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Denuncia por impedir ver a mi hijo

Denuncia Por Impedir Ver A Mi Hijo

Es más frecuente de lo que pensamos que tras una ruptura, uno de los progenitores no deje ver al hijo común a su ex pareja o no le deje comunicarse con él, antes de que se dicte sentencia o incumpliendo el régimen de visitas y comunicación fijado judicialmente,  ya sea por venganza tras una disputa o resentimiento, o con el fin de alejar al hijo del otro progenitor.

Sin embargo en estas situaciones no solo acaba perjudicado el padre que no puede ver o hablar con sus hijos, sino que se está haciendo daño a los propios menores, que no deberían de tener que pasar por este tipo de situaciones.

En ABOGA2 somos conscientes de lo emocionalmente difíciles que pueden resultar estas situaciones, por lo que nuestros abogados de familia especialistas como abogados divorcios Madrid luchan por ayudar a los padres a hacer justicia y que puedan lograr ver a sus hijos garantizando el cumplimiento del régimen de visitas.

El derecho y deber de los padres a relacionarse con sus hijos

La ley vela por el interés superior del menor y en consecuencia reconoce un derecho a los hijos de relacionarse y comunicarse con sus familiares y allegados.  De forma que tras una ruptura de los progenitores el niño tiene derecho a ver y mantener el contacto tanto con ambos progenitores como con otros miembros de la familia y seres queridos.

Concretamente el artículo 160 del Código Civil dispone: “Los hijos menores tienen derecho a relacionarse con sus progenitores aunque éstos no ejerzan la patria potestad” y seguidamente dice “no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados”.

De lo expuesto, se deriva por tanto también un derecho para ambos progenitores a mantener las relaciones con sus hijos en común tras la separación y divorcio, que no podrá ser privado por ningún motivo, salvo que así se disponga por resolución judicial en interés del menor.

Efectivamente, las relaciones paterno-filiales se constituyen como un derecho y un deber, por cuanto no solo se establecen en beneficio de los padres sino que con ellas se pretende un mayor beneficio para los hijos, especialmente tras una ruptura sentimental.

Es por ello, que el Tribunal Supremo ha concretado: “el derecho de los hijos a relacionarse con los progenitores no se puede negar ni privar de principio, porque se ha de dar la oportunidad, de acuerdo con la legalidad, de poder ejercer como padre y cumplir los deberes que como tal le correspondan”

¿Qué es el régimen de visitas?

Como consecuencia de este derecho- deber de los padres a relacionarse con los hijos, tras una ruptura matrimonial, se establece la obligación de regular el régimen de visitas, estancias y comunicación de los hijos con el progenitor con el que no convivan, independientemente de la modalidad de custodia de que se trate – custodia compartida o monoparental (custodia paterna o materna)- .

Como veíamos, el régimen de visitas constituye a su vez un derecho y deber de los padres no custodios de relacionarse con el menor, cuya finalidad no es satisfacer los deseos de los progenitores sino cubrir las necesidades afectivas y educativas de los menores para garantizar su efectivo desarrollo.

De modo que después de una separación o divorcio, los padres fijaran de común acuerdo el régimen de relación entre padres e hijos, así como con otros familiares y allegados, mediante convenio regulador de mutuo acuerdo, que será aprobado por el Juez, salvo que el mismo resultara dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges.

En defecto de acuerdo o aprobación judicial, será el Juez quien establecerá mediante sentencia el modo, lugar y tiempo de ejercer este derecho atendiendo a las circunstancias del caso concreto, así como posteriormente se encargará de modificarlo cuando variaran sustancialmente las circunstancias o de limitarlo o suspenderlo si se diera un incumplimiento grave y reiterado del mismo.

El régimen fijado por sentencia judicial constituye lo que se conoce como “medidas definitivas”.

Si bien, cuando iniciamos los procedimientos de separación o divorcio, muchas veces tenemos el miedo de que puede que no lleguemos a ver a nuestros hijos hasta que no se dicte la sentencia, porque exista una mala relación entre el padre y la madre. En estos casos, se prevé la posibilidad de fijar lo que se denominan “medidas provisionales o coetáneas”, gracias a las que el régimen de visitas, estancias y comunicación quedará regulado desde que se interpone la demanda hasta que se dicte sentencia.

Además, incluso es posible que en la demanda que se interponga se soliciten “medidas cautelares”, como por ejemplo a fin de evitar el secuestro legal de los hijos, es decir, cuando exista sospecha por uno de los progenitores de que su ex-cónyuge pueda sustraer ilegalmente al menor durante el procedimiento judicial de separación o divorcio.

Estas medidas pueden consistir en:

  • Se prohíba la salida del territorio nacional del menor, salvo con autorización del juez.
  • Se prohíbe que se le expida pasaporte al menor o se le retire el mismo si lo tuviera.
  • Se prohíbe el cambio de domicilio del menor salvo con autorización judicial previa.

¿Puede el progenitor custodio impedir ver al hijo al progenitor no custodio?

Una vez fijado el régimen de visitas por sentencia judicial este debe cumplirse íntegramente, pues el incumplimiento del régimen de visitas puede conllevar graves consecuencias para el progenitor incumplidor.

Cuando el progenitor custodio incumple lo pactado en convenio regulador o dispuesto mediante sentencia, y no lleva a los hijos al progenitor no custodio o se los lleva a un domicilio distinto sin consentimiento puede llegar a incurrir en un delito de sustracción de menores del artículo 225.bis del Código Penal, castigado con la pena de prisión de 2 a 4 años e inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad de 4 a 10 años.

Asimismo, cuando uno de los cónyuges  no deja ver a un hijo al otro a fin de dificultar su derecho de estar y comunicarse con aquellos, exista o no resolución judicial que establezca el modo y forma en que relacionarse, se produce un incumplimiento del régimen de visitas e incluso podría incurrirse en un delito de coacción del artículo 172 del Código Penal, por infringir o restringir de algún modo la libertad del ex cónyuge para someterla a los deseos propios.

