Custodia y patria potestad

Punto de encuentro familiar

Servicio social especializado y temporal, al que se accede por resolución judicial o administrativa, donde se realizan las entregas, las recogidas o las visitas entre un menor y su progenitor cuando el contacto directo entre los adultos no es posible o no es seguro.

¿Qué significa punto de encuentro familiar?

«Punto de encuentro familiar», conocido como PEF. Dicho en lenguaje entendible, es un local con personal especializado donde se apoya el cumplimiento del régimen de visitas. Se utiliza cuando el conflicto entre los progenitores, una situación de violencia o un vínculo deteriorado con el menor hacen desaconsejable que el contacto se produzca sin ayuda profesional.

Las modalidades más habituales son tres. Los intercambios o entregas y recogidas, en los que los adultos no llegan a coincidir porque uno deja al menor y el otro lo recoge minutos después. Las visitas tuteladas, que se desarrollan en las instalaciones con un profesional presente. Y las visitas en el centro sin supervisión directa. La normativa autonómica prevé otras actuaciones, como las visitas tuteladas fuera del centro, los acompañamientos o las intervenciones de mediación, estas últimas nunca en casos derivados de violencia de género (art. 20 de la Ley 3/2019 de la Comunidad de Madrid). La resolución que deriva el caso concreta la modalidad, los días y los horarios.

Pues bien, entre sus principios rectores están el interés superior del menor, la neutralidad, la confidencialidad, la subsidiariedad, la temporalidad, la especialización del personal y el apoyo a la responsabilidad parental (art. 3 de la Ley 3/2019 de la Comunidad de Madrid). Ten en cuenta que la subsidiariedad y la temporalidad son los que más se olvidan. Es decir, solo debe usarse cuando no hay otra vía posible y es un recurso puente, no una solución permanente.

Se accede por resolución judicial o administrativa, nunca por decisión unilateral de una parte. El servicio remite informes al órgano que derivó sobre cómo se desarrollan las visitas, y esos informes podrán pesar mucho en una ejecución o en una modificación de medidas. Si el juez ha suspendido las visitas o ha privado de ese derecho, no cabe derivación.

No existe una ley estatal de puntos de encuentro familiar, porque la competencia es autonómica. La Comunidad de Madrid cuenta con la Ley 3/2019, y Andalucía, la Comunitat Valenciana, Galicia o Castilla y León tienen su propia norma. Recuerda comprobar la aplicable en tu comunidad.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

Hace tiempo llevé una ruptura muy conflictiva con un hijo de 5 años, dos denuncias cruzadas y entregas imposibles en la puerta del domicilio. La sentencia mantuvo las visitas del progenitor no custodio, pero ordenó que las entregas y las recogidas se hicieran en un punto de encuentro familiar durante seis meses. Los progenitores no coincidían: uno dejaba al niño a una hora y el otro lo recogía quince minutos después. Al terminar el plazo, el informe del servicio permitió al juzgado valorar si las entregas podían volver a hacerse directamente.

Preguntas frecuentes

¿Quién decide que las visitas se hagan en un punto de encuentro?

El juzgado en su resolución, o la entidad pública de protección de menores en el ámbito administrativo. No es algo que puedan acordar los progenitores por su cuenta ni que el propio servicio decida, porque hace falta una resolución que derive el caso y concrete la modalidad.

¿Hay que pagar por el punto de encuentro familiar?

En general se trata de un servicio público y las personas derivadas no asumen coste, pero las condiciones de gratuidad las fija la normativa de cada comunidad autónoma. Conviene confirmarlo con el propio servicio o con el juzgado que ha acordado la derivación.

¿Los informes del punto de encuentro se usan en el juicio?

Sí. El servicio remite al órgano que derivó el caso información sobre el desarrollo de las visitas y las incidencias. Esos informes se valoran en la ejecución de la sentencia o en un procedimiento de modificación de medidas, y suelen tener mucho peso.

¿Cuánto tiempo duran las visitas en un punto de encuentro?

Es un recurso temporal. La derivación se acuerda por un plazo determinado y se prorroga o se levanta según evolucione la situación, con el objetivo de que la relación se normalice y las visitas puedan desarrollarse fuera del servicio.

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Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

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