En ABOGA2 contamos con abogados matrimonialistas expertos en separaciones y divorcios. Sabemos que cada vez son más las parejas que se divorcian, pero el divorcio puede tramitarse por dos vías distintas, de forma contenciosa o de mutuo acuerdo.
Puede ocurrir que una pareja inicie su proceso de divorcio de forma contenciosa, pero posteriormente acaben acercando posturas rectificando sus opiniones contrapuestas, replanteándose así el modo en que tramitar su divorcio.
Debemos recordar que el divorcio de mutuo acuerdo presenta grandes ventajas para los cónyuges, ya que no solo suelen ser procedimientos más breves que los divorcios tramitados por la vía contenciosa, sino que además puede resultar más económicos para las partes, pues ambos, si quisieran, incluso podrían venir asistidos y representados por el mismo abogado y procurador.
Pero, ¿es posible modificar mi procedimiento de divorcio?
Efectivamente, el artículo 770.5º de la LEC concede la posibilidad de que proceso de tipo contencioso termine siendo un divorcio de mutuo acuerdo:
El art 770.5ª LEC concretamente dispone: “En cualquier momento del proceso, concurriendo los requisitos señalados en el artículo 777, las partes podrán solicitar que continúe el procedimiento por los trámites que se establecen en dicho artículo.”
Por tanto, para que se produzca esta conversión, será necesario que se cumplan los requisitos del divorcio de mutuo acuerdo, o lo que es lo mismo, presentar una propuesta de Convenio regulador en el que las partes regulen de común acuerdo los efectos del divorcio, que no ha de ser necesariamente la misma en ambos casos, pero que evidencie la intención de ambos cónyuges de llegar a un acuerdo evitando el juicio.
Al hilo de esto, os contamos un caso que tuvimos recientemente en ABOGA2 de Madrid:
Nuestra clienta decidió buscar un despacho que contara con abogados expertos en derecho matrimonial, llegando a nuestra sede sita en Plaza Castilla, y nos comentó que quería divorciarse de su marido con el que tenía dos hijos en común, dadas las malas relaciones existentes entre ellos y la situación insostenible que la pareja atravesaba.
Así, nuestros expertos abogados de familia le ayudaron a interponer la demanda de divorcio contencioso, solicitando que se atribuyera la custodia compartida de los menores a ambos progenitores.
Sin embargo, posteriormente los cónyuges llegaron a una solución amistosa de las desavenencias existentes en el matrimonio, consiguiendo alcanzar un acuerdo en la regulación de su divorcio.
Por eso, nuestros abogados presentaron un escrito al Juzgado de Primera Instancia de Madrid que había estimado la demanda contenciosa, en el que solicitaban la reconducción del procedimiento de divorcio contencioso del art. 770 LEC a la vía del procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo por los trámites del art. 777 LEC, aportando junto a este escrito la correspondiente propuesta de Convenio regulador y solicitando que se citara a los cónyuges para su ratificación.