ABOGADO DE FAMILIA EN MADRID
Despacho ABOGA2
DESPACHO DE ABOGADOS ESPECIALISTAS EN FAMILIA EN MADRID20 AÑOS DE EXPERIENCIA Y ÉXITOS EN TODA ESPAÑA
Despacho de abogados especialistas en Derecho de familia dentro del que encontramos Divorcios, Separaciones, guarda y Custodia Compartida, Pensión de Alimentos, Pensión Compensatoria, Liquidación del régimen económico matrimonial, Liquidación de Gananciales, Herencias y Testamentos, Medidas de apoyo para incapaces. Disponemos de despachos matrimonialistas en toda la Comunidad de Madrid como expertos de derecho de familia en Alcalá de Henares, Pozuelo, Leganés, Tres Cantos o en Plaza Castilla. Precio cerrado y por escrito desde el primer día ¡Sin Sorpresas!
NUESTROS PRINCIPALES SERVICIOS
ENTREVISTA EN ANTENA 3
Al ser un despacho de abogados de prestigio es habitual que distintas cadenas de televisión, radio y/o plataformas de internet inviten a nuestros abogados a participar en programas en los que se requiere la presencia de abogados expertos.
Una de las últimas intervenciones ha sido en ANTENA 3 debido al aumento significativo de divorcios y separaciones entre los jubilados.
LOS CLIENTES OPINAN SOBRE NUESTROS ABOGADOS DE FAMILIA
UN EQUIPO DE PROFESIONALES A TU SERVICIO





CASOS ÉXITO DE NUESTROS ABOGADOS DE FAMILIA
Despacho abogados ABOGA2
Especialistas en derecho de familia
Entre nuestros diversos despachos, destacamos nuestra Sede Central, ubicada en Plaza Castilla número 3, en el corazón financiero de Madrid.
Situada al norte de la ciudad en el distrito de Chamartín, Plaza de Castilla es una de las plazas más conocidas de la capital en la que confluyen algunas de las principales calles, tales como Paseo de la Castellana, la Calle Bravo Murillo o Avenida de Asturias.
28046 – Madrid
91 197 62 81
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ABOGADO FAMILIA MADRID: ABOGA2
Los objetivos de nuestro Despacho de Abogados ABOGA2 son la plena satisfacción de nuestros clientes y el cumplimiento de los objetivos. Para conseguirlo dedicamos todo el esfuerzo y trabajo que sea necesario que combinado con experiencia y buen hacer nos convierten en un despacho de abogados especialistas de referencia.
Nuestro método: ABOGADO FAMILIA MADRID: ABOGA2
En nuestro despacho de abogados somos conscientes de que todos y cada uno de los casos que se nos encomiendan son importantes y relevantes para la vida de nuestros clientes ya que del resultado del procedimiento dependerán bienes tan preciados como dinero e incluso la libertad. Por ello en ABOGA2 Tus abogados de confianza todos los asuntos que nos son encargados son tratados con absoluta profesionalidad (cómo elegir un buen abogado de familia).
Nuestra historia: ABOGADO FAMILIA MADRID: ABOGA2
El origen de ABOGA2 lo encontramos en Jesús Angel Lorenzo González quien después de años de trabajo y de formar parte de otros despachos de abogados especialistas Madrid, incluso en calidad de socio, decidió crear un Despacho de Abogados diferente cuyo eje central fuera la satisfacción del cliente y la trasparencia con el mismo.
A día de hoy ABOGA2 es un despacho de abogados de referencia en el mundo de la abogacía.
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO DE FAMILIA
Si buscas un despacho de abogados especialistas en Derecho de Familia con prestigio, profesionalidad y que además ofrezca facilidades de pago estás de suerte y ya lo has encontrado.
En nuestro despacho de abogados ABOGA2 contamos con un equipo de abogados especializados en Derecho de Familia, con amplia experiencia y contrastada profesionalidad, capaces de proporcionarte el mejor asesoramiento y por supuesto la mejor defensa ante los tribunales de Justicia con unos altos estándares de calidad en todo tipo de procedimiento de familia.
Nos distinguimos de otros despachos de abogados especialistas en familia debido a que en todo momento te facilitaremos una atención personalizada, de mutua confianza, guardando la confidencialidad de tu asunto y tratando tu caso particular con la sensibilidad y delicadeza que los problemas legales de familia precisan.
Tus abogados de confianza.