Los casos de incumplimiento del régimen de visitas pueden llevar a una limitación o modificación del mismo por el Juez, restringiendo o estableciendo ciertas cautelas según las circunstancias que concurran cuando se considere que la situación es perjudicial para el menor.

¿Cuáles son los argumentos más comunes para incumplir el régimen de visitas?

Algunos de los argumentos que suele alegar el progenitor incumplidor para impedir ver a los hijos a su ex pareja suelen ser:

  • Que no ha pagado la pensión de alimentos
  • Rechazo a que el hijo se relacione con la pareja actual de su ex cónyuge
  • Razones de incompatibilidad con el horario laboral
  • Razones de incompatibilidad con actividades escolares, extraescolares o de ocio del hijo
  • Alegar que es el propio hijo quien no quiere verle (esto puede ser resultado de la alienación parental del progenitor custodio)

¿Qué puedo hacer si mi ex-cónyuge no me deja ver a nuestro hijo?

Cualquiera que sea el motivo e independientemente de que se trate del progenitor que tenga o no la custodia, no cumplir con lo establecido en convenio regulador o lo acordado en sentencia judicial implica un incumplimiento injustificado.

En cualquier caso para poder hablar de incumplimiento es necesario que se produzca reiteradamente, es decir, que por ejemplo uno de los progenitores impida en varias ocasiones dejar ver al hijo a la otra parte y no sólo que con carácter puntual un día se retrase en la entrega del menor.

Los incumplimientos del régimen de visitas es un tema especialmente delicado para el progenitor que no puede ver a sus hijos, ya que puede acabar menoscabándose su figura de padre por voluntad de su ex pareja, impactando también negativamente en el desarrollo del hijo.

En estos casos deberán seguirse los siguientes pasos:

  1. Intentar llegar a un acuerdo: cuando se produce un incumplimiento del régimen de visitas lo mejor para las partes y especialmente para los hijos, es que los progenitores dialoguen para intentar alcanzar a un acuerdo para interponer una demanda de modificación de medidas que sea acorde a los deseos de los ex cónyuges.
  2. Requerimiento previo: en caso de no llegar a un acuerdo, es conveniente que se requiera mediante un medio que deje constancia (Ej.: burofax) al progenitor incumplidor instándole que cumpla con lo establecido por convenio o sentencia.
  3. Interponer demanda ejecutiva de la Sentencia o Convenio regulador: si continúa incumpliendo, el progenitor que lo sufre deberá reunir todas las pruebas ya que es a él a quien le corresponde acreditar el incumplimiento (WhatsApp, mensajes, etc.).

Tras ello, se interpondrá la demanda ejecutiva ante el mismo Juzgado que dictó la sentencia o convenio a ejecutar, quien instará al progenitor para que cumpla avisándole de que en caso de persistir el incumplimiento podrá incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad del artículo 556.1 del Código Penal.

  1. Sancionar el incumplimiento: Trascurrido el plazo concedido por el Juzgado, si el progenitor incumplidor sigue sin cumplir se le podrá imponer multas coercitivas conforme al artículo 776.2ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil,  mensualmente durante el tiempo que continúe incumpliendo y en la cuantía que el Juez estime conveniente.

Además, como se le avisaba habrá incurrido en un delito de desobediencia a la autoridad, para el que se prevé una pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 18 meses.

En estos casos el Juez no solo puede acordar la modificación del régimen de visitas para evitar el incumplimiento, sino también que la entrega del menor se realice a través de un “Punto de Encuentro Familiar”.

Conviene recordar que desde la reforma de la Ley 15/2015 del 1 de Julio, ya no es posible interponer una denuncia penal cuando uno de los progenitores incumpla el régimen de visitas, ya que este incumplimiento ha quedado despenalizado, sino solo la demanda civil a la que nos hemos referido antes.

En cualquier caso, tanto para interponer la demanda de modificación de medidas como la demanda ejecutiva necesitarás la asistencia de un Abogado. En Aboga2 te asistiremos para mediar con tu ex pareja e interponer la demanda de modificación de medidas o de no ser posible interponer la demanda ejecutiva.

¿Puedo reclamar una indemnización por daños morales por impedirme ver a nuestro hijo?

Cuando el progenitor custodio impide ver al otro de los progenitores el contacto con su hijo de manera habitual, éste último puede llegar a solicitar una indemnización por los daños morales que se le han ocasionado.

Esta indemnización encuentra su fundamento en el artículo 1902 del Código Civil, según el cual: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”

Si bien, no todo incumplimiento del régimen de visitas es indemnizable, ya que para reclamar esta indemnización será necesario acreditar la existencia de un daño moral que sea consecuencia de la conducta del progenitor custodio al impedir ver a aquel al hijo común.

En Aboga2 somos conscientes del sufrimiento que puede sufrir un padre o madre cuando la otra parte le impide ver a su hijo, por lo que te ayudaremos y lucharemos para reclamar la indemnización por los daños morales que hayas padecido.

Abogado de familia Ignacio Martín Benito
Ignacio Martín Benito
Abogado en ABOGA2 | Web | + posts

Esta entrada tiene 77 comentarios

    1. Estimado Sr. Correa

      Ante todo gracias por visitar nuestra web.

      En segundo lugar manifestarle que nuestros abogados estarán encantados de atenderle. Por favor para poder concertar una cita presencial, cita online o cita telefónica con nuestros abogados llame al 91 570 42 34 o bien remita un email a info arroba aboga2.eu

    2. Mi hijo actualmente esta encarcelado y mi nuera no me permite visitar a mis nietos, ella actualmente tiene una pareja y vive fuera de la casa donde viven los niños, ademas realiza viajes fuera del pais o dentro del mismo pais y a los niños los dejo al cuidado de abuelo materno y una tia, las condiciones en la que viven los niños no son optimas, yo no quiero ningun problema solo que me dejen ver a mis nietos y poder visitarlos, tengo algun derecho a solicitar esta convivencia

      1. Buenos días

        En España los abuelos pueden pedir un “régimen de visitas” con sus nietos por lo que le recomendamos acuda a un abogado especialista en derecho de familia para que le asesore.

