Cuánto dura el permiso de paternidad

Padre e hijo caminando de la mano en la calle en un día soleado.

Si vas a ser padre y trabajas por cuenta ajena o por cuenta propia, hay una pregunta que te ronda la cabeza mucho antes de que llegue el niño: cuánto tiempo vas a poder quedarte en casa cobrando y cómo se pide. El permiso de paternidad, que hoy se llama de forma oficial permiso por nacimiento y cuidado del menor, es uno de esos derechos que todo el mundo cree conocer y que casi nadie sabe manejar bien cuando le toca. En este texto te explico lo que dura de verdad, qué requisitos tienes que cumplir, cuánto vas a cobrar y qué se está moviendo de cara a los próximos años.

Qué es el permiso de paternidad y quién tiene derecho a él

El permiso por nacimiento y cuidado del menor es el tiempo que la ley te reconoce para ausentarte del trabajo y atender a tu hijo durante sus primeras semanas de vida. Dicho en lenguaje entendible, es el periodo en el que dejas de acudir a tu puesto, sigues cobrando y te dedicas al recién nacido sin que eso te cueste el empleo ni el sueldo.

Conviene que sepas de dónde venimos. Hace no tantos años el padre disponía de dos semanas y punto. Se pasó a cuatro, luego a ocho, después a doce, y hoy estamos en dieciséis semanas equiparadas a las de la madre. Es decir, la ley ha ido reconociendo poco a poco que el cuidado de un hijo no es cosa de uno solo, sino de los dos. Ese derecho lo tienes tanto si el hijo es biológico como si llega por adopción o acogimiento.

Oficina moderna con empleados en escritorios con computadoras y estanterías.
Espacio de oficina moderna con empleados concentrados en sus tareas diarias.

Requisitos para pedir la baja por paternidad

Para acceder a la prestación tienes que estar afiliado y en alta en algún régimen de la Seguridad Social en el momento del nacimiento, o en la fecha de la resolución judicial si se trata de una adopción. Junto a eso se te exige un periodo mínimo de cotización que cambia según tu edad.

  • Menores de veintiún años. No se te pide ningún periodo previo de cotización. La ley entiende que apenas has tenido tiempo de cotizar y no te penaliza por ello.
  • Entre veintiuno y veintiséis años. Necesitas noventa días cotizados en los siete años anteriores, o bien ciento ochenta días a lo largo de toda tu vida laboral.
  • Mayores de veintiséis años. Se te exigen ciento ochenta días cotizados en los siete años previos, o trescientos sesenta días en el conjunto de tu vida laboral.

Ten en cuenta que estos números no son un capricho burocrático. El sistema paga a quien antes ha contribuido, igual que el fondo de una comunidad de vecinos solo cubre a quien ha ido poniendo su cuota mes a mes. Si has cotizado, cobras. Y si estás cerca del límite de edad de un tramo, revisa bien tus días antes de solicitar nada.

Diferencias entre el permiso de la madre y el del padre

Hoy los dos permisos duran lo mismo, dieciséis semanas, pero no son idénticos por dentro. El de la madre incorpora consideraciones ligadas a la recuperación física tras el parto. El del padre se centra en el cuidado del menor. Los dos tenéis seis semanas obligatorias justo después del nacimiento, que se disfrutan seguidas y a jornada completa. Las restantes admiten más juego.

Esa igualación no es un detalle menor. Cuando un padre se implica desde el primer día, la carga se reparte y la familia entera respira mejor. Y ese reparto de responsabilidades, por cierto, pesa mucho el día de mañana si la pareja se rompe y hay que hablar de custodia. Lo veo a menudo cuando asesoro sobre los derechos y obligaciones de un padre divorciado, un padre que ha estado presente desde el nacimiento parte con una posición muy distinta.

Padre besando a su hijo en la mejilla con fondo de garaje azul.
Un padre feliz con su hijo pequeño compartiendo un momento de cariño y afecto.

Cuánto dura y cómo se reparten las semanas

Dieciséis semanas, de las cuales seis son obligatorias

El permiso son dieciséis semanas y cada progenitor las tiene a título individual e intransferible. Es decir, tú no puedes cederle tus semanas a la madre ni ella a ti. Cada uno usa las suyas o las pierde. Las seis primeras son obligatorias, seguidas, a jornada completa y sin posibilidad de renunciar a ellas ni de fraccionarlas. Durante esas seis semanas podéis estar los dos en casa a la vez, que es justo lo que necesita un recién nacido.

