ABOGADOS DE DIVORCIOS Y SEPARACIONES EN ALCALÁ DE HENARES
TUS ABOGADOS DE CONFIANZA
La prioridad de nuestro despacho de abogados es ofrecerte el mejor servicio para tu divorcio defendiendo tus derechos y alcanzando la mejor solución para tu separación. Las principales áreas en las que podemos ayudar:
Abogados separaciones y divorcios en Alcalá de Henares - ABOGA2
En nuestro despacho contamos con abogados especialistas en tramitar tu divorcio tanto si es de mutuo acuerdo como si es contencioso, así como expertos abogados para separaciones.
Si atraviesas una situación de crisis matrimonial, contacta con nuestros abogados de familia en Alcalá de Henares. Ellos se encargaran de estudiar tu caso y asesorarte para que tomes la decisión que mejor se adapta a tus intereses personales y familiares, así como te ayudaran a tramitar tu separación o divorcio de la mejor manera posible.
Recuerda que podrás encontrar tu despacho ABOGA2 en la Plaza Cuatro Caños, C. Teniente Ruiz, 2, 2ºA, CP. 28805 Alcalá de Henares. También queremos informarte que llevamos casos en todo el territorio nacional. Para tu comodidad realizamos consultas en la forma que más te convenga: online, por teléfono o presencial.
Abogados divorcios en Alcalá de Henares
En ABOGA2 somos conscientes de la dureza y repercusión emocional que supone para ambos cónyuges atravesar una ruptura emocional, por eso nuestros abogados en Alcalá de Henares son partidarios en primer lugar de la mediación familiar, con el fin de llegar a un acuerdo mutuo que satisfaga a ambas partes y en todo caso velando por el interés de los hijos menores, si los hubiera. Y solo cuando la situación lo requiera, prepararán y presentarán la demanda de divorcio y defenderán tus derechos a lo largo de todo el proceso de divorcio ante los Tribunales, buscando la solución personalizada que mejor satisfaga tus necesidades.
Nuestros letrados se caracterizan por la cercanía, disponibilidad y profesionalidad, valorando cada caso según se trate de un divorcio de mutuo acuerdo o contencioso, de divorcios con hijos o divorcios sin hijos, divorcios con bienes o sin ellos, y haciendo en todo caso que la situación que atraviesas sea lo más cómoda y llevadera posible.
Abogados divorcios de mutuo acuerdo y convenio regulador
Probablemente el abogado que se encargue de tu divorcio te recomendará siempre que formalices tu divorcio por la vía amistosa – divorcio de mutuo acuerdo – dadas las numerosas ventajas personales y económicas que ello supone, ayudándote en tal caso a redactar el convenio regulador. Pero si no hay otra alternativa o el acuerdo resultara imposible se encargará de interponer la demanda de divorcio contencioso, regulando todas las medidas a adoptar en defensa de tus intereses.
UN EQUIPO DE PROFESIONALES A TU SERVICIO



CASOS DE ÉXITO DE NUESTROS ABOGADOS
Aquí te invitamos a leer algunos de los casos de éxito de nuestros despachos. Explicando cada caso en concreto adjuntamos al final de cada artículo la sentencia correspondiente. Es la mejor prueba de que nuestros expertos consiguen las sentencias favorables para nuestros clientes.
Abogados separaciones y divorcios en Alcalá de Henares - ABOGA2
Si estás buscando despacho de abogados especialistas en divorcios y separaciones ABOGA2 dispone de sede en Alcalá de Henares en Plaza Cuatro Caños, C. Teniente Ruiz, 2, 2ºA, CP. 28805.
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DUDAS Y PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE DIVORCIOS
Por nuestra experiencia sabemos que a la hora de tomar la decisión te vienen muchísimas preguntas sobre divorcios, separaciones, cuál es la diferencia entre los dos, si tengo que estar de acuerdo con mi pareja o no y muchas cosas más. Para que tengas a mano toda la información esencial aquí hemos recopilado las preguntas más frecuentes de nuestros clientes:
¿QUÉ ES EL DIVORCIO?
