Divorcio y separación

Compensación por trabajo doméstico

Cantidad que un cónyuge podrá reclamar al otro por haberse dedicado al trabajo de la casa cuando el matrimonio se rige por separación de bienes. Se fija al extinguirse ese régimen, normalmente con la separación o el divorcio.

¿Qué significa compensación por trabajo doméstico?

En el régimen de separación de bienes cada cónyuge hace suyo lo que gana y lo que compra. Es cómodo mientras los dos trabajan fuera, pero deja un hueco: quien dedica años a la casa no acumula patrimonio a su nombre. El Código Civil lo cierra computando ese trabajo como contribución a las cargas del matrimonio y reconociendo por él una compensación.

«Compensación por trabajo doméstico». Dicho en lenguaje entendible, es el dinero que te corresponde por esos años de dedicación. Para pedirla hacen falta tres cosas: que el matrimonio se rija por la separación de bienes del Código Civil, normalmente porque lo pactasteis en capitulaciones ante notario, que haya existido una dedicación real al trabajo de la casa y que ese régimen se extinga, lo que ocurre cuando ya no cabe recurso contra la sentencia de divorcio o contra el decreto que lo acuerda, o al firmarse la escritura pública que formaliza el convenio regulador.

Pues bien, la ley no da fórmula de cálculo y la fija el juez a falta de acuerdo. En la práctica los tribunales suelen partir de lo que habría costado contratar a alguien para ese trabajo durante los años de dedicación, tomando como referencia el salario mínimo, y ajustan después según el caso. Ten en cuenta que tendrás que pedirla expresamente: en la demanda si inicias el procedimiento o, si demanda el otro cónyuge, al contestar con tu propia petición, lo que se llama reconvención. Si nadie la reclama, el juzgado no la concede de oficio.

No la confundas con la pensión compensatoria. Son compatibles, pero distintas. Es decir, la compensatoria atiende al desequilibrio que deja la ruptura y cabe en cualquier régimen, mientras que esta mira hacia atrás, al trabajo hecho en casa. Recuerda mirar tu vecindad civil, porque no solo cambia el artículo. En Cataluña rige el art. 232-5 del Código civil catalán, que exige además que el otro cónyuge haya obtenido un incremento patrimonial superior. En Baleares y Navarra hay figura propia, y en Baleares la separación de bienes es el régimen legal por defecto, no algo que se pacte.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

Hace tiempo tuve una consulta de un matrimonio que había otorgado capitulaciones y se regía por separación de bienes. Durante quince años uno de los cónyuges se ocupó de la casa y de los dos hijos, con trabajos puntuales y sin carrera profesional propia, mientras el otro mantenía su empleo y compraba a su nombre la vivienda familiar, valorada en 600.000 euros, y un local de 180.000. Al divorciarse, quien se dedicó a la casa no tenía un solo bien a su nombre. Reclamamos en la demanda la compensación por trabajo doméstico y el juzgado la fijó tomando como referencia el coste de esa dedicación durante esos años.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta compensación si estamos casados en gananciales?

No. Es una figura propia del régimen de separación de bienes. Ten en cuenta que en gananciales el trabajo en casa ya se refleja de otro modo, porque todo lo ganado durante el matrimonio se reparte por mitad al liquidar la sociedad de gananciales.

¿Es compatible con la pensión compensatoria?

Sí. Responden a causas distintas y podrán concederse las dos en la misma sentencia. Eso no impide que el juzgado tenga en cuenta lo reconocido por una al valorar la otra, para evitar que la misma realidad se compense dos veces.

¿Hay que haberse dedicado en exclusiva a la casa?

El Tribunal Supremo ha ido flexibilizando ese requisito y admite la compensación cuando ha habido una dedicación sustancial al trabajo doméstico, aunque se hayan compaginado empleos parciales o esporádicos o colaboración en el negocio familiar. Recuerda documentar bien esos años, porque cada caso se valora por separado.

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Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

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