Partes de una herencia. ¿Cómo se divide una herencia?

Si le preguntas a un familiar o a un amigo ¿Cómo se divide una herencia? Seguramente tenga algo de idea, te comentará que se divide en tercios o que lo de los padres es de los hijos.

Las anteriores frases tienen algo de cierto y algo de incorrecto, en cierto modo. ¿La herencia se divide en tercios? Eso si es correcto. ¿Lo que es de los padres es de los hijos? No del todo. Vamos a explicar cómo se divide una herencia en España.

Antes de nada, hay que señalar que en España no hay una normativa única en materia de sucesiones, existe la legislación general (Código Civil) y la legislación foral. Vamos a explicar la legislación general.

¿Cómo se reparte la herencia en España?

Lo primero de todo es explicar que el reparto de la herencia es un acto libre por el que la persona antes de fallecer reparte su patrimonio de forma voluntaria (herencia con testamento). Aunque exista voluntad de que el testador pueda repartir sus bienes y derechos hay una parte por ley que está reservada a los herederos forzosos.

Entonces, ¿cómo se reparte?

Le herencia se divide en tercios, son los siguientes:

¿Cómo se divide una herencia cuando hay herederos forzosos? Explicamos como se dividen los tercios.

El tercio de legítima estricta

Es el tercio reservado a los descendientes directos (que generalmente serán sus hijos), que se repartirá de forma equitativa entre ellos. En el caso de que alguno de ellos haya premuerto, heredarán sus descendientes por el derecho de representación.

Este tercio casi de forma obligatoria recaerá en los hijos, a excepción de que haya mediado causa de desheredación.

La mejora

Este tercio también se repartirá entre los descendientes, pero no tiene por qué ser de forma equitativa. Quiere decir que unos herederos pueden salir beneficiados y otros no, siempre y cuando no se reparta de forma igualitaria.

En el caso de que no exista testamento, o éste no diga nada al respecto, el tercio de mejora se suma a la legítima estricta y se reparte a partes iguales entre los hijos y descendientes.

Libre disposición

El testador puede dejar esta parte de la herencia a quien desee (no tiene por qué ser un heredero, puede ser un tercero cualquiera, institución u organismo). Tiene absoluta libertad para entregarlo.

En el testamento debe constar de forma expresa a quién se ha dejado esta parte de la herencia ya que en caso contrario acrecerá a la parte de la legitima de los herederos.

La pregunta que te puede surgir ahora es… ¿Quiénes son los herederos forzosos?

Los encontramos en el Código Civil:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • En defecto de los anterior lo serán los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.

¿Qué ocurre con los bienes entregados a los hijos en vida?

En muchas familias es común dar bienes a los hijos antes de la muerte de los progenitores, ¿esto quiere decir que los hijos recibirán menor parte de la legítima por haber recibido esos bienes?

Si esas donaciones realizadas por los progenitores no tienen la consideración de mejoras sí se considerará legítima, por lo tanto, si reducirá la cantidad que reciban. En estos casos, habrá que colacionar (juntar en la masa hereditaria) todos los bienes que se hayan donado para descontarlo de su parte.

Hay que tener claro que se puede colacionar y que no, por ello es aconsejable que si tienes cualquier duda en el trámite de una herencia te pongas en contacto con nosotros, nuestro equipo de abogados de herencias en Madrid solucionará todas tus dudas y llevará tu procedimiento. En ABOGA2 somos especialistas en tramitar herencias, póngase en contacto con nosotros y deje su caso en nuestras manos.

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