Te acaban de embargar la cuenta por una multa de tráfico de hace años de la que no habías tenido constancia de ningún trámite anterior, y ahora, ¿qué se supone que puedes hacer? Si te ha pasado o conoces a alguien que le haya pasado esto, no te preocupes, ya que si te han embargado por una multa de circulación pero la multa es de hace mucho tiempo o nunca se te llegó a notificar la misma en tu domicilio, te informamos que puedes recurrirlo.
En estos casos es esencial que busques con la mayor brevedad posible un buen abogado especialista en la materia que te ayude a recurrir el embargo y defender tus derechos, pues te recordamos que el plazo para recurrirlo no es ilimitado, sino que dispones de un mes desde que se produjo el embargo para poder recurrir.
Esto es precisamente lo que le ocurrió a uno de nuestros clientes, quien acudió a nuestro despacho ABOGA2 cuando en enero del presente año 2020 recibió en su domicilió una comunicación del Ayuntamiento de Logroño en la que se le notificaba que se había procedido a embargarle la cantidad de 300 euros por no haber pagado una multa de tráfico de tráfico por importe de 200 euros que se le impuso en el año 2011.
Nuestro cliente depositó toda su confianza en los letrados de este despacho de abogados ABOGA2, quienes interpusieron recurso de reposición contra la Diligencia de embargo alegando que había prescrito el procedimiento y la posibilidad de exigirle el pago de la multa ya que la misma nunca le fue notificada en su domicilio.
Al respecto hicieron mención nuestros abogados al apartado primero del art. 112 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, el cual establece que las infracciones en este ámbito prescribirán a los 3 meses si son leves y a los 6 meses si fueran graves o muy graves a contar desde la comisión de los hechos.
Asimismo, en defensa de nuestro cliente, alegábamos el art 66 b) de la Ley General Tributaria que dispone que el derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas prescribirá a los 4 años.
En nuestro caso, siendo la multa del año 2011 y habiendo pasado 9 años, era discutible que se había superado con creces el plazo legalmente establecido para que, en caso de ser ciertos los hechos, pudiera exigirse el pago de la multa.
Recurrieron los abogados de este despacho, con muy buen criterio, que al haber recibido nuestro cliente la diligencia de embargo en su domicilio era obvio que el Ayuntamiento de Logroño conocía la dirección de nuestro cliente, sin embargo ninguna providencia de apremio le había sido remitida anteriormente.
Por todo ello, al no haberse cumplido el procedimiento de embargo establecido en los art. 170 y siguientes de la Ley General Tributaria, según el cual “cada actuación de embargo se documentará en diligencia, que se notificará a la persona con la que se entienda dicha actuación.”, nuestros letrados solicitaron que el embargo quedara sin efecto y se procediera al archivo de las actuaciones.
Y así es como finalmente la Tesorería del Ayuntamiento de Logroño dicto resolución reconociendo la prescripción de la deuda de 200 euros, acordando la DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD EMBARGADA a nuestro cliente y la suspensión y cancelación del procedimiento.
Si quieres leer la Resolución de la Tesorería del Ayuntamiento de Logroño puedes hacerlo pinchando en el siguiente enlace donde la encontrarás en PDF
4 respuestas
Ne ea me han cobrado eh un embargo pendiente de dos multas de tráfico y es lo único que tenía para poder comer ya veo que cobró una pensión por enfermedad temporal tengo una baja temporal entonces necesito ese dinero para poder comer entonces veo justo cuando yo ya he hecho el recurso lo he hecho todo me han quitado el dinero por la cara del banco sin decir nada y me lo han quitado todo no creo que la pensión por por incapacidad o para poder comer si me puedo estar retirando el dinero no multas entonces eh a ver de qué manera quiero exigirlo porque me lo pongan in situ eh mi número de cuenta gracias
Buenos días
Si usted no tiene recursos la mejor opción es que solicite un abogado del turno de oficio en el colegio de abogados donde usted resida y él estudiará su caso y la asesorará.
Gracias por haber contactado con nosotros
Hola , tengo un problema del que me enteré porque quieria alquilar un piso y me pidieron varios certificados de deuda de la empresa y cuando me llegó el de la agencia tributaria me quede sin palabras se me piden 5200 y pico de euros en concepto de multas de tráfico que nunca me fueron notificadas , como tampoco me fue notificado el embargo que puedo hacer para que se me anulen ese embargo y que las multas si es que las hay ( no me pararon nunca ) pagarlas co la bonificación del 50 % como me ubiera tocado pagarlas en su momento…o por lo menos dejarme la opción de identificación del conductor porque tengo que decir que somos una empresa de transporte y tenemos varios vehículos…gracias
Buenos días
Muchas gracias por leernos y por sus comentarios. Puede pedir una cita con nuestros abogados especialistas en derecho administrativo llamando al teléfono 91 570 42 34 y ellos la asesorarán de qué puede hacer.
Reciba un cordial saludo