Procesal de familia

Costas procesales

Parte de los gastos de un pleito que una parte puede acabar pagando a la otra: honorarios de abogado y procurador cuando son preceptivos, peritos, edictos o depósitos para recurrir. En los procesos de familia la condena en costas es poco frecuente.

¿Qué significa costas procesales?

«Costas procesales». Dicho en lenguaje entendible, son los gastos del pleito que puede acabar pagándote la otra parte, o tú a ella. La ley distingue gastos y costas. Gasto es cualquier desembolso que nace directamente del proceso. Costas es solo una parte de ellos: los honorarios de abogado y procurador cuando su intervención es preceptiva, los anuncios obligatorios, los depósitos para recurrir, los derechos de peritos, las copias y certificaciones y los derechos arancelarios. Lo demás lo asume quien lo genera.

La regla general es el vencimiento objetivo: paga las costas quien ve rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie y razone que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho. Si la estimación es parcial, cada parte carga con las suyas y las comunes por mitad, a no ser que alguien haya litigado con temeridad.

Pues bien, en los procesos de familia lo más habitual es que no haya condena en costas. Rara vez se estiman por completo todas las peticiones de un lado, porque custodia, pensión, vivienda y compensatoria suelen repartirse, y en muchas de esas materias intervienen de oficio el juzgado y el Ministerio Fiscal. Los tribunales suelen reservar la condena para los supuestos de temeridad o mala fe.

Hay una novedad relevante. Ten en cuenta que, si una parte rehúsa sin justa causa acudir a un medio adecuado de solución de controversias al que fue convocada, puede quedarse sin costas a su favor aunque gane, e incluso ser condenada a pagarlas pese a una estimación parcial.

Aunque haya condena, no se cobra cualquier cantidad. Los honorarios de profesionales no sujetos a arancel se limitan a un tercio de la cuantía del proceso, y las pretensiones inestimables se valoran a estos efectos en 24.000 euros. Después el letrado de la Administración de Justicia practica la tasación, es decir, pone cifra a lo que hay que pagar. Recuerda que podrás impugnar esa tasación por partidas indebidas o por honorarios excesivos.

Regulación legal

Ejemplo práctico

Caso ilustrativo

En un divorcio contencioso, uno de los cónyuges pidió la custodia exclusiva, 600 euros de pensión de alimentos y el uso indefinido de la vivienda familiar, tasada en 700.000 euros. La sentencia le concedió la custodia, fijó la pensión en 400 euros y limitó el uso de la vivienda a tres años. Como la estimación fue parcial, el juzgado no impuso las costas a nadie: cada parte pagó a su abogado y a su procurador y las comunes se repartieron por mitad.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el abogado en un divorcio?

Por regla general cada parte paga el suyo, tú incluido, a medida que se van produciendo los gastos. Solo si hay condena en costas la parte vencida asume también los de la contraria, y en los procesos de familia eso es poco frecuente porque casi nunca se estiman todas las pretensiones de un mismo lado.

¿Qué significa el vencimiento objetivo en costas?

Que no se mira quién actuó de buena o mala fe, sino el resultado: si a una parte le rechazan todas sus pretensiones, paga las costas. La excepción es que el tribunal aprecie y razone que el caso planteaba serias dudas de hecho o de derecho, teniendo en cuenta la jurisprudencia recaída en casos similares.

Me han pasado una minuta que me parece desproporcionada, ¿puedo discutirla?

Sí. Una vez practicada la tasación de costas podrás impugnarla por incluir partidas indebidas o por considerar excesivos los honorarios que te reclaman, conforme al artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ten en cuenta que, cuando se alega que son excesivos, se recaba informe del colegio profesional correspondiente.

← Volver al diccionario jurídico

Esta ficha tiene finalidad exclusivamente divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico. La aplicación de cada concepto depende de las circunstancias del caso y de la normativa foral o autonómica que resulte aplicable. Consulte con un abogado antes de tomar cualquier decisión.

ABOGA2, tu abogado de familia de confianza.