Recuerda una cosa: esas seis semanas iniciales no se recuperan. Si dejas pasar el momento pensando que ya las cogerás más adelante, las pierdes. La ley las coloca ahí a propósito, porque son las semanas en las que se atan los vínculos y se cubren las necesidades básicas del bebé.

Las diez semanas flexibles

Pasadas las seis obligatorias te quedan diez semanas que puedes manejar con más holgura. Cabe disfrutarlas seguidas o a trozos, y en algunos casos incluso a tiempo parcial, siempre que tu empresa esté de acuerdo. Tienes de plazo hasta que el menor cumpla doce meses. Ese margen te permite ajustar el permiso a lo que de verdad le conviene a tu familia, y no a lo que le venga bien al calendario de nadie más.

Ten en cuenta que para estas semanas flexibles la empresa tiene que dar su conformidad al reparto concreto. Habla con recursos humanos con tiempo, deja constancia por escrito de las fechas y no te fíes de los acuerdos de pasillo. Un correo guardado vale más que diez conversaciones olvidadas.

Cómo se solicita la baja ante la Seguridad Social

La documentación que vas a necesitar

Antes de iniciar el trámite, reúne los papeles. Ir preparado es la diferencia entre resolver el asunto en una tarde o pasarte semanas subsanando. Vas a necesitar lo siguiente.

  • Certificado de empresa. Dicho en lenguaje entendible, el documento en el que tu empleador acredita tu situación laboral y tus bases de cotización, que son las que fijan cuánto vas a cobrar.
  • Libro de familia o certificación del Registro Civil que acredite el nacimiento del menor. En adopción o acogimiento, la resolución judicial o administrativa correspondiente.
  • Tu documento de identidad y el número de afiliación a la Seguridad Social.

Si vas a pedir semanas posteriores a las seis obligatorias, te pedirán además que concretes las fechas en las que quieres disfrutarlas.

Padres cuidando hijos

El trámite por el portal Tu Seguridad Social

Hoy casi todo se hace por el portal Tu Seguridad Social sin pisar una oficina. Entras con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, eliges la prestación por nacimiento y cuidado, rellenas los datos y adjuntas la documentación escaneada. Desde la misma plataforma puedes seguir el estado de tu solicitud, ver las semanas aprobadas y comprobar el cálculo de lo que vas a cobrar.

Plazos que no te conviene perder de vista

Los plazos son flexibles, pero flexible no significa eterno. Para las seis semanas obligatorias solicita la baja con toda la antelación posible, incluso antes del parto si ya conoces la fecha aproximada. Para las semanas flexibles, presenta la petición con al menos quince días de margen respecto a la fecha en que quieras empezar.

Pues bien, aquí hay una distinción que mucha gente confunde. El derecho a cobrar la prestación prescribe a los cinco años, pero el permiso en sí debes disfrutarlo dentro de los doce meses siguientes al nacimiento, salvo las semanas obligatorias del principio. Es decir, una cosa es el dinero y otra el tiempo de descanso, y el tiempo caduca mucho antes.

Cuánto vas a cobrar y quién paga

El cien por cien de tu base reguladora

Durante todo el permiso cobras el cien por cien de tu base reguladora, tanto en las seis semanas obligatorias como en las flexibles. No hay merma. La prestación se calcula sobre la base de contingencias profesionales, que suele ser algo superior a la de contingencias comunes, de modo que en no pocos casos acabas ingresando incluso algo más que tu salario neto habitual.

Dicho de forma sencilla, la base diaria se obtiene dividiendo entre ciento ochenta la suma de tus bases de cotización de los seis meses anteriores. Sobre esa cifra se aplica el cien por cien. Por eso conviene que el certificado de empresa esté bien hecho, porque de esos números sale tu prestación.

Padres

Quién adelanta el dinero

Aquí surge la duda de siempre: quién te paga. En la práctica, en la mayoría de las empresas es la propia compañía la que adelanta el importe a través de tu nómina habitual, y luego lo compensa con la Seguridad Social descontándolo de sus cotizaciones. Tú sigues cobrando como cualquier mes, sin cortes. En empresas pequeñas o en determinados regímenes especiales puede ser la Seguridad Social quien te pague directamente.