En los días que vivimos, el divorcio está a la orden del día, por lo que es sabido por todos que el divorcio consiste en la disolución del vínculo matrimonial contraído entre dos personas desde el momento en que se dicta la sentencia de divorcio, ya sea por decisión de ambos cónyuges de mutuo acuerdo, de uno sólo de ellos o de uno con el consentimiento del otro, con el único requisito de que hubieran trascurrido tres meses desde que se celebró el matrimonio.
Y es que desde la reforma del Código Civil con la Ley 15/2005, los cónyuges pueden acceder directamente al divorcio sin necesidad de tramitar con carácter previo el procedimiento de separación, así como tampoco será necesario ya alegar ninguna causa que justifique la voluntad de divorciarse.
Desde que se dicta la sentencia de divorcio los cónyuges dejan de estar vinculados por los derechos y obligados que tenían respecto del otro cónyuge, pero no con las obligaciones que tuvieran respecto de los hijos comunes; así como, al romperse el vínculo matrimonial, desde ese momento, podrán contraer matrimonio nuevamente con otra persona.
¿DEBEN ESTAR DE ACUERDO AMBOS CÓNYUGES PARA DIVORCIARSE?
Son muchos los que nos preguntan si pueden divorciarse aunque la otra parte no quiera, y lo cierto es que hoy día puedes divorciarte aunque tu cónyuge se niegue a ello.
Gracias a la última modificación legislativa, el único requisito imprescindible para poder acceder al divorcio, salvo en casos excepcionales, es que haya trascurrido como mínimo tres meses desde que se produjo la unión matrimonial y al menos uno de los cónyuges lo solicite formalmente.
Ahora bien, como es lógico, cuando solo una de las partes quiera divorciarse, lo más normal será que el procedimiento acabe tramitándose de forma contenciosa, lo cual resultará un proceso más lento y costoso que si de un divorcio de mutuo acuerdo se tratare.
¿NECESITO ESTAR SEPARADO PARA DIVORCIARME?
La separación judicial es algo distinto al divorcio, pues cuando los cónyuges deciden separarse, solo deciden dejar en suspenso el vínculo matrimonial, es decir, los cónyuges cesan en su convivencia en común, con las consecuencias personales y patrimoniales que ello supone, pero sin disolver el vínculo matrimonial, por lo que no podrán contraer matrimonio con otras personas.
Como decíamos, antes de la reforma del Código Civil, la separación era un requisito previo para poder divorciarte, pero ahora no es necesario estar separados para poder divorciarse.
Esto no impide que los cónyuges si quieren puedan decidir separarse y posteriormente divorciarse, pero eso supondrá que tengas que enfrentarte a dos procesos judiciales, con los costes emocionales y económicos que ello supone, por lo que la mayoría de gente decide acudir directamente al divorcio.
¿CUÁNTO TIEMPO TARDA EN TRAMITARSE EL DIVORCIO?
En ABOGA2 somos conscientes de la inquietud que causa no saber cuánto va a durar tu procedimiento de divorcio. Sin embargo, la realidad es que nadie puede garantizarte un plazo fijo sobre cuánto va a demorarse la tramitación de tu divorcio.
El hecho de que un procedimiento de divorcio dure más o menos tiempo va a depender de muchos factores, y aunque sí sabemos que los divorcios de mutuo acuerdo son más rápidos que los contenciosos; que los procesos en los que existen hijos en común suelen ser más lentos que los divorcios sin hijos o que si decides realizar además la liquidación del régimen económico matrimonial el proceso puede dilatarse más en el tiempo; existen otros factores que escapan de nuestro control, como es la carga de los juzgados o la comunidad autónoma en que te encuentres, lo cual puede hacer que varíen mucho estos plazos.
¿VOY A NECESITAR ABOGADO PARA DIVORCIARME?
