Gananciales y liquidación

Contador partidor dirimente

Tercero imparcial que hace las cuentas del reparto cuando los cónyuges no se ponen de acuerdo. Resuelve los puntos discutidos y propone por escrito quién se queda con qué. Su propuesta no decide por sí sola, porque después tiene que aprobarse.

¿Qué significa contador partidor dirimente?

Cuando cada cónyuge tira de un lado, alguien tiene que ordenar el reparto. Ese alguien es el «contador partidor». Dicho en lenguaje entendible, un tercero imparcial que elabora las operaciones divisorias. Si lo designa el juzgado por sorteo, tiene que ser abogado en ejercicio con conocimientos especiales en la materia (art. 784.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Si lo elegís de común acuerdo, podréis nombrar a quien queráis, por ejemplo a un economista. Se le llama dirimente porque su tarea es precisamente dirimir, es decir, resolver las partidas en las que hay desacuerdo.

En la liquidación judicial de gananciales su designación está prevista en el art. 810 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: si en la comparecencia ante el letrado de la Administración de Justicia, el funcionario que dirige la tramitación del procedimiento, los cónyuges no alcanzan un acuerdo, se nombra contador y, en su caso, peritos conforme al art. 784, y el procedimiento sigue por los trámites de los arts. 785 y siguientes.

Pues bien, su trabajo no es una sentencia. El contador propone, presenta el cuaderno particional, se da traslado a las partes y, si nadie se opone, se aprueba. Si hay oposición, decide el juzgado (art. 787). Ten en cuenta que tampoco puede repartir a su gusto, porque debe aplicar las reglas del Código Civil sobre activo, pasivo, reintegros y preferencias de adjudicación.

No lo confundas con el contador-partidor dativo del art. 1057 del Código Civil, pensado para las herencias y nombrado por notario o por el letrado de la Administración de Justicia a petición de herederos y legatarios que representen al menos el 50 % del haber hereditario. Recuerda que sus honorarios son un gasto del procedimiento y lo normal es que los soporten ambos cónyuges, salvo lo que se decida sobre las costas, o sea, sobre quién carga con los gastos del pleito.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

Hace tiempo llevé un asunto en el que un matrimonio acumulaba tres años sin acuerdo sobre cómo repartir dos inmuebles, un negocio de hostelería y varios préstamos. En la comparecencia ante el letrado de la Administración de Justicia tampoco se entendieron, así que se designó contador. Este tasó el negocio con ayuda de un perito, calculó los reembolsos pendientes y propuso adjudicar la hostelería a quien la venía gestionando, compensando al otro con el segundo inmueble y una cantidad en metálico.

Preguntas frecuentes

¿Quién elige al contador partidor?

Lo primero es el acuerdo de los cónyuges, que podrán designar al profesional que quieran. Si no se entienden en la comparecencia, la designación se hace por sorteo conforme al art. 784 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, entre abogados en ejercicio con conocimientos especiales en la materia. Su imparcialidad es la razón de ser de la figura.

¿Tengo que aceptar el reparto que proponga?

No de forma automática. El cuaderno que presenta se traslada a las partes y podrás oponerte en el plazo legal, explicando qué partidas concretas discutes y por qué. Si te opones, resuelve el juzgado tras la vista correspondiente. Ten en cuenta que, si nadie se opone, la propuesta se aprueba y pasa a ser vinculante.

¿Quién paga los honorarios del contador partidor?

Son un gasto del propio procedimiento de liquidación y lo habitual es que los asuman los dos cónyuges, con cargo a lo que se reparte, sin perjuicio de lo que se resuelva sobre costas. Recuerda pedirle una previsión de honorarios antes de que empiece a trabajar.

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Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

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