Abogado y abogada de violencia de género en Tres Cantos y Colmenar Viejo

En Tres Cantos no hay sede judicial ni comisaría de la Policía Nacional: una denuncia por violencia de género pasa por la Guardia Civil, se tramita en Colmenar Viejo y el juicio, salvo en los delitos leves, se celebra en Madrid. En ABOGA2 Tus abogados de confianza somos abogados y abogadas especialistas en violencia de género: defendemos al denunciado en todo ese recorrido y llevamos también el divorcio o las medidas sobre los hijos.

Cita previa · Lunes a jueves, de 9:00 a 20:00 · Viernes, de 9:00 a 14:00 · Primera consulta: 90 € IVA incluido

Equipo ABOGA2

¿Dónde se tramita una denuncia de violencia de género en Tres Cantos?

Tres Cantos pertenece al partido judicial de Colmenar Viejo, con otros diez municipios: Becerril de la Sierra, Colmenar Viejo, El Boalo, Guadalix de la Sierra, Hoyo de Manzanares, Manzanares el Real, Miraflores de la Sierra, Moralzarzal, Navacerrada y Soto del Real. El recorrido habitual tiene tres paradas:

  1. La Guardia Civil. En Tres Cantos la seguridad ciudadana corresponde a la Guardia Civil, cuyo puesto está en la calle Sector Escultores, 10. Allí te pueden citar para que comparezcas ante el tribunal o, si hay motivos para ello, detenerte.
  2. El tribunal, en Colmenar Viejo. El Tribunal de Instancia de Colmenar Viejo, en la calle Padre Claret, 13, no tiene una Sección de Violencia sobre la Mujer propia. Estos asuntos los lleva una de las plazas de su Sección Civil y de Instrucción, hoy la número 4, que es el órgano que antes se llamaba Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4. Con un procedimiento penal de violencia de género abierto, esa misma plaza asume también el divorcio y las medidas sobre los hijos (art. 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
  3. El juicio, en Madrid. Si no hay conformidad, los delitos castigados con hasta cinco años de prisión los juzga la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Madrid. Los más graves, la Audiencia Provincial de Madrid. Los delitos leves, como las injurias o vejaciones leves, los juzga la misma plaza de Colmenar Viejo.

El tribunal competente es el del domicilio que ella tenía cuando ocurrieron los hechos, aunque después se haya mudado (art. 15 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Si vivía en San Agustín del Guadalix, en Alcobendas o en San Sebastián de los Reyes, el asunto corresponde al Tribunal de Instancia de Alcobendas. Si vivía en Madrid capital, incluidos Montecarmelo y Las Tablas, al de Madrid. Actuamos ante todos ellos.

La orden de alejamiento cuando los dos vivís en Tres Cantos

En una ciudad de este tamaño, una orden de alejamiento se nota cada día: el mismo supermercado, el mismo polideportivo, el mismo colegio. Conviene saber qué te exige y cómo se fija.

  • Qué prohíbe. Acercarte a ella en cualquier lugar donde se encuentre, y a su domicilio, a su trabajo y a los sitios que frecuenta. El tribunal fija una distancia mínima que no puedes rebasar (art. 64 de la Ley Orgánica 1/2004). Lo habitual es que prohíba también comunicarte con ella por cualquier medio.
  • Qué debe valorar el tribunal. Cuando la orden es una medida cautelar, la ley obliga a tener en cuenta tu situación económica, tu salud, tu situación familiar y tu trabajo, y en especial que puedas seguir trabajando (art. 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Si trabajas o vives cerca de ella, hay que decirlo y acreditarlo en la audiencia, para que la distancia y los lugares se fijen sabiéndolo.
  • El control telemático. El tribunal puede acordar que el cumplimiento se vigile con un dispositivo electrónico. No llevarlo encima, manipularlo o dejar que se quede sin batería es un delito aparte (art. 468.3 del Código Penal).
  • Los encuentros casuales. Coincidir sin buscarlo no es delito, pero desde que la ves tienes que marcharte tú, aunque estuvieras antes. El Tribunal Supremo confirmó seis meses de prisión a un hombre que no se fue del local en el que estaba cuando entró su expareja (sentencia 497/2024, de 30 de mayo).
  • Si es ella quien se acerca o te escribe. La orden te obliga a ti. Su consentimiento no la deja sin efecto: solo el tribunal puede cambiarla.

