¿Qué verás en este artículo?
ToggleTu matrimonio se termina y todavía tenéis una vivienda con el préstamo a medio pagar. Ese es, con diferencia, uno de los nudos que más angustia genera, sobre todo cuando hay hijos menores de por medio. Separar dos vidas es duro. Separar un patrimonio en el que sigue viva una deuda con el banco lo es todavía más, porque las decisiones que tomes ahora te acompañarán durante años. En nuestro despacho llevamos mucho tiempo acompañando a familias con patrimonio en este trance, y en las próximas líneas voy a explicarte, con un lenguaje entendible, cómo funciona la hipoteca cuando te divorcias: quién se queda la casa, quién paga el préstamo, qué opciones tienes sobre la mesa y cómo proteger lo que has construido. Todo ello sin perder de vista lo que de verdad manda aquí, que es el interés de tus hijos.
Antes de entrar en materia, una advertencia. Ningún artículo sustituye al estudio de tu caso concreto, porque cada divorcio tiene sus cifras, sus plazos y sus tensiones. Lo que sigue te servirá para llegar mejor preparado a la consulta con un abogado especialista en divorcios y separaciones. Es decir, para saber qué preguntar y qué está realmente en juego.
¿Quién se queda con la vivienda en caso de separación o divorcio?
¿Quién tiene derecho al uso de la vivienda familiar?
El derecho a usar la vivienda familiar es una de las cuestiones que más sangre calientan en cualquier ruptura. Ten en cuenta que nuestra legislación, y en concreto el derecho de familia, no reparte ese uso al azar. Cuando hay hijos menores, el uso de la casa suele atribuirse al progenitor que tiene la custodia, y da igual quién figure como propietario o quién firmara el préstamo. La razón es sencilla: el ordenamiento antepone la estabilidad de los menores, para que no sumen a la ruptura de sus padres la pérdida de su entorno. Ese derecho se fija por escrito en el “convenio regulador”. Dicho en lenguaje entendible, es el documento donde los dos pactáis las reglas de vuestro divorcio y que después aprueba el juez. Si no hay acuerdo, lo decidirá una sentencia. Y aquí conviene que retengas una idea: usar la vivienda no es lo mismo que ser su dueño. El derecho de uso solo te permite habitarla durante un tiempo o hasta que se cumplan ciertas condiciones.
Factores que determinan quién se queda con la casa
¿De qué depende, entonces, quién se queda en la vivienda? El peso mayor lo tiene la custodia de los hijos, porque el progenitor custodio parte con ventaja para seguir en el domicilio habitual. Pero no es lo único que miran los tribunales. Cuenta la situación económica de cada uno, la capacidad real de asumir las cuotas del préstamo, si existe una segunda vivienda donde reubicarse y hasta la duración del matrimonio. Cuando la custodia es compartida el asunto se complica, porque el juez tiene que valorar cuál de los dos ofrece mejores condiciones de estabilidad para los menores. Y si la casa forma parte de los “bienes gananciales”, su tratamiento cambia respecto a cuando pertenece en exclusiva a uno de los cónyuges. De esa foto completa sale una solución que intenta equilibrar los intereses de ambos con la protección de los hijos, que va siempre por delante.
Diferencias entre titularidad y derecho de uso
Aquí hay dos conceptos que se confunden a diario y que jurídicamente no tienen nada que ver: la titularidad y el derecho de uso. La titularidad responde a una pregunta muy concreta, quién figura como propietario en el Registro de la Propiedad y, por tanto, quién responde de la deuda frente al banco. El derecho de uso es otra cosa. Es la facultad temporal de vivir en la casa sin ser necesariamente su propietario. Por eso es perfectamente posible que quien firmó el préstamo no sea quien duerme allí cada noche. Te lo traduzco a la práctica: el titular sigue obligado a pagar la hipoteca ante el banco, mientras el otro disfruta del inmueble. Esa disociación entre propiedad y uso puede alargarse años, sobre todo hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad o terminen sus estudios. De ahí que necesites acuerdos muy claros sobre quién paga qué y quién se ocupa del mantenimiento.
¿Quién paga la hipoteca en caso de divorcio con hijos?