Hace tiempo tuve en el despacho a un autónomo de unos treinta y cinco años, con un buen negocio de reformas y facturación holgada. Iba a ser padre y daba por hecho que, como trabajaba para sí mismo, no le tocaba nada. Estuvo a punto de no solicitar la prestación. Le insistí en que un autónomo en alta y al corriente de pago tiene el mismo derecho que un asalariado, y que estaba a punto de regalar dieciséis semanas cobrando en torno a mil ochocientos euros mensuales. Al final lo pidió, disfrutó de su hijo y cobró cada semana. Resumen: dar algo por perdido sin preguntar es la forma más cara de ahorrar tiempo.

Preguntas que me hacéis a menudo

Se pueden pasar semanas de un progenitor a otro

No. Las semanas son un derecho individual e intransferible desde la equiparación completa de ambos permisos. Cada uno tiene sus dieciséis semanas y nadie puede ceder su tiempo al otro. Antes existían fórmulas de transferencia parcial, pero se eliminaron precisamente para forzar que los dos progenitores se impliquen. Las seis semanas obligatorias de cada uno refuerzan esa idea.

Qué pasa con gemelos o con una adopción

En un nacimiento múltiple se suman dos semanas por cada hijo a partir del segundo. Es decir, con gemelos cada progenitor pasa a dieciocho semanas, y con trillizos a veinte. En adopción o acogimiento el permiso funciona igual que en un nacimiento biológico: dieciséis semanas, seis de ellas obligatorias desde la resolución, y la misma prestación. En adopción internacional incluso puedes iniciar el permiso hasta cuatro semanas antes de la resolución, para cubrir los desplazamientos.

Y si más adelante hay una separación

El permiso lo disfrutas mientras la pareja está unida, pero el cuidado del menor sigue existiendo si más tarde os separáis. Cuando cambian las circunstancias, las medidas sobre los hijos se pueden revisar. Ten en cuenta que para modificar lo acordado no basta con querer, hace falta un cambio real y sustancial, y ese es justamente el terreno de un juicio de modificación de medidas. Por eso te decía antes que el tiempo que inviertas ahora en estar presente cuenta después.

Hacia dónde va el permiso de paternidad

De dos a dieciséis semanas

La historia de este permiso es la de un avance sostenido. Se empezó con dos semanas, un gesto casi simbólico, y se fue subiendo a cuatro, ocho, doce y las dieciséis actuales, ya igualadas con las de la madre. Cada ampliación respondió a estudios que demostraban lo mucho que aporta que el padre esté desde el primer día. Lo que hace unos años era una rareza hoy es un derecho que ejerce casi todo el mundo.

Las diecinueve y las treinta y dos semanas que se debaten

De cara a los próximos años hay propuestas para ampliar el permiso hasta las diecinueve semanas por progenitor, como paso intermedio hacia un modelo de treinta y dos semanas para las familias. Ojo, ese modelo de treinta y dos no significa treinta y dos semanas para cada uno, sino distintas fórmulas de reparto flexible que combinarían semanas individuales con semanas compartibles. Se discute también un permiso parental complementario de ocho semanas que podría usarse hasta que el menor alcance cierta edad.

Ten en cuenta que todo esto está en debate y depende de ajustes presupuestarios, porque ampliar semanas retribuidas tiene un coste que sale de las cotizaciones de todos. Mientras no se apruebe, la referencia sigue siendo dieciséis semanas. Antes de hacer planes, consulta la situación vigente en el momento en que vayas a ser padre.

Cómo estamos frente al resto de Europa

En el marco europeo España ha dado un salto notable. Mientras algún país ofrece dos semanas de permiso remunerado obligatorio, aquí tenemos dieciséis iguales e intransferibles, con cobertura del cien por cien de la base reguladora durante todas ellas. Los países nórdicos manejan periodos totales muy largos, pero con porcentajes de pago variables. Nuestro modelo destaca por esa combinación de duración razonable, seis semanas obligatorias para cada progenitor y una prestación íntegra bien gestionada.

Recuerda que de lo que decidas y solicites ahora, en un momento tan corto como son las primeras semanas de tu hijo, dependerán recuerdos y equilibrios familiares que te acompañarán muchos años. No dejes ese derecho a medias por desconocer un plazo o un requisito.

Abogados especialistas en derecho de familia
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Abogado Jesús Ángel Lorenzo Gonzalez
Abogado ICAM 70.378 y Socio Director en  | Sobre mí |  Más artículos
Jesús Ángel Lorenzo González es un abogado con más de 20 años de experiencia, especializado en derecho de familia y violencia de género.
Es fundador y socio director del despacho ABOGA2 en Madrid y otros sucursales.
Colaborador en Universidades y medios de comunicación como experto legal.