        Le recordamos que nuestros abogados trabajan en todo el territorio nacional y estarían encantados de poder ayudarle para lo que puede pedir cita en el 91 570 42 34

        Reciba un cordial saludo

    3. Buenas tardes

      Lo primero decirle que lamentamos mucho que se encuentre en esa situación.

      En segundo lugar manifestarle que nos hacemos cargo de su gran temor pero debe actuar y solicitar medidas con respecto a su hijo.

      Debe contratar un buen abogado especialista en familia, el mejor abogado de familia que pueda contratar y pedir un régimen de visitas con su hijo y en su caso contratar un detective privado para acreditar que el menor está desamparado ya que su madre no lo cuida.

      Recuerde que nuestros abogados trabajan en toda España. Para pedir una cita presencial o telefónica llame al teléfono 91 570 42 34 y estaremos encantados de poder atenderle

      Reciba un cordial saludo

    1. Perdí mi trabajo, no me dejan ver a mi hijo, ya no sé si vale la pena estar un día mas. Las personas que damos todo lo bueno son a las que nos tratan peor

      1. Buenos días

        Ante todo manifestarle que lamentamos mucho la situación en la que se encuentra si bien por experiencia de muchos clientes que tratamos sabemos que la vida cambia y lo que ahora parece imposible en un tiempo se hace realidad.

        Por favor, en caso de desesperación busque ayuda en su entorno cercano y caso de ser necesario de profesionales

        1. Buenos días

          Por supuesto. Somos abogados especialistas en derecho de familia y podemos ayudarle en su caso.

          Recuerde que nuestros abogados de familia trabajan en toda España por lo que puede pedir cita en el teléfono de nuestra centralita 91 570 42 34 (es el mismo para toda España)

          1. Hola buenos días me podría ayudar a tener a mi hijo conmigo su papá y su familia de el se oponen a que yo vea a mi bebe

          2. Buenos días

            Por supuesto. Para ello debe pedir consulta personalizada en nuestro despacho de abogados a través del número de teléfono 91 570 42 34 o bien por email escribiendo a info arroba aboga2.eu

            Reciba un cordial saludo

    2. Tengo 2 años con mi pareja varias veces se a molestado antes de nacer mi Bb se fue y registro nuestro bb con sus apeidos regreso ami lado y espere aque ella accediera slla a cambiar los apeidos me manipulaba se volvió a molestar regreso ahora no me deja ver ami bb y me amenazo con de mandarme x abuso familiar busque ami bb y me llevo la policía x que nosotros vivíamos en mi casa en México y ella se fue a Michoacán y cada 8 voy a dejarle manutención y cosas para mi bb y no sale que hago ayúdenme favor

      1. Buenas tardes

        Lamentablemente no conocemos la legislación de México. En España primero habría que iniciar un procedimiento de filiación a fin de que usted conste legalmente como padre y seguidamente iniciar un procedimiento de medidas paternofiliales solicitando un régimen de visitas con el menor

    1. EStimada Señora

      Salvo que un juez haya acordado lo contrario en una resolución judicial motivada (Sentencia o Auto) todo padre y madre tiene derecho a ver a sus hijos por lo que la recomendación que la damos es acudir inmediatamente a un abogado de su confianza especializado en derecho de familia a asesorarse.

      También puede acudir a la policía por su su expareja estuviera cometiendo algún delito.

      La diferencia entre acudir a la policía y a un abogado es que el abogado le podrá asesorar de sus derechos y podrá instar todas las acciones judiciales necesarias para defender sus derechos. Los policías sólo intervendrán si lo que usted denuncie puede ser considerado un delito.

      Otra diferencia es que la policía no cobra al denunciante y los abogados normalmente cobran honorarios por sus gestiones

      Para nosotros será un auténtico placer poder ayudarla , no dude en pedir una cita con nuestros abogados especialistas en problemas familiares

      1. Hola. Llevo un año sin ver a mi hija, su papá no me permite verla, además de que cada vez que intento acercarme ella se comporta mal conmigo, es otra desde que se la llevó, se que la tiene manipulada. Demandé a su papá desde hace un año por guarda y custodia. Ya tuvimos una audiencia y tanto el como yo declaramos! Solicite el derecho a verla y el juez determinó que tenía tres días para contestar. No lo hizo, y revocó a sus abogados nuevamente. Es una persona agresiva, ya el tenía una demanda por pensión alimenticia de su ex pareja, la cual no cumple. Contesto la demanda pidiendo la custodia y pensión. Que puedo hacer para ver ya a mi hija?

        1. Estimada Sra.

          Lamentamos mucho la situación en la que se encuentra.

          Para evitar que eso les suceda a nuestros clientes nosotros siempre solicitamos lo que se denominan “Medidas Provisionales” que consisten en establecer un régimen de visitas durante el tiempo que existe el procedimiento ya que lamentablemente unas veces por sobrecarga de trabajo y otras por no actuar con la diligencia oportuna los Juzgados son lentos.

    1. Buenos días David

      Te aconsejamos que acudas lo más rápido posible a un abogado especialista en derecho de familia a consultar presencialmente, nuestros abogados especialistas en derecho matrimonial estarán encantados de ayudarte en este asunto.

      A modo de resumen existen dos situaciones diferentes:

      1.- No tienes sentencia judicial con un régimen de visitas. En este caso ni tu mujer puede impedirte estar con tu hijo ni tú puedes impedírselo a ella. Tu hijo puede estar contigo tanto tiempo como estimes oportuno (siempre respetando sus obligaciones escolares). Esa es la teoría, la práctica que nos estamos encontrando es que hay mujeres que impiden a los padres ver a los hijos hasta que exista una sentencia que lo regule y en el caso de que el padre se acerque al domicilio denuncian a la policía o guardia civil que el padre está por allí. Es inconcebible que intervengan los policías o guardias civiles porque nadie te puede impedir estar con tu hijo salvo un juez pero en algunas ocasiones hay denuncias por medio de “violencia de género” e incluso detenciones. Con la ley en la mano no te pueden impedir estar con tu hijo al igual que no te lo podían impedir cuando estabas en pareja.