Obligaciones del cónyuge titular de la hipoteca
Pues bien, entramos en la pregunta que más quita el sueño, quién paga el préstamo. Y la respuesta incomoda, porque frente al banco tus obligaciones no cambian un ápice por mucho que os hayáis repartido las cargas en privado. Si firmasteis los dos como cotitulares, respondéis los dos de forma solidaria. La “responsabilidad solidaria”. Dicho en lenguaje entendible, significa que el banco puede reclamarte a ti solo el cien por cien de la deuda, no la mitad. Si el único titular eres tú, la obligación de pagar es tuya y nada más que tuya, y el divorcio no la mueve. Esto se vuelve especialmente incómodo cuando el titular del préstamo no es quien vive en la casa. Los pactos del convenio regulador sobre quién asume las cuotas valen entre vosotros, pero no obligan al banco, que seguirá exigiendo según el contrato original. Por eso casi siempre acabo recomendando estudiar una novación que ajuste la titularidad a la nueva realidad familiar.
Pago de la hipoteca cuando hay hijos menores
Cuando hay hijos menores el pago del préstamo se tiñe de un color distinto, porque entra en juego el reparto de cargas entre los dos progenitores. Si el custodio permanece en la vivienda con los hijos, el convenio tiene que dejar negro sobre blanco cómo se reparten las cuotas. Las fórmulas son varias: que el progenitor que no vive allí asuma el pago entero o una parte como contribución al sostenimiento de los hijos, o que ambos lo compartáis en proporción a lo que ingresa cada uno. Ten en cuenta que ese pago de la hipoteca por parte del que no usa la casa puede computarse dentro de la “pensión de alimentos” o como aportación aparte, según lo que pactéis. Los tribunales entienden que el techo de los hijos es una necesidad básica, así que el reparto no puede comprometer su bienestar. Y no olvides los gastos que van pegados al inmueble —IBI, comunidad, derramas, mantenimiento—, que también deben repartirse en el convenio. Sobre cómo encaja todo esto grabamos un vídeo explicándolo con calma que quizá te aclare las dudas más habituales.
Consecuencias del impago de la hipoteca tras el divorcio
El impago del préstamo después de un divorcio abre una crisis que salpica a todos los que firmaron, por muy bien atado que creyeras tener el convenio. El banco arranca sus reclamaciones y, si la cosa no se corrige, puede terminar en ejecución hipotecaria y desahucio, un escenario durísimo cuando dentro viven menores. Con dos cotitulares, la deuda entera —cuotas atrasadas, intereses de demora, costas— puede exigírsele a cualquiera de los dos. A eso se une la entrada en ficheros de morosos como ASNEF o RAI, que te cierra el grifo del crédito durante años.

Hace tiempo tuve en el despacho a un empresario de cincuenta y dos años, con una sociedad a su nombre y una vivienda familiar de 720.000 euros en la zona norte de Madrid, todavía con 240.000 euros de préstamo pendiente. En el convenio, su exmujer se comprometió a pagar las cuotas mientras siguiera viviendo allí con los hijos. Pese a que le insistí en que ese pacto no le blindaba frente al banco y en que gestionáramos la subrogación, prefirió firmar rápido y ahorrarse el trámite. Un año después ella dejó de pagar. El banco fue a por él, que seguía como cotitular, le embargó parte de las rentas de la sociedad y le manchó el historial justo cuando negociaba una línea de crédito para su empresa. Resumen: el papel que firmáis entre vosotros no ata al banco, y quien se confía acaba pagando dos veces.
¿Qué hacer con la hipoteca tras un divorcio?
Opciones disponibles para la hipoteca en caso de separación o divorcio
Pues bien, ¿qué caminos tienes cuando te separas con un préstamo vivo? Depende de tus cifras, pero conviene que los conozcas todos antes de decidir. El primero es mantener las cosas como están: seguís los dos como cotitulares y os repartís las cuotas en privado, aunque solo uno viva en la casa. Suele ser una solución puente, hasta que los hijos crezcan. El segundo es vender la vivienda, cancelar el préstamo con lo que saques y repartir lo que sobre, algo muy razonable cuando ninguno puede sostener el pago en solitario. El tercero es que uno compre la parte del otro y asuma en exclusiva la propiedad y la deuda, mediante una novación que sustituya al que sale. Cabe también subrogar el préstamo a nombre de quien se queda. Y si la casa es ganancial, puede liquidarse la sociedad conyugal con una compensación económica. Entre todas ellas manda tu realidad concreta: lo que ingresáis cada uno, lo que necesitan los hijos, el valor del inmueble y el capital que aún debes.
