Cuando se tiene claro que se desea interponer una demanda de divorcio, resulta fundamental saber a qué juzgado hay que dirigirse para que comience el proceso.
En las siguientes líneas se repasan las claves relativas a cada una de las situaciones en las que se puede dar la citada demanda. Estas, a grandes rasgos, van a depender de la coyuntura que hay detrás de cada divorcio concreto.
¿A qué instancia hay que remitirse para iniciar un divorcio?
En primer lugar, cabe recordar que divorciarse ya no implica pasar por el proceso previo de la separación. Asimismo, el procedimiento puede ser puesto en marcha con el único límite de que tiene que transcurrir un plazo de tres meses desde que se formalizó el matrimonio.
En este sentido, basta la voluntad de uno de los cónyuges para comenzar con un divorcio en cualquiera de las siguientes situaciones. Para saber a qué instancia acudir, hay que estar pendiente de lo que señala el artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En caso de divorcio contencioso
La competencia, en los casos de divorcios contenciosos, corresponde a los Juzgados de Primera Instancia, también conocidos como los de Familia, que se encuentren en el partido judicial (las demarcaciones que rigen a efectos jurídicos en nuestro país) donde resida el matrimonio en cuestión.
Se puede dar el caso de que los cónyuges vivan en distintos partidos judiciales. En estas circunstancias, va a primar la elección de quien demanda: la última residencia matrimonial o la de la parte que ha sido demandada.
Cuando no se puede determinar el domicilio, la competencia recae en el partido judicial donde se encuentren los cónyuges o hayan vivido en los últimos tiempos. Va a elegir nuevamente la parte demandante.
Cuando no esté claro a qué órgano compete el divorcio, va a depender del tribunal radicado donde resida la parte que demanda.
En caso de divorcio por mutuo acuerdo
En caso de divorcio de mutuo acuerdo, que se haya dado un pacto entre los cónyuges para hacer efectivo el divorcio no significa que estos puedan elegir el tribunal en el que se va a celebrar este acto jurídico. Por eso, son de aplicación las anteriores condiciones también en los divorcios acordados, siempre teniendo en cuenta que no existe la parte demandada o lo es de forma pactada.
En caso de divorcio por violencia de género
Por último, cuando la demanda se debe a un caso de violencia de género, es preciso acudir a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer que se encuentren donde la víctima tenga su residencia cuando se hayan producido los incidentes.
En este aspecto, hemos de aclarar que este domicilio no tiene por qué coincidir con el último que compartió el matrimonio.
En definitiva, el juzgado competente en cada divorcio va a depender de las circunstancias que hayan envuelto esta decisión.

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4 respuestas
Buenos días , me quiero divorciar de mi marido , nos casamos en Rumanía con el carnet de identidad que teníamos rumano hace 19 años , pero ahora tenemos nacionalidad española y por lo tanto DNI y ningún documento de Rumanía válido . Necesito que me informen los pasos que tengo que hacer para poner la demanda de divorcio y donde . Muchas gracias
Buenos días Florica!
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Producido Archivo provisional de la causa por violencia de género, el denunciado presenta demanda de divorcio contencioso que cae en un Juzgado de 1ª. Instancia.
La parte contraria conociendo esa demanda tiempo después presenta su demanda en el Juzgado de 1ª Instancia donde se resolvió la denuncia archivada aduciendo que el archivo es provisional.
Cual es el Juzgado que debe intervenir? Ya han pasado 17 meses.
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