Cuando una pareja se separa o se divorcia, lo habitual es que los hijos quieran seguir manteniendo el contacto con ambos progenitores, por lo que, si no se establece una custodia compartida, lo normal será atribuir la custodia a uno de los progenitores y establecer un régimen de visitas a favor del otro. Sin embargo, hay muchos casos en los que los hijos manifiestan un rechazo a ver a uno de los padres y se niegan a cumplir con el régimen de visitas establecido judicialmente.
¿Qué verás en este artículo?
ToggleCausas del rechazo a ver a uno de los padres
Las causas de este rechazo a uno de los progenitores pueden ser muchas, bien porque le culpabilicen de la separación o el divorcio; porque no se adapten a la nueva situación familiar; porque estén experimentando cierto estrés emocional; porque hayan creado un mayor vínculo con el progenitor custodio o bien porque exista una posible manipulación por parte del otro progenitor.
Independientemente de cuál sea el motivo, sin duda esta situación genera un gran malestar en el progenitor que experimenta el rechazo, llegando incluso en muchas ocasiones a sentirse culpable por si hicieron algo mal para provocar este alejamiento por parte de sus hijos. En estos casos, lo mejor será que contactes con un abogado especialista en divorcios que te asesoré en tu caso concreto.
¿Puede un hijo negarse a ver a uno de los padres?
La respuesta claramente es que no. Los hijos menores de edad no pueden tomar la decisión de negarse a ver a ninguno de sus progenitores, salvo que existiera un motivo grave que lo justifique.
Aunque el hijo menor no quiera saber nada de su padre o de su madre y se niegue a verlo, siempre que no haya razones fundamentadas para ello, ambos progenitores deben ser conscientes de que deben respetar el régimen de visitas establecido en la sentencia de separación o divorcio.
¿A qué edad puede un niño negarse a ir con uno de los padres?
Como anteriormente se exponía, como regla general los hijos menores de edad no pueden negarse a irse con su padre o madre. Si bien, para valorar la decisión del menor se tendrá en cuenta la edad del hijo en común.
Así, normalmente los Juzgados entienden que cuando los hijos son menores de 10 años y muestran una negativa a cumplir con el régimen de visitas, esta negativa es fruto de una manipulación del otro progenitor (Síndrome de alienación parental o “SAP”), es decir, entienden que el incumplimiento se debe a que el progenitor custodio tampoco quiere que se cumpla con el régimen de visitas.
Cuando los menores tienen menos de 12 años, serán oídos por el juez para valorar su madurez, y una vez que alcancen esta edad, el Juez les escuchará siempre a fin de conocer los motivos de este rechazo hacia el otro progenitor y tomará su decisión tras ello, teniendo en cuenta siempre su grado de madurez.
Será a partir de que los menores alcancen los 14 años de edad, cuando el Juez tendrá en cuenta la voluntad y deseos de los hijos. Es decir, aunque el Juez será quien siga tomando la decisión, tendrá un papel fundamental la voluntad del menor.
Los hijos mayores de edad, una vez alcanzados los 18 años, tendrán plena libertad para decidir si quieren ver o no a alguno de los padres, respetando siempre los derechos parentales.
¿Qué hacer cuando un hijo no quiere ver a su padre o madre?
Aunque en muchas ocasiones resulte complicado, si los niños no quieren ir con el padre o madre, lo ideal en estos casos será que prime la comunicación y dialogo entre ambos progenitores. Serán los padres quienes deban hablar y tratar de ejercer la supervisión y averiguar los motivos que han llevado al hijo a tomar esta decisión.
Cuando exista esta comunicación cordial entre los progenitores, siempre será más fácil encontrar soluciones y amoldar la situación para encauzar la relación del menor con ambos padres.
Debemos tener en cuenta que siempre debe primar el bienestar del menor y cualquier enfrentamiento directo entre los progenitores puede traducirse en un agravamiento de la situación.
¿Qué hago si mi hijo no quiere verme y no es posible el dialogo con mi ex pareja?
Cuando no sea posible el acuerdo con tu ex pareja o ésta se niegue a hablar del tema, no quedará más remedio que acudir a la vía judicial. Es muy probable que, en estos casos, el progenitor custodio esté ejerciendo una influencia sobre el menor para mantener al otro padre e hijo separados, pudiendo acabar dándose un síndrome de alienación parental.
No obstante, y aunque este comportamiento puede llegar a ser considerado como una forma de maltrato psicológico, lo cierto es que, en España, la ley no tipifica expresamente este comportamiento como delito. Sin embargo, un informe psicosocial pericial puede servir como medio de prueba para que el Tribunal valore la situación y tome la decisión mas adecuada.
¿Cómo reclamar judicialmente el cumplimento del régimen de visitas?
Si el otro progenitor se niega a colaborar, lo primero que deberás hacer es requerir de forma fehaciente al otro progenitor, recordándole su obligación de cumplir con el régimen de visitas judicialmente establecido.
Si aun así sigue sin cumplirse las medidas acordadas, deberás acudir a los Tribunales e interponer una demanda de ejecución de Sentencia ante el mismo juzgado que dictó la misma.
Si no existiera ninguna causa justificada, lo habitual es que el Juez dicte Auto despachando ejecución, y le requiera al progenitor demandado para que cumpla el régimen de visitas establecido.
Si pese a ello, el otro progenitor persistiera en su incumplimiento, podría terminar incurriendo en un delito de desobediencia del art. 556 del Código Penal, por incumplir una resolución judicial de manera grave y reiterada.
Como verás son muchas las causas por la que un hijo puede no querer ver a su padre o a su padre. Por lo que, si estás sufriendo una situación similar, te aconsejamos que busques un abogado especialista en la materia que pueda ayudarte a buscar la solución más adecuada a tu situación.
Cristina Pérez-Caballero Rodríguez es abogada especializada en derecho de familia y penal, con experiencia en casos de violencia de género. Formada en la Universidad Rey Juan Carlos y con un máster en Derecho, forma parte del equipo de ABOGA2 desde 2018.