Vender la vivienda con hipoteca durante el divorcio
Vender es la salida más definitiva, y también la que más cuesta emocionalmente. Encaja bien cuando ninguno de los dos tiene músculo económico para seguir pagando por su cuenta, o cuando la relación está tan rota que compartir cualquier obligación se vuelve inviable. Para vender una casa con préstamo pendiente necesitas el consentimiento de los dos titulares y el visto bueno del banco. El proceso pasa por tasar la vivienda, fijar un precio sensato y destinar lo cobrado a cancelar la deuda. Si hay plusvalía —es decir, si el precio supera el capital pendiente más los gastos de la venta—, el remanente se reparte según vuestros porcentajes o lo pactado. Ten en cuenta que, cuando hay menores, el juez puede frenar la venta si entiende que perjudica su interés al dejarlos sin su vivienda habitual. En esos casos suele ordenarse aplazar la operación hasta que los hijos alcancen cierta edad o se cumplan las condiciones previstas.
Mantener la vivienda familiar y reorganizar el préstamo hipotecario
Conservar la vivienda es la opción preferida cuando hay hijos menores, porque les preserva su entorno. Ahora bien, exige reorganizar el préstamo con cabeza. Lo primero es decidir quién se queda el inmueble de forma definitiva, algo que suele recaer en el progenitor custodio. Después toca lo serio, comprobar si esa persona puede afrontar sola las cuotas. Si quien se queda no era el único titular del préstamo, habrá que pedir al banco una novación para cambiar la titularidad, y el banco estudiará su solvencia con lupa —nóminas, estabilidad laboral, patrimonio—. En paralelo debes resolver la compensación al cónyuge que renuncia a su parte, que puede pagarse en metálico, cediendo otros bienes gananciales o pactando una deuda aplazada. Mientras los hijos sean menores, cabe acordar que el progenitor no residente aporte una parte de la cuota como contribución a su manutención, dentro de las cargas familiares que compartís.
Novación de hipoteca en caso de divorcio: ¿cómo funciona?
¿Qué es la novación de hipoteca y cuándo es necesaria?
La “novación de hipoteca”. Dicho en lenguaje entendible, es modificar el contrato del préstamo para adaptarlo a una situación nueva, y en un divorcio es una pieza clave. Se vuelve necesaria cuando uno de los dos quiere quedarse con la casa y la deuda enteras, liberando al otro de toda obligación frente al banco. El procedimiento reformula el contrato: sustituye a uno o a ambos titulares por un único responsable, o incorpora avalistas. Necesita el sí del banco, que valorará si quien se queda como titular único aguanta solo el pago. Aquí está lo importante, y por eso insisto tanto a mis clientes: sin novación, el que se marcha de la vivienda sigue respondiendo ante el banco de cualquier impago futuro, por mucho que el convenio diga otra cosa. Es decir, firmas tu divorcio pero sigues atado financieramente a tu ex durante años, con la inseguridad que eso arrastra.
Requisitos para realizar una novación tras la separación
Para sacar adelante una novación después del divorcio hay que cumplir requisitos de papel y de bolsillo. Primero necesitas un convenio regulador aprobado por el juez o una sentencia que atribuya la vivienda a uno de los cónyuges y regule la compensación. Quien asume el préstamo tiene que demostrar solvencia ante el banco con declaraciones de la renta, nóminas recientes, contrato de trabajo y certificados de otros ingresos. Los bancos aprietan, y suelen exigir que el conjunto de gastos mensuales, con la nueva cuota incluida, no pase de entre el treinta y cinco y el cuarenta por ciento de tus ingresos netos. Miran también tu historial de crédito, tus otras deudas y la estabilidad de tu empleo. En muchos casos pedirán garantías extra, como un avalista. Y hay que contar con los gastos de notaría, registro y, a veces, una comisión por novación, partidas que conviene meter en la cuenta desde el principio. Nadie que se juegue un patrimonio importante dejaría estos números en manos de cualquiera: igual que no encargarías la restauración de una obra valiosa al primero que pasa, tampoco deberías afrontar la novación sin un abogado especialista en derecho de familia guiando la operación. Nuestros abogados de familia en Alcalá de Henares lidian con estas gestiones cada semana.
