncia de violencia de género.

Nuestros abogados expertos en distintas ramal del Derecho comparten sus conocimientos, sus experiencias y sus logros en nuestro Blog ABOGA2.
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46 respuestas
Me gustaría saber….siendo testigo directo d abusos verbales,abusos físicos(empujones),. Insultos y más empujones …increpado a gritos y hechandonala propietaria d la casa ala kalle….abusando ….se puede denunciar a esa persona no siendo yo el afectado directamente????
Gracias…pero lo vivo habitualmente konnmi kuñada y….ella no pone freno
Gracias…de corazon
El día 28 de diciembre mi pareja con la que vivía intento agredirme con un puñal lo deje de de su domicilio porque empezó a insultarme y.vino a mi casa con domicilio en la crespa y aquí fueron los echos solo quiero que no se vuelva a asercar a mi y que me entregué mis cosas que están en su casa
Buenas tardes
Los hechos que usted relata son muy graves. En su caso recomendamos solicitar una «orden de alejamiento» pudiendo hacerlo directamente ante la Policía o la Guardia Civil
Mi pareja me ha pegado en 3 ocasiones, costantemente me hecha del piso a mi y a mis dos hijas de 4 y 7 años ademas siempre me dice que soy poca cosa que no valgo nada que soy fea que le doy verguenza, hace unos meses me amenazo con matarme, en la actualidad no tengo empleo que debo hacer .
Estimada Señora
Nadie debe permitir insultos ni menos precios y mucho menos amenazas. Acuda a la comisaría de policía o al cuartel de la guardia civil y denuncie
Que procede después de levantar una demanda por violencia por parte de una mujer a un hombre siendo novios?
Denuncié a mi expareja por violencia de género ( maltrato psicológico) , tenemos un niño de cinco años que esta separado de su padre desde el mes de marzo del 2022 y esto inicialmente no lo afectó pero de un tiempo para acá ha sentido su ausencia y lo pregunta constantemente. Mi pregunta que puedo hacer para hacer una conciliación y que el padre pueda acercarse a su hijo. Y esto legalmente en que me perjudica?
Buenos días
Usted dice que «denunció» pero en ningún momento ha reflejado que exista orden de protección o impedimento legal para que el menor se relacione con el padre.
Si no existe orden judicial que impida al menor que se relacione con el padre no existe ningún impedimento legal y por tanto podría relacionarse.
Si en cambio existe alguna orden judicial es conveniente que acuda a su abogado especialista en violencia de género y familia a fin de que tome las medidas legales oportunas entre las que podriamos encontrar poner de manifiesto al juzgado el gran perjuicio que está ocasionando al menor la falta de contacto con el padre.
Buenos días
Disculpe pero no entendemos su pregunta ¿Nos la podría aclarar?
En espera de sus comentarios
Reciba un cordial saludo
He recibido una notificación por escrito de un juzgado de violencia de género en calidad de DENUNCIADO, que me insta a personarme en fecha concreta para prestar declaración en relación a un delito de violencia doméstica y de género.
El procedimiento está en
Sin embargo NO HE SIDO DETENIDO y todo aquel con quien he hablado del tema me asegura que se produce detención.
Tuve efectivamente una discusion con una ex-pareja pero me parece todo muy raro (tanto la no detención como la forma de comunicar, etc)
Les parece correcto?
Buenas tardes hice una demanda a mi pareja por maltrato estuve en audiencia en la comisaría de familia y salió el falló con orden de protección para mí y los dos ir a terapia psicológica, realmente ya no tengo más tiempo ni dinero para citas sacar documentos y demás que esto implica seguir con el proceso, en comisaría me dijeron que el caso se va para fiscalía pero es tan desgastante todo este proceso que prefiero conciliar llegar a un acuerdo quitar esa demanda quiero saber qué consecuencias tiene o en qué me puede afectar sinceramente la ley es demasiado demorada y es más lo que uno se expone y gasta dinero que de verdad ya no quiero seguir en lo mismo.
Puse una demanda por golpes que mi pareja me dio y tuve un aborto el se acercó a mi y me dijo que acepta rehabilitarse psicológicamente y el alcoholismo que sufre se puede frenar la demanda? Con una carta donde el se compromete? A cambiar con especialista
Cuando me denuncian por violencia intrafamiliar y le ponen una medida de protección ala mujer y la envían a una casa refugio le pueden alejar a uno los hijos sin poder hablar con ellos y verlos me pueden quitar ese derecho
Si la mujer desiste de la denuncia y se quieren arreglar las cosas como pareja se puede conciliar en la primera audiencia
Tengo dos años con mi pareja y una niña de un año y aparentemente las cosas marchan bien pero el es alcohólico y cuando está bajo los efectos de eso me maltrata y me golpea y el otro día dice que no lo volverá hacer pero estoy muy angustiada que nos haga más daño porque mi bebé está presente cuando todo eso pasa el problema es que yo dependo económicamente de el y eso es lo que me detiene.