En ABOGA2 contamos con una dilatada experiencia en el derecho de familia siendo absolutamente conscientes de la gran carga emocional existente en todo divorcio o separación, por lo que nos esmeramos en el trato personal. Nuestros abogados matrimonialistas podrán asesorarte jurídicamente en cualquier asunto relacionado con el Derecho de familia, tanto en separaciones y divorcios, custodia compartida, medidas paterno-filiales, modificación de medidas y liquidación de bienes gananciales. Al estar dentro del derecho de familia por supuesto también estamos especializados en herencias y confección de testamentos, incapacitaciones, medidas de apoyo a personas con discapacidad. Por supuesto, creemos en el bienestar de los menores y en la necesidad de los mismos a relacionarse con los abuelos.
¿QUÉ OBTENDRÁS AL CONSULTARNOS COMO ABOGADO DE FAMILIA?
- Posibilidades de Éxito de TU caso concreto.
- Como actuar para lograr TU objetivo
- Atención Personalizada por abogados especialistas en familia
- Precio Cerrado y por Escrito de tu procedimiento. Sin sorpresas
- Visión Global de tu situación real para poder tomar las decisiones adecuadas
Nuestros abogados de familia te asesorarán en cualquier procedimiento de familia, ofreciéndote un servicio de calidad, cercano y de confianza, con el objetivo de conseguir la mejor solución para tu caso concreto. Contamos con un gran número de casos de éxito que nos permiten ser conocedores de la importancia que reviste estudiar cada caso personalmente y de forma individualizada a fin de buscar el mejor resultado para garantizar tus intereses particulares. Somos conscientes de la importancia que reviste todo procedimiento de familia y te ayudaremos a solucionar tu problema de la mejor forma posible.
En ABOGA2 defenderemos sus intereses con la profesionalidad y eficiencia que tu caso requiere, guardando a su vez la confidencialidad sobre cualquier dato que nos revele y su identidad, garantizando la confianza que en toda relación abogado-cliente ha de existir.
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DIVORCIOS Y SEPARACIONES
Te acompañaremos en todo el procedimiento de divorcio o separación utilizando un lenguaje fácil y sencillo absolutamente comprensible todo ello con la intención de ayudarte en estos difíciles momentos.
Te ayudaremos a recopilar toda la documentación necesaria para tu divorcio tanto administrativa como económica.
Junto a ti haremos un análisis de la situación real en la que nos encontramos tanto laboral, económica y personal de cada uno de los miembros de la familia a fin de saber cuales son la necesidades reales que deben ser cubiertas y como hacerlo. Por ejemplo: Colegios de los niños, hipotecas, negocios,…
Una vez tengamos toda la información necesaria intentaremos un acuerdo con la otra parte y caso de no ser posible defenderemos tus intereses ante los Tribunales de Justicia.
¡Un divorcio o una separación no es el final, es el principio de una nueva etapa!
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN HERENCIAS Y SUCESIONES
Nuestros abogados expertos en Herencias te acompañan durante toda la tramitación de la herencia y te asesorarán para que puedas tomar las mejores decisiones en la tramitación.
Como abogados especialistas en Herencias y sucesiones estamos acostumbrados a encontrarnos todo tipo de situaciones ante el fallecimiento de una persona y el reparto de sus bienes. Entre las que encontramos:
- Reparto de Herencias con Acuerdo. Realizaremos las labores necesarias para alcanzar acuerdos entre los distintos herederos que sean beneficiosos para todos .
- Impugnación de testamentos. Nulidad de Testamentos. En numerosas ocasiones acudimos a los Tribunales de Justicia para que declaren la nulidad de testamentos otorgados sin capacidad por ejemplo con Alzheimer o cualquier otra enfermedad.
- Reclamación de la legitima. Todos tenemos derecho a una parte de los bienes de nuestros padres. Aunque no nos hayan puesto en el testamento nos corresponde la legítima
Estaremos encantados de poder ayudarte en tus problemas hereditarios
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN CUSTODIA COMPARTIDA
La Custodia Compartida permite el continuo contacto de los hijos menores de edad con ambos cónyuges evitando la sensación de orfandad que aparece en algunos menores tras el divorcio o separación de sus padres.
Debemos recordar que los que se separan o divorcian son los padres entre sí y no los hijos de ninguno de sus progenitores por lo que el régimen que protege mejor el bienestar de los hijos menores de edad es la Custodia Compartida.
Aunque todos sabemos que la Custodia Compartida es lo más beneficioso para los menores lamentablemente a día de hoy el hombre tiene que seguir demostrando estar capacitado para cuidar a sus hijos por lo que, en caso de querer solicitar la custodia compartida, te aconsejamos contratar al mejor abogado de custodia compartida para defender tus intereses y los de tus hijos.