      2.- Si hay sentencia judicial es más fácil. El abogado de familia que contrates solicitará “una ejecución de sentencia” y el juez obligará a que se cumpla el convenio regulador. En la práctica esto lleva tiempo porque los juzgados están colapsados pero es el trámite legalmente establecido. Si tu ex pareja continúa sin cumplir el convenio o la sentencia el juez la advertirá de que de continuar así cometerá un delito de desobediencia e incluso podrá solicitarse un cambio de custodia.

      Por favor pide cita con nuestros abogados especialistas en familia en el 91 570 42 34 y te asesorarán mas en detalle.

      Gracias por contactar con nosotros y quedamos a tu entera disposición

    2. Hola tengo una niña me avisaron por malos tratos contra mi mujer pero me an quitado el derecho de ver a mi ija asta que no se aga sentencia de divorcio y establecerme un régimen de visitas es asin Estoi ya desesperado gracias

        1. Hola disculpa tengo 15 meses sin ver amis mis 2hijos su mama me los negó. Verlos i ya no viven ai i la madre de mi cónyuge no me quiso decir para donde se fueron desde entonces no se nada de ellos

          1. Buenas tardes

            Trasladar a un menor de residencia sin el consentimiento del otro progenitor ni autorización judicial es un delito de sustracción de menores contemplado en el artículo 225 bis apartado 2 del Código Penal.

            Muchas personas, incluidos jueces, a fecha de este escrito no saben que la ley ha cambiado y que desde que se aprobó la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia el delito de sustracción de menores puede ser cometido tanto por el padre como por la madre

    3. Mi pareja no me deja ver a mis hijos y sin con sentimiento se los llevó vivíamos en hidalgo y se los llevó para Nayarit y no puedo ni ablar ni mensagear con mis hijos aparte que yo no tu ve nada que ver y no me an echo casa ok

      1. Buenas tardes

        Actualmente no disponemos de despacho de abogados en México que pueda ayudarle. Quizá y sólo quizá en México el traslado del menor de una ciudad a otra sin el consentimiento paterno sea un delito. En España hace un año aproximadamente que se considera un delito y pese a ello nos vemos con numerosos problemas para perseguirlo porque muchos jueces parecen “desconocer” el mismo

    1. Buenas tardes David

      Usted tiene derecho a ver a su hijo y su mujer, salvo que exista una orden judicial que diga lo contrario, no tiene derecho a impedir el contacto de su hijo con usted ni porque usted tenga otra pareja ni por cualquier otro motivo

      Debe acudir a un abogado de familia que le asesore y que inicie lo que se denomina un procedimiento de medidas paterno filiares (si ustedes no están casados) o un procedimiento de separación o divorcio en caso de que Ustedes estén casados.

      El procedimiento de medidas paterno filiares, en modo muy resumido, es el procedimiento adecuado para que un Juez de Familia establezca el régimen de estancias y comunicaciones de ambos progenitores con respecto del menor. Además de eso se establecerá en qué vivienda residirá ese menor y cómo han de contribuir ambos progenitores para alimentar al menor, vestirle y darle todo lo necesario para que tenga una vida digna.

      Por favor pida cita en nuestra central en el 91 570 42 34 y un abogado especialista en Medidas Paterno Filiares le ayudará a lograr su objetivos

      Reciba un cordial saludo

  1. Hola levo esperando un mes que salgan las medidas provisionales, tengo 2 niños y el padre se llevó con fuerza a uno, llevo 3 meses sin verlo y hace un mes que se celebro el juicio de medidas provisionales y aún no se resuelve. Mi abogado dice que debo esperar. Y el padre no me deja ver a mi pequeño. La policía me dice que está en su derecho y si no quiere que lo vea pues no pueden obligarlo. Nose cuanto más tardará en que salgan las medidas para por fin poder vernos. Su hermano lo extraña mucho y ya después de 3 meses nose que más hacer. Todos me cierran las puertas.

    1. Buenos días Andra

      Lamentablemente los Juzgados están sobrecargados de trabajo y suelen tener retrasos también en dictar las correspondientes resoluciones judiciales.

      Un mes es un tiempo más que prudencial para dictar un Auto de Medidas por lo que nosotros, de ser sus abogados, habríamos solicitado ya el denominado “impulso procesal” requiriendo que se dicte ese Auto.

      El “impulso procesal” no es otra cosa que recordar que está pendiente algún trámite judicial y solicitar “celeridad” en el mismo.

      Hay abogados que no solicitan nunca “impulso procesal” porque creen que “molestarán” a los Jueces

      Gracias por haber contactado con nosotros

      Reciba un cordial saludo

  2. Yo tengo conciliación con ICBF y un proceso en un juzgado, cumplo con mis cuotas pero la madre de mis hijos no me permite verlos. Y además el dinero que se le entrega para los niños como cuota lo usa en otras cosas. Coacciona a mis hijos a llamar y decir que no tienen que comer y que soy un mentiroso, es decir que además de no poder verlos mi imagen ante ellos está quedando muy mal. Ya no sé que hacer, de eso hace 4 años y ninguna entidad me ayuda.

    1. Estimado José

      En su correo nos indica que usted tiene conciliación con ICBF por lo que entendemos que reside en Colombia ya que las citadas siglas se correspondería con el “Instituto Colombiano del Bienestar Familiar” . Lamentablemente por nuestro sólo disponemos de despacho de abogados especializado en derecho de familia en España por lo que no podemos darle consejos legales sobre su asunto.

      Le recomendamos que sino está contento con su abogado de familia consulte con otros abogados especialistas en derecho de familia por si los mismos le pudieran dar otra visión diferente a su caso.

      Le deseamos mucha suerte en su procedimiento y lamentamos la situación que está vivienda.

      Gracias por haber contactado con nosotros.

      Reciba un cordial saludo

  3. Buenas tardes quisiera, por este medio, solicitar ayuda para un amigo para que pueda ver a su hija ya que no hay ningún artículo o ley que esté velando a su favor para que la visita se haga efectiva.

