Las negligencias médicas (también conocidas como “mala praxis” –mala practica-) se producen cuando cualquiera de…
Doctor no detectó apendicitis – Peritonitis
Hoy vamos a hacer referencia a un lamentable suceso en el que no se realizan las pruebas necesarias para detectar un APENDICITIS lo que ocasiona la muerte del paciente por PERITONITIS.
La Sentencia a la que hacemos referencia es de la Audiencia Provincial de Barcelona más concretamente la AP Barcelona, sec. 17ª, S 21-1-2015, nº 12/2015, rec. 772/2013 en la que se ratifica la condena a indemnizar con CIENTO CATROCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS mas intereses y costas.
De la anterior Sentencia es de destacar el Fundamento de Derecho Tercero en el que dice:
La Sentencia de instancia consideró que:
“…debe apreciarse la ausencia de medios (…) Como indica el perito , al Sr. FALLECIDO no se le realizaron las exploraciones ni se utilizaron las pruebas diagnósticas elementales que se hubieran debido realizar. La DOCTORA indicó en el acto del juicio que recomendó vigilar la ingesta del paciente, pero en los tres días que estuvo ingresado no se examinó ni se trató el tema de la orina concentrada que se observaba y de la escasa cantidad que evacuaba, y tampoco se tomó en cuenta el dato de 102 pulsaciones; no se le realizó ninguna analítica ni se examinó el abdomen con una exploración médica ni con radiografía o ecografía. Es de destacar como refirió EL PERITO en el acto del juicio, que si la ingesta de agua no era correcta, debió habérsele administrado suero y tampoco se hizo. Por ello, debe declararse probada la falta de aplicación de los medios al alcance de la medicina actual, en concreto, la falta de uso de pruebas diagnósticas”.
Una nueva valoración de la prueba conduce a idéntica conclusión que la alcanzada por la juzgadora a quo, que existió una deficiente prestación sanitaria, que no se actuó conforme a la lex artis, pues no se pusieron los medios adecuados para realizar el diagnóstico que hubiera podido evitar la muerte, que se produjo al no recibir la atención que necesitaba el Sr. FALLECIDO
El Sr. FALLECIDO con antecedentes de trastorno depresivo, acude el 26-2-2010 a urgencias del Hospital Vall d’Hebrón por imposibilidad para la micción en 10 horas (dto. 3.6 de la demanda), y se le recomienda hidratación, control por urólogo de zona, y en caso de fiebre acudir a urgencias. El 27-2-2010 acude a urgencias del Centre Fòrum Hospital del mar que decide el ingreso para forzar ingesta de líquidos y sólidos y control TA para valorar reintroducción de tratamiento antihipertensivo (dto. 4.2 de la demanda). En la hoja de enfermería de ese día (dto. 4.8) se anota “aparició d’insomni, hiporèxia i molesties abdominals similars a les que van motivar l’ingrès”. En las horas siguientes hasta la muerte el 1-3- 2010 sobre las 22.15 horas destaca la persistencia de orina colúrica, y como el hijo observa que tiene “el vientre muy distendido, blando y depresible a la palpación pero algo doloroso, se le administra dos sobre de magnesio por restreñimiento” (dto. 5.2). En la autopsia practicada se recoge que “En el área donde se localiza el apéndice se observa cómo éste se encuentra oscurecido con las paredes muy friables y necróticas en su base, con el ciego igualmente ennegrecido y las asas colindantes de coloración verdosa. Presenta anomalías en grandes vasos abdominales”, y concluye que la causa de la muerte es una “peritonitis purulenta. Infección apendicular perforada” (dto. 6.5 de la demanda).
No puede coincidirse con la interpretación que realiza el perito DE LA DEMANDADA, quien minimiza los síntomas que fueron en aumento, que evidenciaban un problema en el abdomen que no fue analizado, y que provocó la muerte del paciente por falta de la precisa atención médica.
Como indica el perito DE LA DEMANDANTE y aprecia la sentencia de instancia, la persistencia de la orina colúrica, la taquicardia, la discordancia entre el líquido que entraba y salía (sin vómitos o diarreas), que evidencian deshidratación, y el dolor abdominal, con abdomen hinchado, distendido, exigían analizar la causa, como mínimo con una analítica y una radiografía del abdomen, sin poder atribuir estos síntomas a un restreñimiento. Pero no se realizó una exploración clínica, nada se estudió, únicamente se dio tratamiento para estreñimiento por enfermero, que no podía hacer diagnóstico y aplicar tratamiento.
La conclusión de la sentencia, se ha incumplido la LEX ARTIS ya que no se han aplicado los medios diagnósticos al alcance para detectar la enfermedad.
La indemnización ascendió a más de CIEN MIL EUROS.
Quedamos a vuestra entera disposición si queréis comentaros vuestro caso bien por mail en info@aboga2.eu o bien por teléfono en el 91 570 42 34
Artículo redactado por Don Jesus Angel Lorenzo González (abogado negligencias médicas Madrid).
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