Condenado a seis y cinco meses de prisión por agredir a su mujer y a su suegra

Hoy os queremos demostrar la importancia de contar con abogados penalistas especialistas en violencia de género y así se demuestra en el siguiente caso real en el que un hombre resultó condenado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de El Vendrell (Tarragona) a dos penas de prisión de seis y cinco meses por agredir a su mujer y a su suegra en presencia de sus hijos, además de imponérsele una orden de alejamiento de un año y cuatro meses respecto a ambas.

El caso real es el siguiente:

Como señalábamos, el hombre, quien vivía junto a su mujer, su suegra y sus tres hijos menores de edad, fue denunciado por su expareja porque un día al llegar a casa bebido, en un arrebato inexplicable de celos, empezó a asfixiarla hasta que la mujer cayó al suelo, donde empezó a pegarle diversas patadas y puñetazos, mientras le proliferaba continuos insultos.

Para evitar que el hombre continuara pegándola, la madre de la mujer se interpuso entre medias de ambos, a lo que el hombre respondió golpeando en la cabeza también a su suegra. Todos estos hechos produciéndose en presencia de los tres menores.

El Ministerio Fiscal y la Acusación Particular solicitaron la imposición al acusado por un delito de malos tratos en el ámbito de violencia de género del art. 153.1 y 3 del CP y por un delito de maltrato familiar del art. 153.2 y 3 del CP, una pena de prisión de nueve y siete meses respectivamente, así como una pena de prohibición de aproximarse y comunicarse con la denunciante y su madre de dos años.

A la vista de la acusación formulada y antes de la celebración del Juicio, el acusado reconoció los hechos y mostró su conformidad con la pena solicitada. En consecuencia, y al haberse conformado, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº1 de El Vendrell (Tarragona), dictó sentencia condenatoria imponiendo la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular reducida en un tercio, y condenó al acusado a seis meses de prisión por el delito de violencia de género cometido contra su mujer y a la pena de cinco meses de prisión por el delito de violencia doméstica cometido contra la suegra, así como a la pena de prohibición de aproximación a una distancia inferior a 500 metros y de comunicación respecto de la denunciante y de su madre.

Ante esta condena, el letrado del condenado solicitó la suspensión de la pena de prisión, no existiendo oposición por parte del Ministerio Fiscal ni de la parte denunciante, que finalmente fue acordada por el Juez por un periodo de dos años para cada una de las penas de prisión impuestas.

Ello así, porque el Juez pese a valorar la violenta naturaleza de los hechos, consideró que procedía la suspensión al cumplirse los requisitos exigidos (el acusado era delincuente primario, la suma de las penas impuestas no superaba los dos años y no existiendo responsabilidades civiles pendientes) y al no existir oposición a la suspensión por la acusación particular ni por el Ministerio Fiscal.

Eso sí, con la condición de que en el plazo de dos años no volviera a delinquir y en todo caso cumpliera con la orden de alejamiento impuesta con respecto a la mujer y a su suegra, además de participar en programas formativos relacionados con la violencia de género.

Como ves es importante que si te ves en una situación similar o has sufrido algún episodio de maltrato, no te quedes en silencio y no dudes en contactar con un abogado especialista en violencia de género que te ayude a defenderte y garantizarte la protección que necesitas tú y cualquiera de tus familiares. En nuestro despacho de abogados ABOGA2 somos especialistas en violencia de género y estaremos encantados de asistirte durante todo el procedimiento con la profesionalidad y privacidad que este tipo de situaciones requiere.

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