    El vínculo padre-hija lleva afectado aproximadamente un año (o más) porque la ex mujer lo denunció por abuso hacia su hija, en este momento (por esas razones n lo dejaban ver) pero hoy día ya salió todo a su favor ya que las pericias y pruebas psicológicas a la niña demostraron que era una falsa acusación. Aun así y habiendo dado el fallo a su favor, no ha logrado, hace aproximadamente 3 meses, poder ver a su hija, y el vínculo, como dije anterior mente, se está debilitando, se está perdiendo ya que es una niña de 3-4 años y que, al no verlo seguido, aparte de que le dijeron de que su papá estaba muerto, el lazo ya no será el mismo.

    Necesito saber que amparo podría pedir en la justicia para que le permitan verse, que su hija pueda ver a su familia paterna. Una ley que me ampare, me ayude a volver a verla y se pueda reanudar este parentesco.

    Aguardo respuesta o comentarios de cómo debería proseguir, con quien hablar, quien me podría ayudar, ya que el caso quedó “archivado” en el Juzgado de Familia y no se mueve como para reanudar las visitas parentales y movilizar este trámite que pareciera quitarme todos mis derechos.

    1. Buenas tardes

      Ante todo gracias por contactar con nosotros.

      Hemos leído atentamente el caso que nos ha expuesto y lamentablemente el mismo es más común de lo que pudieran creer.

      En nuestro despacho de abogados tenemos muchos clientes que han sido denunciados por “abusos sexuales” a sus propios hijos y han salido absueltos de los mismos. En la mayoría de los casos se puso una “orden de protección” hacia el menor con la simple denuncia de la madre. Tenemos incluso escritos del Ministerio Fiscal en los que se dice que se solicitó la “orden de protección” sin indicios delictivos lo cual es aberrante.

      Volviendo a su email. Si no existe orden de protección hacia la niña y tampoco existen medidas en el procedimiento de familia su amigo puede ver a la niña y estar con ella ya que no hay ningún tipo de limitación legal. Es decir, el padre no necesita ninguna autorización para ver a su hija porque es su padre y por el mero hecho de ser el padre de la menor puede estar con ella siempre que no haya una orden judicial que diga lo contrario.

      Otra cosa es que la madre de la menor no permita que vea a la niña. Si esto está sucediendo hay dos vías posibles:

      – Medidas Urgentísimas del art. 158 del Código Civil. Siempre que exista un peligro para la menor se pueden solicitar medidas urgentísimas para evitar ese riesgo.

      – Medidas provisionales: Estas son muy habituales y se suelen solicitar con carácter previo a la interposición de la demanda de divorcio o separación o en caso de no estar casados con carácter previo a la demanda de medidas paterno filiales. El objeto de las mismas es fijar un régimen de visitas

      Recomendamos que utilicen cualquiera de las dos vías legales que hemos reflejado con anterioridad. Permítanos insistir en que si no existe ninguna orden de alejamiento del padre con respecto de la niña ni ningún otro tipo de medida limitativa el padre puede estar con la niña y por tanto podría acudir por ejemplo al centro escolar y ver a su hija.

      Recuerde que en nuestro despacho de abogados estaremos encantados de llevar el caso de su amigo independientemente de donde residan ya que nuestros abogados especialistas en derecho de familia trabajan en todo el territorio nacional . Para pedir cita llamen al teléfono de la centralita 91 570 42 34. La cita con el abogado puede ser telefónica, online o presencial dependiendo de sus necesidades.

  4. Mi caso es un poco complicado. La madre de mi hijo dio aluz a una hermosa ñiña, ella me lo oculto de su embarazo, fue por su hermana q me entere q la niña era mia. Ella le dio el apellido de la niña a su nueva pareja. No responde mis mensajes porque no quiere saber nada de mi¿como actuar legalmente?

    1. Buenas noches

      Ante todo felicidades por su paternidad.

      Su caso para nosotros no es complicado sino más habitual de lo que pudiera imaginarse.

      Va a ser un procedimiento largo judicialmente hablando pero al final tendrá su recompensa

      El primer paso es contratar a un abogado especialista en Derecho de Familia (si quiere contactar con los de nuestro despacho por favor pida cita en el 91 570 42 34, es un teléfono de la centra del Madrid pero nuestros abogados trabajan en todo el territorio nacional).

      El abogado le pedirá una serie de documentación que acredite la existencia de relación con la mama con el fin de interponer la correspondiente demanda de paternidad. En esa demanda se solicitará realizar la prueba de ADN que acredite al 99 % si es hija suya o no.

      Habrá un procedimiento judicial que terminará en sentencia en la que se determinará si es su hija o no

      En caso de ser su hija posteriormente podrá interponer otra demanda solicitando un régimen de visitas, por supuesto también deberá contribuir con los gastos de la menor.

      Quedando a su entera disposición

      Reciba un cordial saludo

  5. buenos dias! yo vivia con el padre de mi hijo en la casa de su familia de él, pero me corrieron de la casa y no me dejan ver a mi hijo, por favor que puedo hacer y en caso de no poder pagar un abogado particular, a donde podria acudir para que me brinden ayuda, se los agradeceria mucho.

    1. Buenos días

      Muchísimas gracias por escribirnos.

      Ante la falta de recursos económicos de debe solicitar abogado del turno de oficio y para ello se puede acudir al colegio de abogados de la ciudad donde resida. Si en su población no existe colegio de abogados busque en la capital de su provincia, allí seguro que existe.