Llama ahora pide cita y empieza a defender los derechos de tus hijos
DERECHO DE VISITAS DE LOS ABUELOS
Incomprensiblemente cada vez son más habituales casos en los que se impide a los abuelos estar con los nietos.
Si eres abuelo o abuela y no te dejan ver a tus nietos no estás solo. Nosotros te ayudamos a conseguir un régimen de visitas con tus nietos.
Los menores tienen derecho a relacionarse con los abuelos y no puede ser impedido el contacto entre ellos si no existe justa causa para ello y, desde luego, que los padres del menor se hayan separado o divorciado y no se hablen entre ellos no es motivo para privar a los niños de sus abuelos
NUESTROS MEJORES ABOGADOS DE FAMILIA EN MADRID OBTIENEN GRANDES LOGROS DE LOS QUE SE HACE ECO LA PRENSA ESPECIALIZADA
DESPACHOS ESPECIALIZADOS EN FAMILIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID
Disponemos de despachos localizados en varios puntos de la Comunidad de Madrid donde un abogado de familia estará a tu disposición como en Leganés, Alcalá de Henares, Pozuelo de Alarcón o Madrid capital.
ÚLTIMOS ARTÍCULOS DE NUESTRO BLOG
Aquí te invitamos a leer algunos de los casos de éxito de nuestros despachos. Explicando cada caso en concreto adjuntamos al final de cada artículo la sentencia correspondiente. Es la mejor prueba de que nuestros expertos consiguen las sentencias favorables para nuestros clientes.
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE DERECHO DE FAMILIA
¿ESTÁS PLANTEÁNDOTE INICIAR UNA SEPARACIÓN O BIEN SOLICITAR EL DIVORCIO?
Cuando uno toma la decisión de iniciar un procedimiento de separación o divorcio debe tener en consideración que en la actualidad puede separase o divorciarse sin el consentimiento del otro cónyuge, hay que recordar que antiguamente no era así, al igual que no es requisito alegar ningún motivo, la simple voluntad de no continuar con el matrimonio, es suficiente para proceder a la separación o divorcio.
Recordemos que anteriormente a la reforma de la Ley para poder divorciarse había que separase y esperar que transcurrieran al menos dos años para poder solicitar el divorcio.
El único requisito que existe actualmente para poder separarse divorciarse es que deben haber transcurrido al menos tres meses desde que se produjo la celebración del matrimonio. Hay que puntualizar que eso no significa que la convivencia no puede cesar antes, (lo que vendría a ser una separación de hecho), el plazo de tiempo es para iniciar los trámites legales, al menos que exista violencia de género, riesgo para la vida, la integridad física o moral o para la indemnidad sexual del cónyuge o de los hijos se podrá solicitar antes de haber transcurrido ese periodo de tiempo.
Tampoco será necesario tramitar la separación previamente al divorcio. Se puede optar por divorciarse directamente. ¿Entonces qué diferencia la separación del divorcio?
DIFERENCIAS ENTRE SEPARACIÓN Y DIVORCIO
Podemos decir que lo que diferencia una separación judicial de un divorcio es que, el divorcio consiste en la disolución del vínculo matrimonial, por su parte la separación lo que hace, es que lo deja en “stand by” el vínculo matrimonial queda en suspenso y por tanto, no podrá contraerse nuevo matrimonio.
Hay que tener en cuenta que cuando se dicta sentencia de separación los efectos que producirá son los siguientes: imposibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, liquidación del régimen económico matrimonial y también se perderán los derechos del cónyuge viudo en caso de que uno de los dos fallezca.
Recordemos los derechos hereditarios de los cónyuges según lo que marca el Código Civil;
- El cónyuge viudo tendrá derecho al usufructo de dos tercios de la herencia si no existen ascendientes ni descendientes.
- Tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia en el caso de que existan ascendientes.
- En el caso de que existan solo hijos o descendientes el usufructo será del tercio destinado a mejora.
En los procesos de separación y de divorcio se precisa la asistencia de letrado y la representación de procurador, cuando sean de mutuo acuerdo ambos cónyuges podrán contar con el mismo abogado y procurador siempre que lo estimen oportuno.
LA PATRIA POTESTAD
La Patria Potestad son todos los derechos inherentes al hecho de ser padres en cuanto a los hijos. Este derecho acaba cuando los hijos cumplen la mayoría de edad o bien si son emancipados. Por otra parte, se puede extender la Patria Potestad cuando se declare incapaz al hijo.
