¿Cúanto tiempo se tarda en tramitar una herencia en Madrid?

Reloj de sobremesa vintage con péndulo dorado, en una mesa junto a libros apilados.

Si estás leyendo este artículo probablemente acabes de perder a un familiar y necesites cobrar una herencia para pagar facturas, una hipoteca o, simplemente, para poner orden patrimonial cuanto antes. La pregunta que más se repite en consulta es siempre la misma: cuánto se tarda en cobrar una herencia. Y la respuesta sincera no es la que muchos quieren oír, porque depende de bastantes factores y casi nunca son los tres meses que cuentan algunos.

Pues bien, después de muchos años llevando sucesiones en nuestro despacho especialista en herencias he visto familias que cierran la herencia en tres meses limpios y familias que llevan cuatro años sin saber siquiera qué hay en el caudal hereditario porque dos hermanos se han enfrentado por una cubertería. Voy a tratar de explicarte, con un lenguaje sencillo y comprensible, en qué plazos reales se mueve una herencia en Madrid, qué tramos puedes acelerar y cuáles dependen de la Administración. Como siempre te recordamos que trabajamos en todo el territorio nacional, así que si vives fuera y la herencia es en Madrid, estamos aquí.

El plazo que la ley te impone y el plazo que la realidad te impone

Lo primero que tienes que tener claro es que en una herencia hay dos relojes corriendo a la vez, y conviene no confundirlos. El primero es el reloj fiscal: tienes seis meses desde el fallecimiento para liquidar el impuesto de sucesiones, prorrogables a doce si pides la prórroga a tiempo. El segundo es el reloj real: lo que de verdad tarda toda la tramitación, desde el día del entierro hasta que el último piso queda inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre de los herederos.

El reloj fiscal es obligatorio. El reloj real es elástico. La ley no te impone una fecha tope para haber firmado la escritura de aceptación de herencia ni para haber repartido los bienes, pero sí te impone pagar el impuesto en seis meses. Mucha gente confunde esto y cree que tiene seis meses para hacerlo todo, lo cual no es cierto, o al revés, cree que como no hay plazo para nada puede dejarlo pasar, y se le acumulan recargos importantes.

Ten en cuenta que en términos prácticos, una herencia sencilla en Madrid, con testamento claro y herederos que se llevan bien, se tramita de principio a fin en tres a seis meses. Una herencia sin testamento, con declaración de herederos previa, suele requerir entre cinco y ocho meses. Una herencia con conflicto entre herederos, con bienes en varios países o con empresa familiar puede tirarse uno, dos o más años. La media en nuestro despacho está alrededor de seis meses, pero la dispersión es brutal.

Por qué unas herencias se cierran en tres meses y otras en tres años

Hay cinco factores que marcan la diferencia entre una herencia rápida y una herencia eterna. Conócelos para saber dónde se va a atascar la tuya y dónde puedes empujar.

Si hay testamento o no lo hay

Si el fallecido otorgó testamento, te ahorras un trámite que añade entre uno y dos meses como mínimo: la declaración de herederos ante notario. Con testamento, sabes desde el primer día quién hereda qué. Sin testamento, tienes que pedir el certificado de últimas voluntades, esperar quince días hábiles, tramitar la declaración de herederos ante notario con dos testigos no herederos, esperar plazos legales y solo después puedes seguir con el resto.

Es decir, otorgar testamento en vida es uno de los regalos más útiles que le puedes hacer a tus hijos. Mi experiencia me dice que un testamento sencillo ante notario, redactado bien, te ahorra meses de papeleo a tu familia el día que faltes. Y cuesta menos de lo que te imaginas.

Si la familia está unida o pelea por todo

El segundo factor es el grado de acuerdo entre los herederos. La aceptación de la herencia es individual, cada heredero puede aceptar la suya, pero la partición de los bienes requiere unanimidad. Si tres hermanos están de acuerdo en cómo se reparte el piso de la madre y otro no, la herencia se atasca hasta que decida un juez.

Hace tiempo tuve una consulta de cinco hermanos, herencia paterna en Madrid, valor del caudal alrededor de 380.000 euros, fundamentalmente un piso de la Castellana y dos cuentas bancarias. Cuatro hermanos querían vender el piso y repartir el dinero. El quinto, hijo único de un primer matrimonio del padre, se empeñó en quedarse el piso pagando a los demás. Pese a que les insistí en sentarse a negociar un punto intermedio, no quisieron. Acabamos en juicio de división de herencia. Tres años después, los gastos judiciales se habían comido casi 50.000 euros del caudal y el piso seguía sin venderse. Resumen: el peor enemigo de una herencia es siempre el hermano que cree que tiene derecho a más que el resto.