Alternativas si el banco no acepta la novación
¿Y si el banco dice que no? Ocurre más de lo que crees, sobre todo cuando quien se queda tiene ingresos justos o un empleo inestable. No es el final del camino, pero toca buscar alternativas. Una es sumar un avalista que refuerce tu solvencia, alguien de confianza que responda de forma subsidiaria. Otra es pedir que amplíen el plazo de amortización, con lo que baja la cuota mensual y encajas mejor en los requisitos. También puedes negociar una carencia temporal y pagar solo intereses durante un tiempo, aunque eso encarece el préstamo al final. Si nada de esto cuaja, cabe mantener la cotitularidad blindando el convenio con garantías —una hipoteca sobre otro bien, un seguro específico— que protejan al que no vive en la casa. Y como último recurso queda la venta, que hay que sopesar con mucho cuidado cuando hay menores que perderían su hogar.
Divorcio con hijos y vivienda con hipoteca: aspectos legales
Protección del interés de los menores en el uso de la vivienda
En cualquier divorcio con hijos hay un principio que gobierna por encima de todo, el interés superior del menor. Y tiene efecto directo sobre el uso de la vivienda. Los tribunales priorizan la estabilidad de los niños, porque mantenerlos en su entorno amortigua el golpe emocional de la ruptura. Por eso, con independencia de quién sea el dueño o quién firmara el préstamo, el uso se atribuye normalmente al progenitor custodio junto a los hijos. Esa atribución puede prolongarse hasta que los menores alcancen la mayoría de edad, terminen sus estudios o se ganen la vida por su cuenta. El convenio debe recoger con claridad esa asignación, su duración y sus condiciones. Ten en cuenta que esta protección llega tan lejos que, incluso cuando la casa es privativa de uno de los cónyuges y no ganancial, puede atribuirse su uso al otro si beneficia a los menores. Ahí choca el derecho de propiedad con el interés de los hijos, y la jurisprudencia resuelve poniendo a los hijos delante. Cualquier decisión de vender o de cambiar de forma sustancial las condiciones de uso necesitará autorización judicial cuando afecte a menores.
Reparto de bienes gananciales y el préstamo hipotecario

El tratamiento de una vivienda hipotecada dentro del reparto de gananciales es de lo más enrevesado del divorcio en su cara patrimonial. Si comprasteis la casa durante el matrimonio en régimen de gananciales, es un bien común y hay que repartir su valor neto. Ese valor neto se calcula restando al precio de mercado actual el capital que aún debes del préstamo. El resultado puede ser positivo, cuando queda patrimonio que repartir, o negativo, cuando la deuda supera el valor del inmueble —algo que pasa en crisis inmobiliarias o cuando la compra fue muy reciente—. Con saldo positivo, si uno se adjudica la vivienda debe compensar al otro por el cincuenta por ciento de ese valor neto, salvo que pactéis otra cosa. La compensación puede ser en metálico, con otros bienes gananciales de valor equivalente o mediante un pago aplazado. Cuando hay menores y el uso se atribuye al custodio, esa compensación suele quedar diferida hasta que termine el derecho de uso. Si esta parte del reparto se te hace cuesta arriba, nuestros abogados de familia en Leganés pueden ayudarte a poner cifras sobre la mesa.
Responsabilidad del cónyuge no titular frente al banco
Insisto en esto porque es donde más gente se quema, la responsabilidad frente al banco la marca el contrato, no el convenio. Si los dos firmasteis como titulares del préstamo, los dos respondéis solidariamente, y el banco puede reclamar toda la deuda a cualquiera, viva quien viva en la casa y se haya comprometido quien se haya comprometido a pagar. Esa responsabilidad no se evapora con el divorcio, solo desaparece con una novación que borre a uno de los titulares o cuando el préstamo queda pagado del todo. Para quien, según el convenio, ya no debería pagar pero sigue firmando en el contrato bancario, el riesgo es real. Si el otro deja de abonar las cuotas, el banco irá contra quien conste como titular, podrá ejecutar la hipoteca y le arruinará el historial. Podrá reclamar después a su ex lo que haya pagado de más, cierto, pero esa pelea entre particulares no le libra de responder ante el banco. Por eso, si eres tú quien deja la vivienda, gestiona la novación o exige garantías sólidas antes de firmar nada.