La patria potestad es la que otorga a los progenitores la representación legal de sus hijos, tanto en el plano personal como en el patrimonial. Los deberes inherentes a la Patria Potestad no son otros que velar por los hijo, tenerles en su compañía, procurarles alimento, educación, y formarlos además de representarlos y administrar su patrimonio.
Las causas de extinción se darán si se produce la muerte de los padres o de los hijos, por la emancipación de estos, por dar a los hijos en adopción o bien porque lo dictamine un Juez a través de una Sentencia.
En cuanto a los procesos de privación de patria potestad a uno de los dos progenitores hay que señalar que solo se le podrá ser privado debido a un motivo grave, como puede ser el hecho de que el progenitor sea alcohólico o drogadicto, por malos tratos etc… y también por incumplimiento de los deberes como progenitor.
LA GUARDA Y CUSTODIA
La guarda y custodia puede ser ejercida por un progenitor o bien por ambos progenitores, podemos decir que consiste en vivir y cuidar de los hijos menores y no emancipados. La guarda y custodia podrá tenerla un progenitor en exclusiva o bien podrá ser compartida, tal y como veremos en el siguiente apartado. En cualquier caso para atribuir la guarda y custodia de los hijos tendrán que cumplirse una serie de requisitos, como es el interés superior de los menores o bien que no exista condena por malos tratos en el ámbito familiar o de violencia de género…
LA CUSTODIA MONOPARENTAL O EXCLUSIVA
Hay que decir que en la actualidad el régimen de guarda y custodia más utilizado, es el de la custodia monoparental o exclusiva respecto a uno de los progenitores, por norma general se atribuye a la madre. Eso significa que los hijos convivirán con en el domicilio materno si es esta la que goza de la custodia en exclusiva.
Cuando se estipule este régimen se decretarán una serie de derechos y deberes al progenitor no custodio, como serán el régimen de visitas que además de ser un derecho también será una obligación, además se fijara una pensión en concepto de alimentos a favor de los hijos, ya que los gastos se deberán sufragar a partes iguales entre ambos progenitores.
LA CUSTODIA COMPARTIDA
Para que se conceda un régimen de custodia compartida deben cumplirse una serie de requisitos marcados por el Tribunal Constitucional, el cual considera que no se trata de un régimen excepcional sino todo lo contrario deberá considerarse la guarda y custodia compartida normal e incluso deseable ya que permite que se haga efectivo el derecho de los menores a relacionarse con ambos progenitores. En cuanto a los criterios que se tendrán en cuenta a la hora de determinar si este régimen es el más conveniente para los hijos;
- Se tendrá en cuenta la relación de los progenitores con sus hijos.
- Los deseos de los menores.
- El número de hijos.
- Que los padres cumplan con sus deberes de padres.
- Que exista una relación de respeto entre los progenitores.
- También se podrán tener en cuenta los informes psicosociales.
- Que no existan Sentencias condenatorias por violencia de género o en el ámbito familiar.
- Etc…
LA MODIFICACIÓN DE MEDIDAS
Para que se realice una modificación de medidas se deberán cumplir una serie de requisitos como son; que se hayan producido cambios importantes a las circunstancias que había en el momento que se adoptaron las medidas, que el cambio de circunstancias sea importante, y que estas circunstancias que han variado afecten directamente a las medidas que fueron adoptadas y que los cambios que se han producido vayan a ser permanentes o de larga duración en el tiempo. También deberá tenerse en cuenta que deben ser nuevas circunstancias, que estas no existieran en el momento de adoptar las medidas que queremos que varíen.
LA PENSIÓN COMPENSATORIA
Ante todo no hay que confundir pensión compensatoria con pensión de alimentos. La pensión compensatoria es la que se asigna en los procesos de divorcio o separación, a la parte más desfavorecida, la que tiene menos ingresos. Su función es intentar paliar los desequilibrios económicos que se producen en muchas ocasiones en estas situaciones.
Hay que decir que esta pensión pude ser de carácter temporal o vitalicio, vendrá pactada a través del convenio regulador y en el caso de no existir acuerdo, el Juez será el encargado de estipular si debe existir o no, y de fijar la cuantía. En estos casos que no existe acuerdo el Juez deberá fijar si la pensión compensatoria se fijará durante un tiempo determinado o bien tendrá carácter permanente.