Mucha gente se cuestiona si es necesario contratar un abogado para divorciarse, sobre todo cuando pretenden divorciarse de mutuo acuerdo, ya que consideran que carece de sentido si las partes ya han alcanzado un consenso de forma amistosa.
Pero lo cierto, es que tanto si el divorcio es de mutuo acuerdo como si es un divorcio contencioso e incluso en los divorcios realizados ante Notario cuando no existen personas a cargo, necesitarás contar con la asistencia de un abogado y venir representado por procurador.
Ahora bien, a diferencia del divorcio contencioso, en los divorcios de mutuo acuerdo, no será necesario que cada una de las partes cuente con su propio abogado, sino que los dos cónyuges pueden ir asistidos por un mismo abogado que defienda los intereses de ambas partes y representados por un mismo procurador.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PARA DIVORCIARME?
Tu abogado a la hora de interponer la demanda de divorcio, va a requerirte que le facilites los siguientes documentos, tanto si el divorcio es de mutuo acuerdo como contencioso:
- Certificado literal de matrimonio
- Certificado de inscripción de nacimiento de los hijos comunes, si los hubiera
- Certificado de empadronamiento o residencia del último domicilio familiar
Ahora bien, cuando el divorcio sea de mutuo acuerdo será necesario acompañar la demanda con la propuesta de convenio regulador firmada por ambos cónyuges .
Asimismo, cuando el divorcio sea contencioso y se soliciten medidas provisionales será necesario aportar los documentos que permitan evaluar la situación económica de los cónyuges, y en su caso la de los hijos.
¿QUÉ TIPOS DE DIVORCIOS EXISTEN?
Como decíamos antes podemos distinguir dos tipos esenciales de divorcio:
DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
El divorcio de mutuo acuerdo es aquel solicitado por ambos cónyuges o por uno de ellos con consentimiento del otro.
Este procedimiento de divorcio es mucho más sencillo, rápido y económico que el procedimiento contencioso, ya que en él basta con que se presente la demanda, mediante abogado y procurador, acompañada de la propuesta de convenio regulador firmado por ambas partes, ante el Juzgado del partido judicial correspondiente al domicilio familiar, para su posterior ratificación.
En el convenio regulador se harán constar los acuerdos a los que hayan llegado los cónyuges para regular todos los efectos familiares y económicos del divorcio:
- La asignación de la patria potestad
- La atribución de la guarda y custodia
- El régimen de visitas y comunicación
- Atribución de la vivienda
- Pensión de alimentos
- Pensión compensatoria
Además en el convenio regulador podrá incluirse una claúsula correspondiente a la liquidación de la sociedad de gananciales, cuando éste fuera el régimen económico matrimonial existente.
Ratificado el convenio por los cónyuges, el Juez dictará la sentencia de divorcio en la que se pronunciará sobre el convenio regulador. De modo que si el convenio regulador, no fuera admitido en todo o en parte, se concederá el plazo de 10 días para que los cónyuges presenten una nueva propuesta.
DIVORCIO CONTENCIOSO
El divorcio contencioso tiene lugar cuando los cónyuges no consiguen alcanzar un acuerdo entre ellos y uno de ellos decide interponer, asistido por su abogado y representado por su procurador, una demanda de divorcio contenciosa contra su cónyuge.
En la demanda se solicitará la forma en la que el demandante quiere que se regulen los extremos que hubiera procedido regular mediante convenio regulador.
El cónyuge demandado tendrá 20 días para contestar a la demanda, asistido por su abogado y procurador, debiendo indicar los puntos con los que está conforme y aquellos a los que se opone.
La contestación será trasladada al cónyuge demandante para que sepa lo que solicita el contrario, y se señalará la fecha para celebrarse el juicio de divorcio, donde ambas partes deberán defender sus posturas, valiéndose de las prueban que estimen procedentes, siendo finalmente el juez quien decida.
¿PUEDE TRANSFORMARSE EL TIPO DE DIVORCIO?