Cuántos bienes hay y de qué tipo

Una herencia con un único piso, una cuenta y dos plazas de garaje se cierra en tres meses. Una herencia con seis inmuebles repartidos por tres comunidades autónomas, participaciones en una pyme familiar, una cartera de valores complicada y una colección de arte tasable se va a un año mínimo. La complejidad del patrimonio multiplica el tiempo de tramitación porque cada activo necesita su valoración, su inventario y su trámite específico.

Ten en cuenta que los bienes en el extranjero añaden burocracia y plazos por encima de la media española. Herencia con piso en Francia, cuenta en Andorra o seguro vinculado a Suiza significan certificados, traducciones juradas, apostillas y a veces incluso tramitar la herencia en paralelo en el país donde está el bien. Si tienes patrimonio fuera de España, conviene que el testamento contemple esto y, mejor, que dejes apostillado todo cuanto puedas en vida.

Qué tan rápido reaccione la Administración

Hay tramos del proceso que no dependen de ti ni de tus abogados, sino de la diligencia de las administraciones públicas. El certificado de defunción se obtiene en pocos días. El de últimas voluntades, en una o tres semanas desde que se solicita pasados los quince días hábiles preceptivos. Los certificados del Registro de la Propiedad varían según el registro concreto. Los del Catastro suelen ser rápidos. Los certificados bancarios de posiciones a fecha de fallecimiento pueden tardar tres o cuatro semanas y, en bancos lentos, hasta dos meses.

Mi experiencia me dice que en Madrid las administraciones funcionan razonablemente bien comparadas con otras zonas, pero los bancos siguen siendo el cuello de botella habitual. Si el fallecido tenía cuentas en varias entidades, prepárate a llamar y reclamar.

Si la notaría elegida está colapsada o no

El quinto factor, que casi nadie tiene en cuenta, es la agenda de la notaría donde se vaya a firmar la aceptación de herencia. En épocas de alta demanda algunas notarías tienen cita para dos meses vista. Otras, perfectamente operativas, te dan cita la semana siguiente. Conviene que elijas notaría con criterio, preguntando antes a tu abogado, y que reserves cita en cuanto sepas que tendrás la documentación lista.

Tramo a tramo: cuánto tarda cada paso del proceso

Voy a desglosártelo por fases para que puedas hacerte una idea realista. Estos son los plazos típicos que vemos en Madrid en una herencia sin grandes complicaciones.

Primeras dos semanas: documentación básica

Días uno a quince. Tramitas el certificado de defunción en el Registro Civil, lo cual se hace en cuestión de días. Avisas al banco del fallecimiento para que bloquee las cuentas. Reúnes la documentación que tengas en casa del fallecido: DNI, escrituras, libreta del banco, pólizas, recibos del IBI, documentación de los vehículos. Si el fallecido vivía solo, conviene que entres con tiempo y revises bien sus papeles.

Ten en cuenta que el certificado de últimas voluntades no lo puedes pedir hasta que pasen quince días hábiles desde el fallecimiento. Mientras tanto, ve preparando lo demás.

Semanas tres a seis: certificados y testamento

Pides el certificado de últimas voluntades y el certificado de seguros de cobertura de fallecimiento al Ministerio de Justicia. Si hay testamento, pides copia autorizada en la notaría que aparezca. Si no hay testamento, empiezas a tramitar el acta de declaración de herederos ante notario, lo cual requiere reunir certificados de nacimiento, libro de familia y dos testigos.

En paralelo, pides el certificado de posiciones a fecha de fallecimiento a todas las entidades bancarias y aseguradoras donde el fallecido tuviera productos. Solicitas notas simples actualizadas de los inmuebles en el Registro de la Propiedad.

Semanas siete a doce: valoración e impuesto

Con la documentación encima de la mesa, toca valorar los bienes para preparar la autoliquidación del impuesto de sucesiones. Los inmuebles se valoran por su valor de referencia catastral, salvo que la valoración de mercado sea inferior y se pueda justificar. Las cuentas bancarias por su saldo a fecha de fallecimiento. Los valores cotizados por cotización oficial. Las empresas familiares requieren tasación profesional.

Una vez valorado todo, se calcula el impuesto aplicando las reducciones y bonificaciones que correspondan según la Comunidad de Madrid, donde la bonificación del 99% para descendientes, cónyuges y ascendientes hace que para la mayoría de familias el impuesto sea casi simbólico. Se presenta la autoliquidación y se paga.

Es decir, el impuesto suele liquidarse entre el cuarto y el sexto mes. Si vas justo, pides la prórroga el quinto mes para tener seis meses adicionales sin recargos.

