El divorcio es un derecho reconocido que supone la extinción del vínculo matrimonial entre dos personas, y que puede ser dictado en un proceso de mutuo acuerdo o mediante un proceso contencioso.
Desde ABOGA2 queremos explicar en qué consiste el proceso de divorcio de mutuo acuerdo, los trámites a realizar y los tiempos de los juzgados.
Es importante tener en cuenta que en caso de NO existir hijos o de ser mayores de edad, el divorcio de mutuo acuerdo se puede hacer ante notario siendo este trámite mucho más rápido que la vía judicial.
Así ambos cónyuges deberán ponerse de acuerdo en los pactos que quieren alcanzar, debiendo ser recogidos en un convenio regulador por un abogado. Tras ello simplemente habrá que pedir una cita en una Notaría a la que deben acudir los dos cónyuges y el divorcio quedará formalizado tras su inscripción en el Registro.
En caso que existan hijos menores de edad el divorcio y las medidas inherentes a los menores deben ratificarse en el Juzgado, para que el juez y el Ministerio Fiscal se aseguren que todos los derechos y obligaciones en relación con los hijos quedan garantizados.
Por ello, los cónyuges deben escoger un abogado que les asesore sobre los acuerdos que hay que alcanzar en relación a los hijos intentando que cada medida se adapte lo máximo posible a la realidad de esa familia.
Una vez que todos estos pactos están alcanzados de forma conjunta deben ser plasmados en un convenio regulador de divorcio que debe ser presentado en el juzgado mediante la presentación de una demanda de mutuo acuerdo.
La demanda de mutuo acuerdo interpuesta debe ser admitida a trámite por el juzgado quien citará a los cónyuges para el acto de la ratificación del convenio regulador.
¿Qué verás en este artículo?
Toggle¿Qué quiere decir ratificación de convenio regulador de divorcio o separación?
Es el trámite por el que ambos cónyuges, de forma separada y a presencia del Letrado de la Administración de Justicia reiteran su deseo de divorciarse y de aprobar todas las medidas establecidas en el convenio.
¿Cuánto se tarda en ratificar un convenio?
El acto de ratificación del convenio regulador no dura más de quince minutos. El Letrado de la Administración de Justicia muestra el convenio regulador a cada cónyuge por separado para que reconozcan su firma y que es el original del convenio firmado, tras lo que firman un acta de ratificación.
¿Cuánto tarda la sentencia?
Una vez los cónyuges ratifican el divorcio, en caso de existir hijos menores de edad se debe dar trámite al Ministerio Fiscal para que manifieste su conformidad o disconformidad con las clausulas del convenio.
Tras la conformidad del Ministerio Fiscal el Juez dictará sentencia acordando el divorcio y aprobando el convenio regulador.
Como abogado de familia, en nuestra experiencia profesional los tiempos del procedimiento varían en función de cada juzgado si bien entendemos que un tiempo medio puede ser de tres a cuatro meses desde que la demanda se presenta en el juzgado hasta que dictan la sentencia.
La validez del convenio regulador de divorcio
Una vez el juzgado dicta sentencia se establece la plena validez del convenio regulador de divorcio por lo que los pactos que en el mismo se contienen deben ser cumplidos por las partes ya que en caso de incumplimiento se podrá iniciar el correspondiente proceso de ejecución de sentencia.
Modificación del convenio
Por ello, en caso de arrepentimiento tras ratificar convenio regulador por una de las partes no se podrá hacer nada al convertirse el convenio en sentencia firme.
Como abogados de divorcio sí podemos manifestar que las sentencias de familia se pueden modificar con el paso del tiempo, por lo que si en algún momento se produjera una modificación de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta para alcanzar el acuerdo, se podrá iniciar un proceso de modificación de medidas para ajustar las medidas a la realidad actual.
4 respuestas
Buenas noches tengo una pregunta el fiscal no aprueba nuestro convenio regulador ya van dos veces tenemos un hijo de 14 años dice que por las visitas del padre que el abogado ha puesto en el convenio tengo denuncia por violencia de género
Buenos días, Mariem!
Gracias por ponerse en contacto con nosotros. En su caso lo único que podemos aconsejar es acudir a un abogado especialista en Derecho de Familia para que Usted pueda exponer su caso con todos los detalles. En nuestro equipo tenemos abogados especialistas en Familia, para concertar cita previa con uno de ellos solamente debería llamar a + 34 91 570 42 34. Estaremos encantados de resolver todas sus dudas y ofrecerle una solución concreta. Recuerde que solamente atendemos con cita previa sea de manera telefónica, sea online, sea presencial. Gracias de nuevo. Un saludo.
Buenas Tardes, nos divorciamos hace 18 años aprox., mediante un abogado, posteriormente acudimos al registro civil con el juez para platicar con nosotros y si estábamos seguros de ello, lo cual los 2 estuvimos de acuerdo y firmamos, lo que nunca nos comentaron que deberíamos acudir a ratificar cada uno por nuestro lado, y lo más preocupante es que mi acta de de nacimiento actual del 2024 aparezco que estoy casada y eso es lo más triste, si me puede asesorar de favor cuales son los pasos a seguir.
Buenos días, Rosa!
Gracias por ponerse en contacto con nosotros. Para poder darle la respuesta adecuada con toda la responsabilidad que eso conlleva, necesitaríamos saber todos los detalles de su caso. Le recomendamos ponerse en contacto con uno de nuestros abogados de Familia llamando a + 34 91 570 42 34. Estaremos encantados de resolver todas sus dudas y ofrecerle una solución concreta en uno de nuestros despachos/online. Recuerde que solamente atendemos con cita previa sea de manera telefónica, sea online, sea presencial. Gracias de nuevo. Un saludo