Matrimonio y regímenes económicos

Vecindad civil

Es la condición que determina qué derecho civil se aplica a una persona: el común del Código Civil o el foral de Cataluña, Aragón, Navarra, Baleares, Galicia o el País Vasco. Se adquiere por filiación, por opción o por residencia.

¿Qué significa vecindad civil?

«Vecindad civil». Dicho en lenguaje entendible, es la ley civil que te toca, y no tiene nada que ver con el empadronamiento ni con la nacionalidad. Determina qué derecho civil se te aplica dentro de España: el común del Código Civil o el foral o especial de un territorio concreto. Dos personas españolas pueden tener reglas distintas de herencia y de régimen matrimonial solo por esto.

Se adquiere, en primer lugar, por filiación: quien nace de progenitores con vecindad aragonesa la tiene también. Si los progenitores tienen vecindades distintas, el Código Civil fija un orden de preferencia para saber cuál le corresponde al hijo, y ambos pueden atribuirle la de cualquiera de los dos dentro de los seis meses siguientes al nacimiento. Desde los catorce años, la propia persona puede optar por la del lugar de nacimiento o por la última de cualquiera de sus progenitores.

También se cambia por residencia. Bastarán dos años de residencia continuada si manifiestas esa voluntad, que se hace constar en el Registro Civil. Con diez años continuados el cambio se produce solo, salvo declaración en contrario dentro de ese plazo. Ten en cuenta que en caso de duda prevalece la vecindad civil del lugar de nacimiento.

Pues bien, casarse no cambia la vecindad civil de nadie. Lo que sí podrá hacer cualquiera de los cónyuges, mientras no estéis separados legalmente ni de hecho, es optar por la vecindad civil del otro. Y esto importa mucho, porque la vecindad determina qué ley rige los efectos del matrimonio y, con ella, cuál es el régimen económico por defecto. Es decir, si los dos no compartís vecindad y acaba aplicándose el Código Civil, el régimen no siempre será el de gananciales: será el de separación de bienes cuando ese fuera el sistema que correspondía según el derecho civil de cada uno. Recuerda comprobarlo antes de firmar nada ante notario.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

Hace tiempo tuve una consulta de dos personas, una con vecindad civil catalana y otra con vecindad civil común, que se habían casado y fijaron su primera residencia habitual en Madrid. Como no compartían la misma vecindad civil al casarse ni eligieron otra ley en escritura pública antes de la boda, los efectos del matrimonio se regían por la ley de esa primera residencia habitual común. Su régimen económico era la sociedad de gananciales del Código Civil y no la separación de bienes catalana.

Preguntas frecuentes

¿La vecindad civil es lo mismo que estar empadronado?

No. El empadronamiento es un registro administrativo del municipio. La vecindad civil determina qué derecho civil se te aplica en familia y en sucesiones. Ten en cuenta que puedes llevar años empadronado en un sitio y conservar la vecindad civil de otro territorio, aunque la residencia prolongada acaba influyendo.

¿Cómo cambio mi vecindad civil?

Podrás manifestar tu voluntad de adquirir la del lugar donde resides tras dos años de residencia continuada, o dejar que transcurran diez años sin declarar lo contrario. Recuerda que la declaración se hace constar en el Registro Civil y no hace falta reiterarla.

¿Casarme con alguien de otra comunidad me cambia la vecindad civil?

No. El matrimonio no altera la vecindad civil de ninguno de los dos. Lo que sí podrás hacer, en cualquier momento y mientras no estéis separados legalmente ni de hecho, es optar por la vecindad civil de tu cónyuge. Ten en cuenta que es una decisión con efectos importantes en herencias y en el régimen económico.

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Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

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