Mes cuatro al seis: firma de la aceptación

Con el impuesto liquidado y todos los documentos en regla, se firma la escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante notario. Es el acto formal en el que los herederos comparecen, declaran la composición del caudal, expresan su voluntad de aceptar y se adjudican los bienes según testamento o según las cuotas legales si no había testamento.

Si la familia se lleva bien, este es un acto solemne pero rápido, una hora en notaría firmando papeles. Si la familia se lleva mal, esta cita puede atascarse meses porque no se ponen de acuerdo en quién se queda qué.

Mes seis al doce: inscripciones y cambios de titularidad

Firmada la escritura, queda la cola administrativa. Hay que inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad correspondiente, lo cual lleva entre dos y ocho semanas dependiendo del registro. Hay que cambiar la titularidad de los vehículos en Tráfico. Hay que llevar la escritura a los bancos para que activen las cuentas a nombre de los nuevos titulares.

Mi experiencia me dice que esta fase final, aparentemente rutinaria, es donde más gente se relaja y deja papeles a medias. Conviene que no la abandones, porque mientras no estén inscritos los inmuebles, los herederos no pueden vender ni hipotecar nada con seguridad jurídica.

Cuánto cuesta tramitar una herencia en Madrid

Por completar el cuadro, conviene que sepas también qué te vas a dejar en costes durante el proceso. Una herencia tiene varios bloques de gasto que se acumulan, y entenderlos bien te ayuda a no llevarte sorpresas.

Gastos notariales

Los honorarios del notario están regulados por arancel oficial y dependen del valor del caudal hereditario y del número de folios de la escritura. Para una herencia media en Madrid, los gastos notariales por la aceptación de herencia oscilan entre 600 y 1.500 euros. Si además hay que tramitar la declaración de herederos ante notario porque no había testamento, súmale entre 150 y 400 euros más.

Impuesto de sucesiones y plusvalía municipal

El impuesto de sucesiones es, salvo familias con bonificación elevada, el coste más alto. En Madrid, para descendientes, cónyuges y ascendientes, la bonificación del 99% reduce este impuesto a una cifra casi simbólica. Para herederos colaterales como hermanos o sobrinos, la cosa cambia: los tipos efectivos pueden ser muy superiores y conviene calcular caso por caso.

La plusvalía municipal de los inmuebles urbanos la cobra el ayuntamiento donde está cada bien y depende del valor catastral del suelo y del tiempo que el causante hubiera sido titular. En herencias con varios pisos en Madrid capital la plusvalía puede sumar varios miles de euros.

Gastos registrales y otros

Inscribir cada inmueble en el Registro de la Propiedad cuesta entre 300 y 800 euros por bien dependiendo del valor. Súmale los certificados oficiales del Registro Civil y del Ministerio de Justicia, que cuestan entre 4 y 30 euros cada uno, las notas simples registrales y, si hay que valorar bienes complejos, los honorarios del perito tasador, que pueden ir desde 300 euros hasta varios miles dependiendo de la complejidad.

Honorarios del abogado especialista en herencias

No son obligatorios, pero son altamente recomendables salvo en herencias muy sencillas y unánimes. Los honorarios varían según despacho y según complejidad, pero en Madrid oscilan habitualmente entre 500 y 3.000 euros, con cifras superiores en herencias muy grandes o con conflicto. Recuerda que pagar a un abogado especialista al principio te ahorra a menudo recargos, sanciones, errores de tributación y pleitos posteriores que cuestan muchísimo más.

Cuando la herencia se complica: deudas, conflicto y bienes raros

Hay tres escenarios en los que el plazo se dispara y conviene que los detectes pronto para tomar decisiones a tiempo.

Herencias con deudas

Si sospechas que el fallecido podía tener deudas relevantes, ya sea por su actividad empresarial, por avales prestados, por morosidad bancaria o por procesos fiscales pendientes, no aceptes la herencia pura y simplemente. Acepta a beneficio de inventario, lo cual te obliga a tramitar un inventario formal ante notario y a esperar plazos adicionales, pero te protege el patrimonio personal.

Una aceptación a beneficio de inventario añade entre dos y seis meses al plazo total y obliga a notificar a los acreedores, a inventariar de forma reglada todos los bienes y deudas y a respetar el orden legal de prelación al pagar. Pero el coste de no hacerlo, si las deudas resultan mayores que los activos, puede ser tu propia ruina.

Herencias con conflicto entre herederos

Cuando los herederos no se ponen de acuerdo en la partición, hay que ir a un procedimiento judicial de división de herencia, que puede durar perfectamente dos o tres años. Antes de llegar ahí, conviene agotar la vía del contador-partidor, una figura que el testamento puede haber designado o que se puede nombrar judicialmente, y que se encarga de hacer la partición de forma profesional e imparcial.

