Seguro que has escuchado hablar sobre el testamento vital, pero… ¿Sabes qué es y para…
El usufructo universal vitalicio engloba y absorbe la cuota viudal
En muchos casos los hijos únicamente tienen buena relación con uno de sus dos padres, y por ello, muchas veces se preguntan que derechos tienen uno de sus padres cuando el otro fallece. Como no nos cansamos de repetir cuánto es importante contar con abogados especialistas en derecho sucesorio, te hemos resumido el siguiente caso real.
El padre fallece y en testamento deja a su mujer el usufructo vitalicio de todos sus bienes. Dado que los hijos y la madre no llegaban a acuerdo por su mala relación, el asunto finalizo en los tribunales, ello porque la madre quería el usufructo vitalicio de la herencia y la cuota viudal, en cambio, los hijos únicamente aceptaban el usufructo vitalicio.
El Juzgado de Primera Instancia de Alcalá de Henares dicto sentencia dando la razón a la madre y otorgándole el usufructo vitalicio y la cuota viudal. Pese a ello, los hijos siguieron confiando en sus abogados e interpusieron recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid les dio la razón y dicto sentencia considerando que el usufructo universal vitalicio engloba y absorbe la cuota viudal.
Como hemos señalado, una vez fallecido el padre, el mismo dejo en testamento a su mujer el usufructo vitalicio de todos sus bienes, y a sus hijos la nuda propiedad. Ambas partes intentaron llegar acuerdos para repartir la herencia, pese a ello, no hubo acuerdo y acabaron en los tribunales, porque la madre quería, demás del usufructo vitalicio, la cuota viudal. Ello lo rechazaban completamente sus hijos, pues entendían que únicamente le correspondía el usufructo vitalicio de los bienes.
El Juzgado de Primera Instancia de Alcalá de Henares, dicto sentencia considerando que a la madre además del usufructo vitalicio de todos los bienes de la herencia le corresponde también la cuota viudal. Esta sentencia fue recurrida en apelación por un despacho de abogados ante la Audiencia Provincial de Madrid. ¿Por qué?
Porque la cuota viudal es incompatible con el usufructo universal vitalicio a favor de la esposa. El usufructo universal es más amplio que la cuota viudal, consistente en el usufructo del tercio destinado a mejora, debería de haberse concluido con que esa cuota queda absorbida por el aquel usufructo; lo contrario, supondría un enriquecimiento injusto de la viuda, por estar computando dos veces el usufructo del tercio destinado a mejora, y se estarían perjudicando los derechos de los herederos.
Finalmente, la Audiencia Provincial de Madrid dicto sentencia estimando en parte el recurso de apelación y acordando que el usufructo universal vitalicio engloba la cuota viudal.
Lo más destacable de esta Sentencia es que ella implica que si el difunto deja en testamento el usufructo universal a su mujer, sus hijos tienen la opción de elegir entre dos alternativas:
Dejar el usufructo universal a su madre y cuando esta fallezca serán propietarios de toda la herencia (tendrán mayor proporción de herencia)
O bien únicamente recibir el tercio de legitima, dejando a su madre el pleno dominio del tercio de libre disposición.
Si NO se aceptase el usufructo vitalicio por los herederos, la esposa heredaría el tercio de libre disposición y seguiría manteniendo su derecho a la cuota viudal, por ello el usufructo universal vitalicio, siempre que se acepte, engloba y absorbe la cuota viudal que, consiguientemente, en su importe, debe ser distribuida a partes iguales entre los descendientes.
Si quieres leer la resolución puedes hacerlo en el siguiente enlace
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