Divorcio y separación

Separación de hecho

Ruptura efectiva de la convivencia entre cónyuges sin sentencia, decreto ni escritura que la formalice. El matrimonio sigue intacto en el Registro Civil, pero la ley ya reconoce efectos importantes a esa situación, sobre todo en herencia y en gananciales.

¿Qué significa separación de hecho?

«Separación de hecho». Dicho en lenguaje entendible, es haber dejado de convivir sin haber firmado nada. La convivencia ha cesado de verdad, pero ninguno de los dos ha acudido al juzgado ni a la notaría, así que no hay resolución ni escritura y en el Registro Civil el matrimonio consta exactamente igual que antes.

No es un limbo total, porque la ley reconoce efectos a esa situación. El cónyuge separado de hecho pierde el usufructo viudal, que es el derecho a usar y disfrutar de una parte de la herencia que la ley reserva a quien enviuda, y deja de heredar cuando no hay testamento. Decae la presunción de que el marido es el padre de los hijos nacidos más de trescientos días después del cese. Y podrá pedirse al juzgado la disolución de la sociedad de gananciales cuando se lleva más de un año separados por acuerdo mutuo o por abandono del hogar.

Ten en cuenta que esto último solo se aplica si vuestro régimen es el de gananciales del Código Civil. En Cataluña y en Baleares el régimen legal es la separación de bienes, y en Aragón —consorcio conyugal— o Navarra —sociedad de conquistas— hay causas de disolución propias.

Pues bien, prolongarla es la peor opción. Mientras no se disuelva el régimen económico, lo que gane o deba cada uno podrá seguir afectando al patrimonio común. Y no tendrás título que ejecutar: si el otro progenitor deja de pagar los gastos de los hijos, no dispones de una resolución con la que reclamar.

La prueba es el otro problema. Acreditar desde cuándo cesó la convivencia suele exigir certificados de empadronamiento, contratos de vivienda, testigos o movimientos bancarios, porque la ley presume que los cónyuges viven juntos. Es decir, el tiempo que pase sin formalizar la ruptura no juega a tu favor. Recuerda que un convenio de mutuo acuerdo evita casi todos estos conflictos.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

Hace tiempo tuve una consulta de una persona que llevaba cinco años sin convivir con su cónyuge y sin haber formalizado nada. Quien se había marchado montó después un negocio que acumuló 200.000 euros de deuda. Como la sociedad de gananciales seguía viva, parte de esa deuda podía afectar a un patrimonio común de 600.000 euros entre la vivienda familiar y dos plazas de garaje. Hubo que acudir al juzgado a pedir la disolución del régimen acreditando que llevaban más de un año separados de hecho, con empadronamientos distintos y extractos bancarios.

Preguntas frecuentes

¿La separación de hecho me divorcia automáticamente pasado un tiempo?

No. Por muchos años que pasen, el matrimonio seguirá vigente hasta que haya divorcio. En España no existe el divorcio automático por el simple transcurso del tiempo, ni la separación de hecho se convierte sola en separación legal.

¿Puedo reclamar pensión de alimentos para mis hijos si estamos separados de hecho?

Sí, pero necesitarás una resolución que la fije. Podrás acudir al procedimiento de medidas sobre los hijos o pedir medidas provisionales previas a la demanda. Ten en cuenta que sin resolución no tendrás nada que ejecutar si el otro progenitor deja de pagar.

¿Cómo se prueba la separación de hecho?

Con indicios objetivos: certificados de empadronamiento distintos, contrato de alquiler o compra de otra vivienda, cambio de domicilio fiscal, testigos, mensajes o movimientos bancarios. El artículo 69 del Código Civil presume que los cónyuges viven juntos, así que la carga de probar lo contrario será de quien lo alega.

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Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

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