Mi experiencia me dice que la mediación familiar entre los herederos, llevada por un abogado especialista en conflictos hereditarios, resuelve la inmensa mayoría de los problemas sin necesidad de llegar a juicio. Es decir, antes de tirarte al pleito, prueba el acuerdo. Es mucho más barato, mucho más rápido y suele dejar la relación familiar mejor parada.

Herencias internacionales o con empresa

Si en la herencia hay bienes en varios países, o si el fallecido era empresario con participaciones societarias activas, prepárate para un proceso que se va fácil al año o más. Las herencias internacionales requieren coordinar normativa de distintos países, traducciones juradas, apostillas y, a veces, dobles trámites notariales en cada jurisdicción. Las herencias con empresa familiar exigen tasación profesional, evaluar continuidad o liquidación del negocio y a menudo aplicar reducciones fiscales específicas que requieren cumplir requisitos durante años.

Preguntas frecuentes que recibimos en el despacho

Cuánto se tarda mínimo en cobrar una herencia en Madrid si todo va bien

Con testamento, herederos colaboradores, bienes sencillos y documentación accesible, una herencia se cierra en Madrid en unos tres a cuatro meses desde el fallecimiento hasta que los bienes están inscritos a nombre de los nuevos titulares. Por debajo de tres meses es prácticamente imposible porque los plazos administrativos no se pueden saltar.

Si dejo pasar el plazo de seis meses sin liquidar el impuesto, qué pasa

Empiezan a aplicarse recargos sobre la cuota tributaria: 5% si presentas en los siguientes tres meses, 10% si presentas entre el cuarto y el sexto mes de retraso, 15% entre el séptimo y el duodécimo, y 20% si te pasas del año. Si te detecta Hacienda antes de que regularices voluntariamente, además puede haber sanciones adicionales. Recuerda que la prórroga se pide en los primeros cinco meses, no después.

Puedo vender un piso de la herencia antes de tener todo inscrito

Técnicamente puedes vender desde la firma de la escritura de aceptación de herencia, pero hasta que el inmueble no quede inscrito en el Registro de la Propiedad a nombre de los herederos, la operación es más complicada y muchos bancos no conceden hipoteca al comprador. Lo razonable es completar la inscripción antes de poner el piso a la venta.

Tengo que ir personalmente a Madrid si vivo fuera de España

No necesariamente. Casi todos los trámites se pueden hacer mediante poder notarial otorgado en el país donde residas, debidamente apostillado o legalizado. Los herederos en el extranjero firman la aceptación de herencia mediante representante en Madrid sin necesidad de viajar. Eso sí, la apostilla y la traducción jurada añaden plazos.

Si he pagado mucho impuesto por una herencia y luego aparece una deuda, puedo recuperar ese impuesto

En algunos casos sí, mediante rectificación de la autoliquidación. Si aparecen pasivos del causante que no se incluyeron en el inventario inicial y reducen el valor real del caudal hereditario, puedes solicitar la rectificación dentro de los plazos generales de prescripción. Conviene que lo lleve un especialista porque la Administración no devuelve dinero alegremente.

El consejo que doy a cualquier familia que viene al despacho

Una herencia bien tramitada no es la que se cierra más rápido a toda costa, sino la que se cierra sin sorpresas y sin recargos, dejando los bienes inscritos limpiamente a nombre de quien corresponde. Para conseguir eso, lo más útil es organizar el proceso desde la primera semana, anticipar los plazos fiscales y rodearte de profesionales como nuestros abogados de familia en Madrid que sepan dónde están los atajos y dónde los muros.

Si no contratas a un electricista de barrio para hacer la instalación eléctrica de una nave industrial, piensa si es buena idea llevarte tú solo una herencia con varios bienes, varios herederos y plazos fiscales encima. Como dicen en el comercio de toda la vida, los pobres siempre pagan dos veces, primero ahorrándose el asesoramiento y luego pagando recargos, sanciones y pleitos que multiplican la factura inicial.

Recuerda que de lo que hagas ahora dependerán muchos años de tu vida y de la economía familiar que vas a recibir. Si necesitas nuestros servicios estaremos encantados de poder atenderte ya que trabajamos en todo el territorio nacional.

Abogado Jesús Ángel Lorenzo Gonzalez
Abogado ICAM 70.378 y Socio Director en  | Sobre mí |  Más artículos
Jesús Ángel Lorenzo González es un abogado con más de 20 años de experiencia, especializado en derecho de familia y violencia de género.
Es fundador y socio director del despacho ABOGA2 en Madrid y otros sucursales.
Colaborador en Universidades y medios de comunicación como experto legal.