Efectivamente, es más común de lo que pensamos que un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo acabe por convertirse en un procedimiento contencioso, por surgir controversias a la hora de acordar los extremos del convenio regulador.
Por su parte, también es posible, aunque no es tan normal, que un divorcio contencioso acabe finalizando en mutuo acuerdo, porque una vez interpuesta la demanda de divorcio contencioso los cónyuges acaben por llegar a un consenso presentando ante el Juzgado la propuesta de convenio regulador.
¿QUÉ MEDIDAS DEBEN REGULARSE EN EL DIVORCIO?
Las medidas que deben regularse, ya sea de mutuo acuerdo en convenio regulador o propuestas en la demanda de divorcio contencioso, serán las siguientes:
- Patria potestad: normalmente se atribuirá a ambos progenitores, salvo que alguno de ellos estuviera privado de su ejercicio, y se refiere al conjunto de derechos y deberes que los padres tienen atribuidos sobre la persona y bienes de sus hijos por el hecho de ser padres.
- Guarda y custodia: habrá que decidir si la guarda y custodia sobre los hijos menores o mayores incapacitados, será monoparental o compartida entre ambos progenitores.
En ABOGA2 somos partidarios, siempre que sea posible, de la custodia compartida, por considerarlo el régimen más beneficioso para los menores. Si estás interesado en solicitar la custodia compartida no dudes en contactar con nuestro despacho, somos profesionales con amplia experiencia en esta materia.
- Régimen de visitas y comunicación: se decidirá sobre el derecho de cada uno los padres a estar con sus hijos, que normalmente será a partes iguales, si no hay circunstancia que lo impida.
Tanto si la custodia es compartida como monoparental, será necesario regular las visitas intersemanales, e igualmente distribuir los periodos de vacaciones, puentes y otros días festivos. Así como en su caso, se podrá fijar un régimen de visitas y comunicación en favor de los abuelos.
- Atribución del uso de la vivienda: se determinará a quien corresponde el uso del domicilio familiar. Por lo general, existiendo hijos menores, la vivienda se atribuirá a aquellos, correspondiendo su uso al progenitor custodio
- Pensión de alimentos: cuando la guarda y custodia sea monoparental deberá regularse la obligación de pago de una cantidad de dinero por el progenitor no custodio para cubrir unos gastos, comúnmente conocidos como “alimentos”, que incluirán todo aquello indispensable para el sustento de los hijos (alimentación, vivienda, educación, vestimenta, etc.
La cuantía de esta pensión de alimentos puede fijarse de mutuo acuerdo por convenio regulador o bien decidirla el juez, teniendo en cuenta las posibilidades económicas del progenitor alimentante y las necesidades de los menores. Y podrá modificarse posteriormente cuando varíen estas circunstancias.
- Pensión compensatoria: se decidirá si procede fijar una pensión compensatoria en aquellas situaciones en que exista un desequilibrio entre ambos progenitores, que igualmente podrá ser modificada posteriormente si ese desequilibrio económico dejara de existir.
- Liquidación de gananciales, en su caso: con carácter opcional los cónyuges podrán regular bien en convenio regulador o bien en la demanda sometida a decisión judicial la liquidación de la sociedad de gananciales.
Cuando el divorcio sea contencioso, el cónyuge que vaya a interponer la demanda de divorcio podrá solicitar que se adopten ciertas medidas provisionales justificadas porque exista una necesidad urgente de regular ciertos extremos, las cuales se mantendrán en vigor 30 días, trascurridos los cuales sin interponerse la demanda de divorcio, quedarán sin efecto.
Estas medidas provisionales o las que en su caso se adoptaran en la sentencia de divorcio, se convertirán en medidas definitivas, pero podrán ser modificadas cuando así se solicite por cualquiera de los cónyuges o el Ministerio Fiscal, por haber variado sustancialmente las circunstancias.
Estaremos encantados de poder ayudarte. Contactar con nosotros es muy fácil.
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