      Reciba un cordial saludo

  6. Buenos dias, enhorabuena y gracias por sus ayudas. Resumire un poco ya que estos casos suelen ser muy extensos; tengo 52 años y estuve con mi pareja 13 años,tenemos una hija casi con 11 años; los dos últimos años de convivencia fueron duros, y, para nuestra hija aún más, mi ex abandonaba el hogar repetidamente sola ya que deseaba vivir de otra manera su vida.Tras varios intentos de separarnos mi ex siempre volvia para reconciliarse y tras unos meses volvian tambien sus insultos e intentos de agresion. Tras acusarnos a mi y a nuestra hija de estar locos acudimos a una especialista, la cual tras varios meses de exploracion a nuestra hija concretó el maltrato y abuso de madre a hija. Días después mi ex volvia a irse de casa presentandose con sus hermanos y agredir a nuestra chica. Se denunció ante urgencias medicas y guardia civil. Tras ocho meses despues mi ex intenta concienzudamente llegar a un acuerdo si yo retirara la denuncia y no dijera nada de todo lo sucedido Al no existir acuerdo me denuncia a mi por maltrato,puede imaginarse como me salió la exploración, sigo creyendo que la boca que dice la verdad es la más perseguida. Hoy en dia tengo la custodia provisional de nuestra hija, y tras año y medio sin relacion de madre e hija llegan las visitas al punto de encuentro una vez por semana, donde mi hija ha visto a su madre y verbalizado nuevamente sus miedos y vivencias hasta un punto de crearle unas crisis de ansiedad tremendas, lo peor es que se ha plantado de tal manera que no quiere volver a ver a su madre por más consejos y alternativas que le ofrecemos, viendose también mermada mis obligaciones como padre de incentivar su relacion con la madre,si es cierto que va al punto de encuentro obligada por mi pero no quiere entrar. Mi pregunta es: traera ésto consecuencias judiciales a mi hija? aun con un pleito abierto contra la madre por maltrato a la chica puede el juez amonestarme? Sé, de haber escuchado a madres, que teniendo una vía abierta por maltrato o por la salud de la pequeña paralizan las visitas, es cierto?
    Un saludo y disculpe si he extendido,pero como le dije he resumido.

    1. Estimado Sr.

      Ante todo agradecerle el detalle de su comentario y expresarle nuestro pesar por la situación que está viviendo.

      Como usted ya tiene uno (o varios) procedimientos abiertos quien mejor puede asesorarle es el abogado que esté llevando sus casos ya que, si bien es cierto, que su comentario es detallado no nos gustaría interferir y perjudicar un procedimiento abierto.

      Lo único que podemos manifestarle es que se debe velar por el bien del menor ya que es el interés superior a proteger . Además de con su abogado hable con el punto de encuentro en el que existen sicólogos y manifiéstele sus preocupaciones.

      Deseando un feliz desenlace.

      Reciba un cordial saludo

  7. Y que ocurre cuando es el no custodio el que lleva un año sin llevarse a sus hijos , 9 meses sin pasar pensión de alimentos y después de un año viene a decir que se los lleva las vacaciones? Mis hijos son pequeños , han estado un año sin estar con él , jamás se ha preocupado por nada y no quieren ir con él , porque desde que nos divorciamos nunca ha seguido el convenio y se los ha llevado cuando él ha querido en dos años los ha visto 4/5 veces , encima han venido cohibidos porque me han insultado y no les han dejado hablar de gente de la familia. No denuncio porque sé que el juez le obligará a cumplir el régimen de visitas y ni mis hijos quieren ni yo quiero que le obliguen a estar con ellos . Es una persona inestable y que consume droga. Que opciones hay para que no se los lleve?

    1. Buenas tardes

      Ante todo gracias por contactar con nosotros.

      En un caso como el que nos expone procede una “modificación de medidas”, es decir, “cambiar” la Sentencia que se dictó en su día por otra más acorde a las circunstancias actuales.

      Por favor, contacte con un abogado de su confianza y en caso de no disponer de recursos económicos para abonar uno privado solicite un abogado del Turno de oficio

      Esperando haber sido de ayuda

      Reciba un cordial saludo

  8. Hola, mi caso es un poco extraño. Mi hijo lleva un mes en prisión, antes de entrar todo iba bien entre su mujer y él pero desde el día siguiente al que entró y por diversos motivos ella se ha enfadado y tanto mi hijo como nosotros sus abuelos llevamos más de un mes sin ver a mi nieta de 2 años. No atiende mensajes ni llamadas ni nada, tiene todos los objetos personales de mi hijo y a pesar de haberle pedido cosas que necesita no contesta. A día de hoy ellos siguen casados. Tanto mi hijo como yo estamos ya desesperados por no poder ver a la niña.

    1. Buenos días Doña Marisa

      Lamentablemente el caso de su hijo no es una excepción sino que es más habitual de lo que se cree. Ustedes, como abuelos, pueden interponer una demanda judicial solicitando un régimen de visitas y comunicaciones con el menor

      Debemos partir de la base de que siempre se debe velar por el interés superior del menor y por ello el artículo 8.1 de la Convención de Nueva York sobre los Derechos del Niño establece que “Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño a preservar su identidad, incluidos (…) las relaciones familiares de conformidad con la ley (…)”. En el mismo sentido encontramos el artículo 160.2 del Código Civil dice :

      “No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegado”

      Es decir, que nadie puede impedir que el menor se relacione con una de las dos estirpes salvo que exista justa causa para ello que deberá ser acreditada en Juicio

      En nuestro despacho de abogados estaremos encantados de poder ayudarles. Por favor pida cita, presencial, telefónica, online… con nuestros abogados llamando al 91 570 42 34 (atendemos casos en toda España y nuestros abogados están acostumbrados a viajar por toda la geografía)

  9. Hola que tal muy buenas noches a todos, quisiera un poco de orientacion, por que llevo un año y medio sin ver a mi hijo, por que mi ex no me deja verlo, esque hace como 4 años, le levante la mano a ella, apenas hable con ella y me dice que deje a mi hijo en paz y que ademas las tengo de perder, por que le levante la mano, y que tengo una demanda, que puedo hacer estoy triste y confundido, mi hijo cumplio 5 años, y llevo 1 año y medio sin verlo, lo unico que quiero es verlo

    1. Buenas tardes

      Su hijo siempre será su hijo y estamos convencidos de que necesita un padre.