Problemas de impago de la hipoteca después del divorcio
Consecuencias legales del impago para ambos cónyuges
El impago del préstamo tras un divorcio arrastra consecuencias legales serias para todos los que constan en el contrato, valga lo que valga el pacto privado del convenio. El banco empieza con requerimientos de pago, sigue con la inclusión en ficheros de morosidad y puede acabar ejecutando la vivienda. Para dos cotitulares, el daño al historial de crédito es severo y te cierra el acceso a financiación de cualquier tipo, desde un préstamo personal hasta una simple tarjeta. La responsabilidad solidaria abre también la puerta a embargar otros bienes y salarios de cualquiera de los dos. Y el proceso de ejecución suma intereses de demora, costas y honorarios de abogado y procurador que engordan la deuda inicial. Aunque uno solo sea el culpable del impago según el convenio, el otro sufre igual el zarpazo bancario si figura como titular. De ahí nacen los reproches cruzados entre ex por incumplir el convenio, que estarán justificados pero no te protegen de las acciones del banco.
¿Qué hacer si el otro cónyuge no paga su parte?
¿Y qué haces si tu ex incumple el pago que le tocaba? El dilema es feo y exige actuar rápido. El primer paso es comunicarle por escrito el incumplimiento, preferiblemente por burofax, requiriéndole que se ponga al día con lo pactado. Si eso no surte efecto, y como el banco puede ejecutar la hipoteca contra los dos, a veces no queda más remedio que asumir tú temporalmente las cuotas para no perder la casa ni tu historial. Después podrás reclamar judicialmente esas cantidades a quien incumplió, mediante la ejecución del convenio o de la sentencia, e incluir intereses y costas. En paralelo puedes pedir al juzgado que modifique las medidas para ajustarlas a la nueva realidad. Y cuando el incumplimiento es grave y se repite, ese comportamiento puede servir de base para revisar el régimen de uso de la vivienda. Como prevención, deja siempre atados en el convenio mecanismos de garantía, un aval, un seguro de impago o una garantía hipotecaria complementaria. Si estás en esta situación, nuestros abogados de familia en San Sebastián de los Reyes pueden estudiar tu convenio y decirte por dónde atacar.
Protección ante el impago cuando te quedas con la vivienda
Si eres tú quien se queda en la vivienda y asume el préstamo, más te vale montar defensas que hagan viable el pago y eviten un impago sin querer. Empieza por un análisis honesto de tus números, todos tus ingresos estables frente a todos tus gastos fijos —cuota, suministros, comunidad, mantenimiento y lo que cuestan los hijos—. Ese ejercicio te dirá si necesitas la aportación del otro progenitor para llegar, aportación que debe quedar en el convenio con cantidad exacta y periodicidad definida. Conviene vincular ese pago a domiciliaciones automáticas desde una cuenta común destinada solo a la hipoteca, que los dos alimentáis cada mes según lo pactado. Puedes también contratar un seguro de protección de pagos que cubra las cuotas en caso de desempleo, incapacidad o enfermedad grave. En lo legal, el convenio tiene que especificar qué pasa si alguien incumple, con cláusulas penales o garantías ejecutables. Y mantén el teléfono caliente con el banco, informarle de tu nueva situación y explorar una ampliación de plazo o una carencia puede aliviarte la carga mensual. Si tu divorcio se lleva desde el norte de Madrid, nuestros abogados de divorcios en Tres Cantos pueden acompañarte durante todo el proceso.
Recuerda que de lo que hagas ahora dependerán muchos años de tu vida, y una hipoteca mal cerrada en un divorcio es de las cosas que más tiempo tardan en dejar de doler. Invierte en decidir bien, no en decidir rápido. Si necesitas nuestros servicios estaremos encantados de poder atenderte ya que trabajamos en todo el territorio nacional.
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González
- Jesús Angel Lorenzo González