Estimada Sra.
La falta de recursos económicos nunca pueden ser motivo para estar con una persona a la que se teme y máxime si existe un bebé que está percibiendo situaciones de riesgo.
Al ser usted mujer existen numerosos recursos a su alcance, así como ayudas de las que pueden informarle bien en el teléfono 016 o presencialmente en muchos organismos como por ejemplo en servicios sociales
La decisión siempre debe ser suya
Buenos días
Gracias por su pregunta. La respuesta es que hay que examinar con detalle lo que dice la resolución judicial dictada y atenerse a la misma.
Si en la misma no consta orden de alejamiento a su hijo usted podrá seguir estando en contacto con el mismo. Una cosa son las medidas adoptadas con respecto a la señora y otra a los menores.
Por favor consulte con un especialista de su confianza, en nuestro despacho de abogados estaremos encantados de poder ayudarle
Buenas tardes
En el caso que usted nos cuenta y debido a que ya hay un procedimiento judicial abierto lo mejor es contactar con su abogado que es el que mejor conoce el caso y le dará un asesoramiento con conocimiento de causa.
Si su actual abogado no le ofrece confianza puede cambiar de abogado. Consulte y contrate siempre abogados especialistas.
Estimado Sr.
No siempre se detiene. Lo que usted nos comunica es algo normal.
Le recomendamos que contrate un abogado especialista en violencia de género para que le acompañe el día de la declaración. Hágalo con tiempo suficiente para poder preparar su defensa.
Buenas tardes
Gracias por sus cometarios. Esa es una decisión que debe tomar usted como adulto pero quizá no sea el mejor momento para tomarla ahora ya que según usted les han dicho que tiene que acudir a «terapia psicológica». Quizá y sólo quizá lo importante sería iniciar la terapia y después tomar una decisión.
Como la comentamos, la decisión será suya
Buenos días
Realmente todo ciudadano está obligado a poner en conocimiento de las autoridades todos los hechos delictivos de los que tenga conocimiento y así lo establece e nuestro código penal
El viernes pasado tuve un juicio por maltrato sicólogo a mi hija menor y a mi durante 6 meses.Y por fin me doy cuenta de que esta pasando y decido salir y denunciarlo,pero como no hubo sangre ni golpes,lo han dejado libre y sin orden de alejamiento.El piso es de alquiler a su nombre,ahora quiereventrar,llame a la policia y no le dejaron entrar,el dijo a la dueña que ya no vivia aqui y que le quitara del contrato,pero si quiere entrar.La dueña le gijo que no y si yo pago el alquiler me quedo yo.Pero dice que no le puede quitar del contrato y si se puede por impago de el.Ahora me acosa por WhatsApp y en cualquier momento volvera a aparecer,quiero cambiar la cerradura por que estoy muerta de miedo,pero me ha dicho que bajo mi responsabilidaestoy vendida,porque entrara cuando quiera y si salgo de casa estoy vendida.Que hago mi hija y yo estamos muertas de miedo.La niña no es suya
Hola me puede llamar necesito una abogada que sore oor violencua genero porfavor ayudeme dejo numero celular y haci llama ——-
Buenos días
Gracias por su comentario. En nuestro despacho de abogados , nuestros abogados expertos en violencia de género estarán encantados de atenderla para ello rogamos tenga la amabilidad de solicitar cita en el 91 570 42 34
Buenos días
Si usted no tiene orden de alejamiento no entendemos porqué los policías no le dejaron entrar en su vivienda ya que podrían estar cometiendo un ilícito penal. Si el Juez no ha puesto una orden de alejamiento puede entrar en la vivienda cuando quiera porque, según su relato, entendeos que es su residencia también.
El dueño tampoco es quien para decirle si puede entrar o no a su residencia
No entendemos que si usted tiene tanto miedo como dice permanezca en la vivienda ya que, como usted ha dicho, el Juez no ha puesto orden de alejamiento y por tanto puede residir en la vivienda.
Si usted cambia la cerradura podrá estar cometiendo un delito de coacciones.
Para resolver más cuestiones relacionadas con este asunto no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Reciba un cordial saludo
Hola , estoy casada hace más de 20 años, tengo hijos mayores y menores, se enoja y me dice barbaridades , me insulta , me ningunea o pasa meses sin dirigirme la palabra, pasa al lado mío como si fuera un mueble, el vive bien pero a mi nunca me pasó plata , aunque yo trabajo nunca me alcanza, x lo que nunca llego a cubrir todo los gastos diarios y lo que necesitan mis hijos , x lo que cada vez me endeudó más. Trate de separarme varias veces, pero me amenaza que me va a sacar d la casa, que es de el . Si hago la denuncia cuales son los resultados ?
