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Grados de Consanguinidad, Parentesco y Afinidad
Los grados de consanguinidad son las relaciones entre las generaciones de una misma familia y la afinidad es el parentesco que nace del vínculo del matrimonio y se encuentra limitado al cónyuge, es decir, son los familiares del cónyuge.
Antes de nada… ¿Qué es el parentesco?
Para poder determinar la proximidad del parentesco, el artículo 915 del Código Civil nos expone que la proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones. Cada generación forma un grado.
Que quiere decir lo anterior, que si nos imaginamos un árbol genealógico, cada línea sucesoria en horizontal es un grado y habrá que ir subiendo o bajando para calcular los diferentes grados de parentesco.
Así, la serie de grados forma la línea, que puede ser directa de sucesión o colateral:
- Directa: la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.
- Colateral: la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común
Para poder contabilizar los diferentes grados en línea recta o línea colateral el artículo 918 CC nos da las pautas:
En las líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como personas, descontando la del progenitor.
En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo.
En la colateral se sube hasta el tronco común y después se baja hasta la persona con quien se hace la computación. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del tío, hermano de su padre o madre, cuatro del primo hermano y así en adelante.
Ahora que ya ha quedado claro cómo funcionan los grados y como poder contra entre ellos, vamos a lo importante, la diferencia entre grados de consanguinidad y afinidad:
La consanguinidad es el parentesco de una familia que tienen los mismos antepasados, tienen un vínculo genealógico natural (como por ejemplo, con tu abuelo/a o padre o madre), es decir, un vínculo de sangre. La afinidad es la relación de parentesco que une a las personas mediante un vínculo legal, es decir, por el matrimonio, lo que comúnmente se conoce como familia política.
Seguro que te preguntas ahora, ¿la pareja de hecho constituye parentesco?
En este caso no, al no existir un vínculo legal la pareja de hecho no constituye parentesco por afinidad.
A diferencia de lo que ocurre en las herencias, que en la legislación estatal no están reguladas pero sí Cada Comunidad ha establecido su propia normativa, la pareja de hecho no tiene vinculación alguna con la afinidad.
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Grados de consanguinidad:
- Primer grado de consanguinidad: se encuentran los padres y los hijos
- Segundo grado de consanguinidad: se encuentran los abuelos, los nietos y los hermanos.
- Tercer grado de consanguinidad: se encuentran los tíos, sobrinos, bisabuelos y bisnietos
- Cuarto grado de consanguinidad: se encuentran los primos hermanos y los tíos abuelos.
Grados de afinidad:
- Primer grado de afinidad: cónyuge, los cónyuges de mis hijos/as; cónyuge de mi padre, si no es mi madre; cónyuge de mi madre, si no es mi padre; suegros, yerno o nuera.
- Segundo grado de afinidad: cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los nietos, hermanastros
Otra de las preguntas frecuentes que nos llegan en cuanto a esta materia es si los hijos adoptados están relacionados con la consanguinidad o afinidad, debido a que no son biológicos, antes de nada hay que dejar rotundamente claro que NO es un familiar de segundo grado. El artículo 108 CC nos da la respuesta, la filiación matrimonial y la no matrimonial, así como la adoptiva, surten los mismos efectos, conforme a las disposiciones de este Código. El hijo adoptado dispondrá de los mismos grados y derechos que un hijo biológico.
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