Divorcio y separación

Medidas provisionales

Decisiones que adopta el tribunal, una vez admitida la demanda de separación, divorcio o nulidad, para ordenar la vida familiar mientras dura el pleito: custodia, visitas, pensiones y uso de la vivienda. Rigen hasta que la sentencia las sustituya.

¿Qué significa medidas provisionales?

Un divorcio contencioso, el que acaba en juicio porque no hay acuerdo, no se resuelve en un mes. Mientras tanto hay que saber con quién viven los hijos, quién se queda en la vivienda y quién paga qué. Para eso están las «medidas provisionales». Dicho en lenguaje entendible, son las reglas de urgencia que ordenan la convivencia hasta que llegue la sentencia. El tribunal las acuerda por auto, una resolución motivada distinta de la sentencia, tras admitir la demanda.

Al admitirse la demanda se producen ya, sin necesidad de decisión judicial, ciertos efectos: podréis vivir separados, deja de aplicarse la regla legal que presume que los cónyuges conviven y quedan revocados los permisos y poderes que os hubierais dado para actuar el uno por el otro. A partir de ahí, el juez decide con cuál de los progenitores quedan los hijos y cómo se comunican con el otro, a quién se confían los animales de compañía, quién sigue usando la vivienda familiar y el ajuar —los muebles y enseres de la casa—, cuánto aporta cada uno a los gastos de la familia y cómo se administran los bienes comunes.

Pues bien, el procedimiento es rápido. Se piden en la propia demanda, o en la contestación si es la parte demandada quien las solicita. El letrado de la Administración de Justicia convoca una comparecencia, con el Ministerio Fiscal si hay hijos menores o con discapacidad, y el tribunal resuelve por auto contra el que no cabe recurso. Ten en cuenta que ese auto se cumple desde ya.

No las confundas con dos figuras vecinas. Las medidas provisionalísimas se piden antes de la demanda, cuando la urgencia no permite esperar. Las medidas definitivas son las de la sentencia. Es decir, las provisionales viven en medio: quedarán sin efecto cuando la sentencia las sustituya o cuando el procedimiento termine de otro modo, por ejemplo por acuerdo. Recuerda plantearlas bien desde el principio, porque su régimen marcará meses de convivencia.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

Hace tiempo tuve una consulta de un matrimonio con un hijo de seis años que acababa de romper la convivencia, con una vivienda familiar tasada en 540.000 euros y una diferencia de ingresos notable entre ambos. Presentamos demanda de divorcio y pedimos medidas provisionales. A las pocas semanas se celebró la comparecencia y el juzgado dictó auto: el hijo quedaba con el progenitor que venía llevando su cuidado diario, con estancias alternas de fin de semana y una tarde entre semana con el otro, uso de la vivienda familiar para el menor y ese progenitor, y 300 euros mensuales de pensión de alimentos. Ese régimen rigió hasta la sentencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo recurrir el auto de medidas provisionales?

No cabe recurso contra ese auto. La ley lo diseña así para que el pleito no se paralice. Lo que sí podrás hacer es defender una solución distinta en el juicio, porque la sentencia revisa el asunto por completo y fija las medidas definitivas.

¿Cuánto duran las medidas provisionales?

Hasta que la sentencia establezca las medidas definitivas o el procedimiento termine de otro modo. No hay un plazo cerrado, porque dependerá de lo que tarde el pleito. Ten en cuenta que mientras estén vigentes son plenamente obligatorias y su incumplimiento puede ejecutarse.

¿Se pueden pedir si ya hay un auto de medidas previas?

Si ya se adoptaron medidas antes de la demanda, esas actuaciones se unen al procedimiento y las medidas siguen vigentes. Recuerda que solo se convoca una nueva comparecencia si el tribunal entiende que hay que completarlas o cambiarlas.

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Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

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