Denuncie a mi ex pareja por acoso
Insultos humillaciones pedí una orden de alejamiento que me la denegaron
Ahora le tengo que volver a denunciar por lo mismo de esto solo hace un mes
Y el mismo día del juicio ya me empezó otra vez a insultar
Que le puede pasar ahora si le denuncio otra vez gracias
Buenos días
Depende de si admiten a trámite su denuncia o no y una vez admitida a trámite si usted tiene prueba suficiente para demostrarlo o no
Nos dice que la primera denuncia no han acordado orden de alejamiento pero no nos dice si se archivó el procedimiento no. Sino se archivó el procedimiento entendemos que podría «ampliarse» la denuncia.
Por favor póngase en contacto con nosotros para mantener una consulta presencial y así podrá valorar su caso de manera particular un abogado especialista en violencia de género
Buenos días
Entre las cosas que usted manifiesta algunas pueden ser consideradas delito de violencia de género y otras no.
Si usted se quiere separar o divorciar lo puede hacer y la otra persona no puede impedirlo. Si en caso de presentar una demanda de divorcio la otra persona la amenaza eso sería un delito e iría por la vía penal.
Mucha gente dice que le va a quitar la casa a la otra en crisis matrimoniales pero el uso de la vivienda en caso de divorcio o separación lo determina un juez.
Nosotros lo que podemos recomendarla es que contrata el mejor abogado de familia que pueda costear para que defienda sus intereses y en caso de no disponer de recursos económicos solicite un abogado del Turno de oficio en el colegio de abogados de la ciudad donde resida.
Agradeciendo sus comentarios.
Reciba un cordial saludo
Quiero saber si mi ex pareja puede salir del país después de averlo denunciado hace 5 años por violencia de género y alejamiento de mi,solo le han pintado los dedos.. puedo sacar la denuncia por violencia de género?
Hola he tomado fuerzas y he tenido que efectuar dos veces denuncia por agresión física, verbal y psicológica asia mí y en oportunidades que llevo a los niños a su casa asia ellos también pegandoles a uno de ellos y tapándole la boca y gritandoles saber cómo seguirá la causa en lo civil y penal y si mí ex pareja tiene derecho a seguir llevándose los niños? ya que esto me parece riesgoso pero sin embargo ahora esta pidiendo verlos
Buenas tardes días o noches.
Me parece muy graves y certeras las consecuencias cuando se efectúa una agresión.
Pienso que no hay mejor manera de actuar puesto que al no ser atendidas podría llegar a casos muy lamentables.
Soy hombre, y activamente vivo un matrimonio donde la violencia se ha vuelto común.
Dirán que es de mi parte a ella.
Pero no.
No se que hacer.
Rasguños, golpes, asfixia.
Ella sabe de las consecuencias que un hombre puede tener al golear a una mujer.
No quiero perder a mi hijos
Trato de aguantar todo esto mientras busco una solución donde no se me prive de ver a mis hijos.
Buenas tardes
Lo que usted comenta se llama «violencia doméstica». Usted puede denunciar y se seguirá un procedimiento penal contra su actual pareja o mujer.
Los trámites son mucho mas lentos que cuando denuncia una mujer por lo que le aconsejamos que contrate a abogados expertos en violencia doméstica que le asesoren, guíen y defiendan. Nadie tiene que ser golpeado ni maltratado sea hombre o mujer
Llámenos, pida cita con nuestros abogados especialistas y le ayudarán. Recuerde el teléfono es 91 570 42 34 (trabajamos en toda España)
Llámenos y estaremos encantados de poder asesorarla correctamente y personalmente . El teléfono para pedir cita es el 91 570 42 34 (trabajamos en toda España)
Buenos días
Si ningún juez ha dictado orden que impida salir del país podrá hacerlo
Para contactar con nosotros y pedir asesoramiento personalizado no dude en llamar al 91 570 42 34 y le daremos cita con abogado especialista en violencia de género https://aboga2.eu/abogados-penalistas/violencia-genero/madrid/
Estoy de pareja de echo desde hace dos años, mi pareja me ha echado de su casa sabiendo que no tenía trabajo ni a donde ir pues soy extranjera, yo deje todo y perdí todo por dejarme manipular ya que al principio era distinto, ya que vio que yo me quede sin nada y solo me dediqué al hogar dejo de darme dinero y comprar comida en casa, el tiene solvencia económica puesto que mientras yo me empobrecí él puso todas las sociedades de su padre a su nombre , ahora él tiene propiedades y negocios , yo entré a trabajar en lo que encontré para poder comprar comida, tengo un hijo menor que no es hijo de él, ahora de un día para otro yo desperté y descubro que se fue de la casa que es propiedad de él , al siguiente día me llama su abogada diciéndome que debo irme de su casa y que disolverá la pareja de echo , yo estoy muy mal emocionalmente y psicológicamente, estoy tomando medicación para poder dormir y tengo ataques de ansiedad, tengo miedo de que aparezca y me eche a la calle, no puedo alquilar nada pues no gano lo suficiente para un alquiler y comida , no sé qué hacer
Buenos días
Ante todo muchas gracias por ponerse en contacto con nosotros.