LA PENSIÓN DE ALIMENTOS
Cuando se produce una crisis familiar y cesa la convivencia entre los progenitores, si se ha concedido un régimen de custodia monoparental se fijara una cantidad de dinero fija al mes en concepto de manutención de los hijos, que deberá abonar el progenitor que no goza de la custodia al progenitor que la ostenta.
La pensión de alimentos, se fija para cubrir los gastos ordinarios relacionados con los hijos, que deberán abonarse al 50% entre progenitores.
Está destinada a cubrir alimentos, gastos escolares, vestimenta etc… todos los gastos que no sean extraordinarios.
En cuanto a los gastos extraordinarios deberán acordarse con anterioridad a ser contraídos, deberán de estar de acuerdo ambas partes en contraer dicho gasto y deberá constar por escrito, de no ser así, el progenitor que no esté de acuerdo tendrá derecho a no abonar su parte.
Más información en:
HERENCIAS
Nuestros especialistas en derecho de sucesiones podrán resolver todas sus dudas y ayudarle a resolver sus problemas relacionados con herencias, testamentos, sucesiones y demás problemas hereditarios.
INCAPACITACIÓN JUDICIAL
Los abogados especializados de nuestro despacho le asesoraran y resolverán sus dudas respecto a la incapacitación judicial de familiares.
La incapacitación se consigue mediante Sentencia judicial como causa de enfermedades o deficiencias tanto físicas como psíquicas que impidan a la persona gobernarse a sí misma. Hay que tener en cuenta que cuando se declara incapaz a una persona, el Juez asigna a una persona como puede ser el mismo cónyuge, los progenitores, hermanos o descendientes para que ejerzan como tutores.
Las medidas adoptas por el Juez en estos casos, siempre serán a medida de cada caso en concreto.
En cuanto a la función del tutor es representar legalmente al incapaz, y que precisará de autorización judicial para realizar actos relacionados con el patrimonio del declarado incapaz, como pueden ser; vender , hipotecar o realizar prestamos sobre sus bienes, renunciar a derechos o internar al incapaz en un centro de salud mental entre otros…
PRODIGALIDAD
No hay que confundir declaración de prodigalidad con incapacidad. Se declarará prodigo un familiar a causa de una conducta habitual que ponga en peligro el patrimonio familiar. Normalmente los casos de prodigalidad están relacionados con personas que sufren adicción al juego o a las drogas.
La persona que sea declarada prodiga estará sometida a un régimen de curatela, eso significa que el Juez mediante Sentencia fijara los actos patrimoniales que deberán ser aprobados por el curador para que san eficaces, de otro modo podrán ser anulables.
El curador podrá ser el cónyuge o pareja, los padres, los hijos o bien un representante legal.
DIRECCIONES DE INTERÉS
Un abogado de familia cerca de mi
Juzgados de Familia de Madrid. Calle Francisco Gervás 10, 28020 Madrid - Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). Calle de Serrano, 9, 28001 Madrid
- Juzgado de Primera Instancia especializado en Derecho de Familia. Calle de la Princesa, 3, 28008 Madrid
Juzgado de lo Penal. Calle de Julián Camarillo, 4, 28037 Madrid - Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Calle de Gran Vía, 19, 28013 Madrid
- Juzgado de lo Social. Calle de Princesa, 3, 28008 Madrid
- Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1. Calle Albarracín 31, 28037 Madrid
- Juzgado de Violencia sobre la Mujer (temas relacionados con el derecho de familia). Calle Plaza de Castilla, 1, 28046 Madrid
- Registro Civil Central (para cuestiones de filiación, matrimonio, etc.). Calle de la Montera, 18, 28013 Madrid
- Audiencia Provincial de Madrid (Sección especializada en Derecho de Familia). Calle de Santiago de Compostela, 96, 28035 Madrid
- Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA). Paseo de la Castellana, 141, 28046 Madrid
- Registro Civil Central. Plaza de Jacinto Benavente, 3, 28071 Madrid
- Registro Civil Único de Madrid. Calle Pradillo 64, 28002 Madrid
- Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Calle del General Martínez Campos, 27, 28010 Madrid
Estaremos encantados de poder ayudarte. Contactar con nosotros es muy fácil.
Puedes llamar a los números indicados arriba o rellenar el formulario y nos pondremos en contacto contigo.
NUESTROS DESPACHOS DE ABOGA2
Contamos con despachos de abogados repartidos por todo el territorio nacional por lo que nuestro profesionales pueden atenderte en cualquier lugar donde te encuentres y lo necesites.