¿Qué verás en este artículo?
ToggleSeguro que alguna vez has ido las palabras herederos forzosos o herederos legítimos y no sabes que son. No te preocupes, desde ABOGA2 vamos a explicarte todo para que lo puedas entender y conozcas algo más de las herencias.
¿Quiénes son los herederos forzosos o legitimarios?
Antes de nada, hay que explicar que existen dos tipos de herencias:
- Las herencias con testamento
- Las herencias sin testamento
Y dentro de las herencias con testamento, encontramos los siguientes herederos:
- Herederos voluntarios: nombrado expresamente por el causante en el testamento
- Herederos forzosos: son herederos por ley.
El Código Civil nos lo explica en el artículo 807:
Son herederos forzosos:
1.° Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2.° A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3.° El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.
Los herederos forzosos son aquellas personas a las que la ley reserva una porción de los bienes del testador, esa porción se denomina legítima.
Seguro que ahora os preguntáis si es lo mismo heredero forzoso que heredero legítimo y así es, son conocidos de la misma forma. En nuestro país, sin contar con el derecho foral, en el derecho común, un tercio de la herencia esta destinado sí o sí a los herederos forzosos. ¿Y los otros dos tercios? ¡Vamos a verlo!
La herencia está dividida en tercios:
- Legítima estricta o legitima corta
- Tercio de mejora o legítima larga
- Tercio de libre disposición
Herencias con testamento
En las herencias con testamento el causante ya ha dejado repartido sus bienes. Se tiene que cumplir lo establecido legalmente en cuanto a las legítimas y la parte que les corresponde a los herederos forzosos.
Herencias sin testamento
Las herencias sin testamento se dan cuando el causante no ha otorgado testamento, por lo que se abre la sucesión intestada o ab intestato.
¿Qué parte le corresponde a cada heredero? Sucesión forzosa
Como hemos visto anteriormente, la herencia se divide en tercios, cada heredero recibirá una parte diferente del caudal hereditario. Hay que tener en cuenta la legislación foral y la de cada Comunidad Autónoma porque puede haber exclusiones o repartos diferentes.
Vamos a explicar el reparto general en virtud de lo dispuesto en el Código Civil:
- A los descendientes le corresponderá la legitima estricta y el tercio de mejora.
- En el caso de no existir descendencia, cambian los porcentajes, le corresponde en todo caso a los ascendientes supervivientes la mitad del haber hereditario. En el caso de que concurra ascendientes y cónyuge la legítima que le corresponde a los ascendientes será de un tercio.
- Si al fallecer sobrevive el cónyuge, éste tendrá derecho al usufructo vitalicio del tercio de mejora.
Si el causante no ha dejado testamento ¿Qué parte corresponde a cada heredero?
Cuando no existe testamento, el Código Civil elabora una lista con las personas que heredarán, siempre unos en defecto de otros:
- Heredarán en primer lugar los hijos o descendientes.
- El viudo o viuda tiene derecho al usufructo viudal (le correspondería el usufructo al que nos hemos referido)
- Si no hay descendientes, heredan los ascendientes.
- En su defecto heredan los parientes colaterales hasta cuarto grado.
- En última instancia, en el caso de no existir herederos legales, los bienes pasan al Estado.
Una de las preguntas más frecuentes que nos llega al despacho es ¿ABOGA2, mi pareja y yo no estábamos casados, que pasa con la herencia, tengo derecho a algo? Tanto si erais pareja de hecho o si ha mediado divorcio, la pareja o expareja no heredará nada. ¡Recuérdalo!
Esperemos que haya quedado claro cómo y cuánto heredan los legitimarios, en el equipo de ABOGA2 disponemos de abogados especialistas en herencias que le asesorarán y llevarán su procedimiento, es imprescindible también tener conocimientos de derecho de familia. Ante cualquier duda no se la juegue, disponemos también de abogados de familia que le resolverán todas sus consultas, deje su caso en nuestras manos y olvídese de los problemas
4 respuestas
Hace un año fui egrese de mi carrera de Derecho y esta información fue importante para mi carrera, muchas gracias por compartir su conocimiento.
Hola. a ver si he entendido bien es si ha hecho testamento quien ha puesto en el testamento recibira su parte pero la herencia forzosa siempre recibiran la tercera parte?
Buenas tardes
Hay que respetar lo que diga el testamento pero a su vez, el testamento tiene que respetar lo establecido en la ley. En la actualidad 1/3 de la herencia ha de repartirse entre los herederos forzosos.
Buenas tardes
Gracias por sus comentarios. Nos agrada saber que le han sido de utilidad.
Quedamos a su entera disposición si tiene alguna duda que resolver.