Mientras la orden esté en vigor, incumplirla es un delito de quebrantamiento, castigado con prisión de seis meses a un año (art. 468.2 del Código Penal).

Si la orden te impide trabajar o ver a tus hijos

No se incumple por cuenta propia: se pide al tribunal.

  • Si es una medida cautelar, tu abogado puede pedir que se cambien la distancia o los lugares, o que se deje sin efecto, cuando las circunstancias lo justifican. Decide el tribunal.
  • Si es una pena impuesta en sentencia firme, se cumple en sus términos.
  • Las visitas a tus hijos dependen de lo que diga la resolución. Con un proceso penal de este tipo abierto, la regla general es que se suspendan, y el tribunal puede mantenerlas en resolución motivada, atendiendo al interés del menor y tras valorar tu relación con él, salvo que estés en prisión, provisional o por sentencia firme, por un delito de este tipo contra ella o contra tus hijos (art. 94 del Código Civil). Hay que pedirlo y acreditarlo.

El procedimiento completo, paso a paso, está en nuestra guía de defensa en violencia de género.

Quién te defiende en Tres Cantos

D. Jesús Ángel Lorenzo González, colegiado n.º 70.378 del Colegio de la Abogacía de Madrid desde 2001, es el abogado responsable de la sede de Tres Cantos. Es también el fundador y director de ABOGA2 Tus abogados de confianza.

Quien te recibe en la primera consulta lleva tu asunto hasta el final, en lo penal y en lo de familia. Si prefieres que te defienda una abogada, dilo al pedir la cita.

Ver el perfil de D. Jesús Ángel Lorenzo González

Precio de la primera consulta

90 € IVA incluido. Se paga al terminar la consulta, en efectivo o con tarjeta. En ella se estudia tu caso en detalle, se te explican tus opciones en lo penal y en lo de familia y recibes un presupuesto cerrado y por escrito. Si lo aceptas, los 90 € se descuentan. Los honorarios pueden pagarse de forma fraccionada, sin intereses.

La sede de Tres Cantos

Avenida de la Industria, 37, planta 2.ª, oficina 13, 28760 Tres Cantos.

Teléfono 915 70 42 34 · WhatsApp 619 807 256

Lunes a jueves, de 9:00 a 20:00. Viernes, de 9:00 a 14:00.

Siempre con cita previa, una cita por hora y en un despacho cerrado, para que no coincidas con otros clientes.

Preguntas frecuentes

Depende de quién te cite. Si es la Guardia Civil, a su puesto de la calle Sector Escultores, 10, en Tres Cantos. Si es el tribunal, al Tribunal de Instancia de Colmenar Viejo, en la calle Padre Claret, 13: en Tres Cantos no hay sede judicial. Antes de acudir conviene preparar la declaración con tu abogado.

No. Los asuntos de violencia sobre la mujer de todo el partido judicial los lleva una plaza de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Colmenar Viejo, hoy la número 4. Esa plaza tramita la denuncia y, si lo hay, el divorcio.

Hay que decirlo y acreditarlo antes de que se fije la distancia. Cuando la orden es una medida cautelar, la ley obliga al tribunal a tener en cuenta tu trabajo y la posibilidad de que lo conserves (art. 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Si ya está acordada como medida cautelar, se puede pedir que se ajuste. Mientras no cambie, rige tal como está.

Puede serlo. Un encuentro casual no es delito, pero la puerta del colegio a la hora de entrada no es un lugar casual: sabes que ella puede estar. Lo prudente es hacer las entregas y recogidas como diga la resolución y, si no dice nada, pedir al tribunal que lo regule.

Sí, y conviene que sea así. Con un procedimiento penal por violencia de género abierto, el divorcio y las medidas sobre los hijos pasan a la misma plaza del Tribunal de Instancia de Colmenar Viejo que tramita la denuncia (art. 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). El mismo abogado lleva los dos.

Si te han denunciado en Tres Cantos o en Colmenar Viejo, llama antes de declarar

Primera consulta: 90 € IVA incluido, con presupuesto cerrado y por escrito.