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¿Qué quiere decir apoderado de una herencia?

Apoderado De Una Herencia

Aunque en el artículo de hoy vamos a explicar qué es un apoderado en una herencia, empezaremos por explicar qué es un apoderado en cualquier ámbito del derecho.

Qué es un apoderado

El apoderado es aquella persona a la que otra le ha conferido mediante Poder Notarial la facultad de decidir y actuar en su nombre en determinados actos jurídicos.

Poder Notarial

El Poder Notarial es un documento público muy habitual, especialmente cuando hablamos de herencias.

En las herencias en las que existen varios herederos, es frecuente que alguno de ellos no pueda acudir el día señalado a la firma de la adjudicación de la herencia o la posterior venta de alguno de los bienes recibidos, ya sea por problemas geográficos, laborales o de cualquier índole, o incluso que no exista buena relación entre los herederos y alguno no quiera comparecer para evitar momentos “tensos”.

En esos casos resultan esencial el poder notarial, un documento por el que un heredero (poderdante) otorga a otra persona (apoderado) la facultad para que actúe en su nombre y lo represente en un determinado acto o una pluralidad de ellos. De este modo, el poderdante no tendría que comparecer a la firma, ya que acudiría el apoderado en su nombre y representación, siendo suficiente para acreditar su cualidad de apoderado la exhibición de la copia autorizada del poder que le habrá entregado el poderdante.

Cómo se otorga un poder

Otorgar un poder es relativamente sencillo. Basta con que el poderdante acuda a un Notario con su DNI o pasaporte y manifieste su voluntad de otorgar capacidad al apoderado para que actúe en su nombre y le represente jurídicamente, aportando todos los datos de apoderado. No es necesario que el apoderado acuda personalmente.

El mayor problema reside en determinar las facultades que se confieren y los actos para los que se otorga el poder.

Lo normal en una herencia es que se otorgue poder para la aceptación de la herencia, la presentación y pago de impuestos, la facultad de recibir dinero, recurrir las liquidaciones de impuestos y para poder abrir y cerrar cuentas bancarias. Sin embargo, será el poderdante quien determine la extensión del poder según la confianza que tenga con el apoderado y los actos a los que pueda o no asistir.

No obstante, debemos recordar que hay ciertos casos o situaciones en los que no se admite la representación a través de un poder, así por ejemplo para hacer testamento.

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