Ante la grave situación en la que se encuentra recomendamos que acuda a los servicios sociales de la población en la que reside y ellos la podrán asesorar adecuadamente.
Así mismo recuerde que las personas sin recursos en España tienen derecho a la denominada justicia gratuita por lo que también aconsejamos acuda al Colegio de Abogados de su ciudad o de la provincia donde reside y ellos le dirán cómo solicitar esa denominada justicia gratuita.
Esperando y deseando que su situación mejore
Reciba un cordial saludo
Buenas noches. La sanción será cárcel, para la persona que cometió violencia doméstica ? En mi caso, que fue mi cónyuge ?
Buen día, le comento que eh sido denunciado por maltrato psicológico hacia mi ex pareja en el mes de enero del año 2023 por lo que le dieron las medidas de protección por 02 meses sin embargo en su manifestación indico todo lo que ella hizo, es como que yo lo hubiese hecho actualmente se archivo el caso, en el examen de psicológico que le practicaron a mi ex pareja salió que ella no sufre violencia psicológica porque es una persona impulsiva y emocionalmente inmadura. desde entonces ya pasaron 06 meses, y actualmente no me permite ver a mi hijo, las veces que intente acercarme al mi hijo me tiene miedo se esconde ya que anteriormente era bien activo mi hijo. actualmente esta al cuidado de mi ex cuñada quien tampoco me permite acercarme a mi hijo ya que mi ex pareja trabaja durante el día. mi consulta es que acción puedo tomar ya que mi hijo es el mas perjudicado.
Buenos días
Ante todo muchísimas gracias por leer nuestra web y consultarnos.
Su cuñada no puede impedirle estar con su hijo por lo que puede llamar a la policía o guardia civil si lo hace que la tomen sus datos e iniciar las acciones penales oportunas contra ella.
En cuanto a su expareja tampoco puede impedir que usted esté con su hijo ya que es un derecho del menor estar con los padres. Le recomendamos que contacte con nosotros en el 91 570 42 34 o bien contrate un abogado de familia de su confianza para iniciar distintos trámites legales como son la solicitud de medidas provisionales previas o coetáneas para establecer un régimen de custodia con respecto del menor. Lo más importante es que no se destruya el vínculo existente entre padre e hijo y esto tiene que hacerlo lo antes posible porque la justicia en España no es especialmente ágil ni rápida. Recuerde que aunque soy abogado de familia en madrid trabajamos en toda España por lo que puede contratar nuestros servicios y le atenderemos en todo el territorio nacional
Buenos días
En caso de cometerse un hecho delictivo se impondrán las penas que se recogen en los correspondientes códigos penales de cada país.
En España, el código penal español, recoge distintas penas dependiendo del delito como pueda ser asesinato, homicidio, lesiones… cada delito lleva aparejada una pena y en muchas ocasiones conllevan penas privativas de libertad, dícese prisión.
Lo mejor que puede hacer para saber a qué penas se enfrenta en realidad concertar una cita con abogado violencia de género en madrid o en la ciudad donde resida
Gracias por habernos contactado
A mí hijo le a denunciado por malos tratos un conocido de su novia no sé si por celos iban todos juntos un grupo de amigos estaban de fiesta y arrolló a su novia sin querer y va el amigo y pone denuncia que le pegó y el grupo que no y elle misma dijo que no ahora le an puesto una orden de alejamiento sin necesidad fue un accidente y el juez no se lo cree que le puede pasar cuando salga el juicio estamos desbordados por lo que pueda pasar
Buenos días
En estos casos deben consultar con su abogado y si el mismo no le ofrece confianza no duden en contactar con un abogado especialista en violencia de género
en nuestro despacho de abogados estaremos encantados de poder ayudarles
Reciban un cordial saludo
Jesús Angel Lorenzo González
Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
mi pareja m empujo y cay al piso resibi un golpe muy fuerte en la cabeza denuncie pero ya hace 3 mses y nada
Ya llegará
Buen dia disculpe tengo una demanda x violencia intrafamiliar esto me puede afectar los antecedentes penales
si sale condenado entiendo que sí