      Debe contratar un abogado que defienda su derecho a ver a su hijo, solicitar un régimen de visitas y empezar a mantener contacto con el mismo. Es muy problable que el principio sea duro porque lleva mucho tiempo sin ver a su hijo, es probable que durante los primeros meses tenga que ver a su hijo en un punto de encuentro familiar pero la paciencia y persistencia traerán sus frutos y esperemos que en un futuro pueda tener una relación normal con el niño.

      Contrate el mejor abogado de familia que pueda. En nuestro despacho de abogados estamos acostumbrados a llevar asuntos como el suyo por lo que será un placer poder atenderle. Para pedir cita recuerde llamar al 91 570 42 34

      Deseándole lo mejor

      Reciba un cordial saludo

  10. Buenas tardes, el padre de mi hijo me a negado todo tipo de contacto con mi hijo.
    Estoy embarazada, tengo 30 semanas y ya no puedo trabaja, por ende no puedo cubrir ya los gastos con mi hijo. Mi única solvencia económica es mi actual pareja. A mi actual pareja no le puedo exigir de más ya que es el único que labora de los dos y el tiene 3 hijos de su matrimonio anterior ¿que puedo hacer en este caso? Muchas gracias

    1. Buenas tardes

      Si su situación económica ha variado y no puede hacer frente a la pensión de alimentos se puede solicitar una “modificación de medidas”.

      El Juez estudiará su caso y determinará si se cumplen los requisitos legales para esa modificación de medidas y, en su caso, adoptará unas nuevas

  11. Me citaron en el dif y el día que fuimos me dijeron que un llamada anónima dijo que yo les maltrataba a mis hijos y posible droga de ambos padres y nos hicieron el antidoping salimos positivos le dieron la patria provisional a su tía pero no me dejan ver a mis hijos que hasta que la psicóloga hable conmigo..que puedo hacer es verdad que no los puedo ver

    1. Buenas tardes

      Su caso necesita un estudio pormenorizado de toda la documentación existente en el procedimiento y de la realidad de los hechos

      Le recomendamos que contrate un buen abogado especializado en derecho de familia que dedique esfuerzo, tiempo y recursos a su causa ya que el consumo de drogas de los progenitores puede ser un problema para los menores y el Juzgado competente puede tomar medidas muy drásticas en aras a protegerles de los potenciales peligros

      Quedando a su entera disposición

      Reciba un cordial saludo

        1. Buenos días

          Lo primero que tiene que hacer es reconocer a la hija como suya. Si su ex se niega a que usted la reconozca se puede solicitar judicialmente con una demandada de paternidad
          Después de que usted tenga reconocido que la hija es suya hay que acudir a los tribunales de justicia y solicitar medidas paternofiliares lo que significa un régimen de visitas y por supuesto una pensión que abonar.

  12. La madre de mi hijo solo me deja verlo en su casa y no permite que me lo lleve a dónde yo vivo, porque tengo una nueva pareja… Que puedo hacer? Y cuando voy a su casa intenta seducirme provocarme para que vuelva con ella… Y todo eso me ocasiona problemas con mi actual pareja…Yo quiero q m permita llevarlo a mi casa pero ella no quiere de ningún modo x ese motivo…

    1. Buenas

      Ante todo gracias por escribirnos. En segundo lugar y respondiendo a su pregunta necesitamos más datos para dar una respuesta jurídicamente correcta.

      No nos lo dice y la situación varía si existe regulación mediante sentencia judicial o no.

      Sino existe nada regulado jurídicamente no pueden prohibirle estar con su hijo y por tanto usted puede estar con él donde decida.

      En caso de que no tenga nada regulado debe ponerse en contacto con un abogado y solicitar una regulación de medidas con respecto a las visitas con su hijo.

      Recuerde que el mejor consejo posible siempre es evitar conflictos delante del menor

  13. Mi hija está de vacaciones con sus abuelos y quiero ir a visitarla y pasar tiempo con ella. Su madre, mi ex, dice que no puedo visitar a mi hija sin que mi ex esté con ella.
    Ella dice que es porque los abuelos de mi hija se sentirán incómodos, pero ese no es el caso, los abuelos están bien conmigo.
    Tengo derechos que han sido declarados a través de un juez. Tengo todos los documentos que indican mis derechos.

    Gracias.

    1. Buenos días

      En su caso lo importante es el acuerdo al que lleguen ustedes como progenitores y en caso de desacuerdo lo que diga la sentencia.

      Si se incumple la sentencia por parte de alguno de los progenitores (ya sea el padre o la madre) se puede solicitar una “ejecución de sentencia” que significa se le pide al juez que obligue a la otra parte a cumplir la sentencia.

      Para un mayor asesoramiento o contratar a nuestros abogados especialistas en familia por favor pida cita en el teléfono de centralita 91 570 42 34 (es el mismo para toda España)

  14. Buenos días.
    Mi pareja tiene 4 hijos de diferentes madres. Con la mamá de la pequeña que tiene año y medio, a intentado en varias ocasiones hacer un convenio regulador amistoso pero no hay manera, el le pasa una pensión de 200 euros por la niña cada mes, pero ella no le deja ver a la niña.
    Aun no tienen sentencia ninguna, ella le amenaza y coacciona.
    Hemos solicitado abogado de oficio pero eso tardará.
    Se la podría denunciar por no dejarle ver a la niña, sin que tengan aún un convenio regulador?

    1. Buenos días

      Si no existe convenio regulador ni orden de alejamiento ni ninguna otra restricción impuesta por un juez nadie puede impedir a un padre que vea a su hijo (en este caso hija).

      La ley dice lo que hemos reflejado anteriormente pero desgraciadamente nos encontramos con muchas madres que utilizan a los hijos y el cariño que los padres tienen hacia ellos para “castigar” a los padres o para obtener mas ingresos.

      Los hombres se encuentran indefensos ante estas situaciones porque ni la Policía ni la Guardia Civil ni ningún otro cuerpo policial intercede.

      Usted manifiesta que han solicitado abogado del turno de oficio por lo que entendemos que carecen de recursos. Lo ideal sería iniciar acciones legales con carácter inmediato y de no poder hacerlo pueden acudir de nuevo al colegio de abogados a indicar la premura del caso ya que nos encontramos con un menor que está siendo privado de su derecho a relacionarse con sus familiares.

