Gananciales y liquidación

Plan de pensiones y gananciales

Tratamiento que recibe un plan de pensiones al liquidar los gananciales. El plan sigue siendo de quien lo tiene a su nombre y no se parte por la mitad, pero el dinero común aportado durante el matrimonio se compensa al otro cónyuge en el reparto.

¿Qué significa plan de pensiones y gananciales?

«Derechos consolidados». Dicho en lenguaje entendible, es el dinero acumulado en el plan de pensiones, y es el punto que más discusión genera en una liquidación de gananciales, porque no funciona como una cuenta corriente. Están en buena medida inmovilizados: como regla no se pueden cobrar ni embargar hasta la jubilación u otra contingencia, aunque hoy sí pueden rescatarse las aportaciones que tengan al menos diez años de antigüedad y los casos de enfermedad grave o desempleo de larga duración.

Por eso el criterio mayoritario en los tribunales no reparte el plan en sí. Se considera un derecho ligado a la persona que figura como partícipe, es decir, quien tiene el plan a su nombre, y que sigue siendo su titular. Lo que entra en el inventario es otra cosa: el dinero común que se destinó a alimentarlo. Esas aportaciones generan un crédito de la sociedad de gananciales contra el cónyuge titular, que se cuantifica por su importe actualizado al tiempo de la liquidación.

Pues bien, aquí vuelve a jugar la presunción de ganancialidad. Si las aportaciones se hicieron durante el matrimonio, se presumen hechas con dinero común y corresponderá al titular demostrar lo contrario. Ten en cuenta que es distinto el caso de los planes de empleo financiados solo por la empresa, cuando la aportación no se computó como retribución de la persona trabajadora.

En la práctica esto se traduce en un ajuste de números, no en un traspaso de fondos. El titular conserva el plan y compensa al otro con la mitad de lo aportado con dinero común, normalmente restándolo de su lote o adjudicando otros bienes del inventario. Recuerda pedir a la entidad gestora un certificado con el historial de aportaciones desde la fecha del matrimonio.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

Hace tiempo tuve una consulta de un matrimonio en gananciales que llevaba veinte años casado. Uno de los cónyuges tenía un plan de pensiones individual al que había aportado 8.000 euros al año desde la boda, siempre desde la cuenta en la que entraban las dos nóminas. En la liquidación el plan no se partió: el titular lo conservó íntegro, pero se anotó en el inventario un crédito de la sociedad por el importe actualizado de esas aportaciones y la mitad se compensó al otro cónyuge con otros bienes.

Preguntas frecuentes

¿Se reparte el plan de pensiones en el divorcio?

El plan en sí normalmente no se divide, porque, como regla, los derechos consolidados no se pueden cobrar hasta la jubilación u otra contingencia y se consideran ligados a la persona del titular. Lo que se compensa es el dinero común que se aportó al plan durante el matrimonio.

¿Qué pasa con el plan de pensiones de empresa?

Si las aportaciones las hizo íntegramente la empresa y no figuraron como retribución de la persona trabajadora, será más difícil sostener que salieron del patrimonio común. Si hubo aportaciones propias, o se computaron como salario, sí podrán generar crédito a favor de la sociedad de gananciales.

¿Cómo demuestro cuánto se aportó con dinero ganancial?

Pide a la entidad gestora un certificado con el detalle de aportaciones año a año y cruza esas fechas e importes con los extractos de las cuentas de las que salieron. Sin ese soporte documental es muy difícil cuantificar el crédito y el juzgado podrá rechazar la partida.

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Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

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