Escrito y verificado por el abogado especialista en Familia Francisco Javier Lopez Martinez Antes de…
Absuelto el hombre acusado por agarrar del cuello y el pelo a su mujer
Es muy importante contar con abogados penalistas especialistas en violencia de género, ello lo demuestra el siguiente caso de éxito conseguido por este Despacho de Abogados ABOGA2 Alcalá de Henares, en el que a un hombre le pedían pena de prisión por agarrar del cuello y del pelo a su mujer. El fiscal entendía que era un delito de violencia de género por maltrato en el ámbito familiar, y, le solicitaron pena de prisión. Pese a ello, el acusado confió en este Despacho de Abogados ABOGA2, y tras el Juicio, el Juzgado de lo Penal de Alcalá de Henares absolvió al acusado.
El caso de éxito es el siguiente:
Como hemos señalado, el acusado, hombre, fue denunciado por su mujer por agarrarle del cuello y del pelo, ello durante una discusión.
Nuestro cliente fue citado a Juicio Rápido ante el Juzgado de Violencia de Genero de Arganda del Rey. Tras las declaraciones tanto de él como de la denunciante, el Ministerio Fiscal solicitó, hasta la celebración del Juicio Penal, orden de alejamiento a favor de la víctima
El Juzgado de Violencia de Genero de Arganda del Rey provisionalmente dicto orden de alejamiento a favor de la denunciante hasta la celebración del Juicio.
Ante esta situación, el acusado, pese a tener una orden de alejamiento, siguió confiando en este despacho de abogados ABOGA2 sito en Alcalá de Henares.
En el acto del Juicio, el Ministerio Fiscal solicitó al acusado por un delito de maltrato en el ámbito familiar, una pena de prisión, así como a la pena de prohibición de aproximación a una distancia inferior a 500 metros a la denunciante.
Este Despacho de Abogados ABOGA2 se opuso a lo solicitado por el Ministerio Fiscal, solicitando la absolución del acusado. Una vez celebrado el Juicio, el Juzgado de lo Penal de Alcalá de Henares absolvió al acusado de los delitos que se le venían solicitando.
Ello así, porque en el Juicio, el acusado negó los hechos y la víctima se acogió a su derecho a no declarar, declarando únicamente el medico que atendió a la víctima y los Agentes de la Guardia Civil, a quienes la víctima les había relatado lo sucedido (testigos de referencia)
Por ello, ante la inexistencia de carga de prueba suficiente como para enervar el principio de presunción de inocencia se dicto una sentencia absolutoria.
Hay un punto muy importante en la Sentencia que es que, lo declarado por los Agentes de la Guardia civil únicamente es tenido en cuenta como un testimonio de referencia, es decir, que no presenciaron en primera persona los hechos, se lo contaron. Por ello, el testigo de referencia no es prueba de cargo suficiente como para enervar el principio de presunción de inocencia y condenar al acusado.
Si se encuentra inmerso en un procedimiento de violencia de genero o conoce de alguien que este en esta situación, no dude en contactar con nosotros, en ABOGA2 somos especialistas en violencia de genero y en la especial protección a la defensa del hombre, pudiendo asistirles durante todo el procedimiento.
Si quiere leer la sentencia puede hacerlo pinchando en el siguiente enlace donde la encontrarás en PDF:
Si quieres leer la resolución puedes hacerlo en el siguiente enlace
Si te encuentras ante una denuncia falsa y no sabes cómo puedes proceder con tu defensa, en ABOGA2 hemos llevado casos como este, donde el hombre fue víctima de una denuncia falsa.
Infórmate sobre los servicios de abogados especialistas en violencia de género de nuestro despacho
Esta entrada tiene 0 comentarios