  15. Que puedo hacer si mi ex pareja mete a su nueva pareja pero tengo mi hija pequeña de 7años ,,, hay alguna ley para que esta persona no entre al domicilio poniendo en riesgo la integridad de mis hijos,,, por favor nesecito una respuesta gracias

    1. Buenas tardes

      En su pregunta se mezclan dos cosas:

      – Su expareja puede rehacer su vida sin que usted pueda interferir en la misma.
      – En caso de que usted entienda que existe algún riesgo para su hija menor debe acudir inmediatamente en busca de asesoramiento legal especializado y, en caso de ser un riesgo inminente, acuda a la policía a denunciarlo. Serán las autoridades competentes las que deben determinar si existe ese riesgo y las medidas a adoptar

  16. Hola!!
    Mi pareja tiene una hija con otra persona la cual la menor no tiene apellido de su padre. E isieron una acuerdo en el que duró una semana y no la dejó más por que su padre está en pareja cn migo no la manda al colegio y no esta bien alimentada

  17. Hola, tengo dos hijas y mi ex pareja no me deja verlas ni tener comunicación con ellas , ella es de Estados Unidos yo vivo en Juárez México , que puedo hacer para que ella me permita ver a mis hijas , me podrán ayudar?

    1. Buenas tardes

      Muchas gracias por sus comentarios y por leernos. Lamentablemente no disponemos de despacho de abogados en México.

      En la actualidad nuestro la sede central de nuestro bufete de abogados en Madrid se encuentra en Plaza Castilla.

  18. Hola , mi esposa y yo nos separamos (aun estamos casados) , y ella se llevo al bebe(7 meses) y no me deja verlo a menos que sea en la casa de su madre, osea solo ir ahi 1 o 2 horas y no me deja llevarlo a la plaza, ni conmigo… desde ya es un asco estar en su casa con su familia, no puedo estar bien y tranquilo con mi hijo, es una incomodidad inmenza , cabe recalcar que el vivio mas tiempo en mi casa con mi familia que ahi con la de ella, el toma mamadera no depende de que ella lo amamante.
    lo que yo quiero es estar con el mas horas y hasta dias que duerma conmigo en casa , no solo en la casa de su madre con ella y sus hermanos, solo quiero estar y verlo a el, no a ellos.

  19. Hola, tengo una hija de 10 años y no quiere irse con su padre ya que no le da casi de comer, y dice que le grita pegándole la cara a la de mi hija y mientras que le grita le va dando golpes en la cabeza y la pareja de él mientras parece ser que se rie, mi hija lleva años diciéndome que no se quiere ir con él porque no está agusto y lo pasa mal, de hecho cada vez que me la trae su padre ella viene mal, de haber llorado o con las lágrimas saltadas… Yo siempre le he dicho a ella que su padre la quiere pero que no sabe cómo hacer las cosas y que debe llevar todo mejor… Pero ya me he enterado de esas cosas y estoy aterrada ya que el padre de mi ex pareja le pegó 16 puñaladas a la madre de mi ex pareja intentando matarla y los genes me dan miedo ¿se puede proceder de alguna manera?
    Gracias y un saludo

    1. Buenos días

      Lo único realmente en este caso es la protección de su hija por lo que recomendamos contrate una abogada de familia, una verdadera abogada especialista en derecho de familia para proteger a la niña y que no sea golpeada.

      Por favor llámenos al 91 570 42 34 para pedir cita y recibir un asesoramiento personalizado

  20. Buenos días
    Me han secuestraron dos niñas y han llevado a Rusia sin mi autorización y además en estos tiempos tan difíciles. Me pasé en contacto con las abuelas de allí y están con ellas y me dijeron que van a vivir allí y que solo podré ver las a través online…
    Ya he denunciado a Policía y juzgado. Pero me han dicho que mucho no podrán a hacer por ser rusas ellas….pero nacieron en España y toda su vida vivieron aquí…
    Hay manera de recuperarlas?

    1. Buenos dias

      Lamentamos mucho su situación. Hay que iniciar el procedimiento de “sustracción de menores” . Es un procedimiento penal que será largo y tedioso pero por lo que cuenta es la única forma de conseguir que regresen

      Por favor póngase en contacto con nuestro despacho en el 91 570 42 34 si desea mantener una consulta con un abogado especializado en secuestros de menores (sustracción de menores)

  21. hola yo soy Alex y tengo 14 años y vivo con mi mama aca en Barcelona y mi padre esta en Madrid de donde y mi madre me trajo aca en diciembre del 2021 ya voy para 2 años y yo me quiero devolver con mi papa que es con el que soy mas conectado porque tengo mucho mas tiempo con el y mi madre no me deja. que puedo hacer en este caso teniendo en cuanta que mi padre esta dispuesto a comprar todo para irme?

    1. Buenos días

      Al ser menor de edad sólo podemos recomendarte que hables con tus padres y les expongas la situación. Si tu madre persiste en que no te vayas con tu padre y tu padre sí quiere que regreses a Madrid deberá consultar y contratar con un abogado de familia en madrid quien le asesorará de todos los pasos a realizar teniendo siempre en cuenta tu interés ya que en los procesos de familia el interés del menor es el que debe regir todas las decisiones judiciales

  22. Buenas noches mi nombre es Juan Carlos, acabo de ver la información en Google, me gustaría recibir acesoria pues la mamá de mi hijo se lo llevó a Estados Unidos por vías irregulares y sin mi autorización, me gustaría saber de qué forma puedo manejar está situación, me gustaría que me regalaran un número de teléfono o Whatsapp para tener una mejor comunicación

    1. Buenos días

      Ante todo gracias por contactar con nosotros y lamentamos mucho la situación por la que está pasando.

      Por favor para pedir cita con un abogado de familia en madrid de nuestro despacho llame al 91 570 42 34 o bien remítanos un email junto con su número de teléfono a info arroba aboga2.eu y nos pondremos en contacto con usted.

      Reciba un cordial saludo

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