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Ejecutividad en sentencias de familia

Ejecutividad En Sentencias De Familia

Muchas veces nuestros clientes obtienen una sentencia de familia favorable, pero poco a poco se dan cuenta que la sentencia no se está cumpliendo y nos preguntan qué se puede hacer.

¿Qué puedo hacer si se incumple la sentencia de familia? ¿Cómo puedo actuar si mi pareja no cumple con el régimen de visitas que establece la sentencia? No me pagan la pensión de alimentos ¿Qué puedo hacer?. Me han otorgado la custodia exclusiva pero mi pareja no me entrega a nuestro hijo. ¿Puedo ejecutar provisionalmente una sentencia de familia?

Como ves, estas son algunas de las muchas preguntas que nos hacen nuestros clientes y que hoy nuestros abogados en Alcalá de Henares, abogados en Leganés y abogados en Madrid especializados en derecho de familia van a responder. No obstante, si te surge cualquier duda mientras lees este post no duden en ponernos en contacto con nosotros y te agendaremos una consulta para resolver todas las preguntas que te puedan surgir y, si lo deseas, que llevemos tu procedimiento.

Demanda de ejecución de sentencia ¿Qué es?

La ejecución de sentencias es un proceso fundamental para garantizar el cumplimiento de las sentencias en procedimientos de familia, como las sentencias de divorcio, la custodia de los hijos y las pensiones alimenticias. Este proceso legal se lleva a cabo cuando una de las partes involucradas no cumple con lo establecido en la sentencia, y su objetivo principal es hacer valer los derechos y proteger los intereses de los afectados.

En el caso del divorcio, por ejemplo, una sentencia puede establecer aspectos como la pensión alimenticia para los hijos, la atribución de la vivienda familiar, la liquidación de bienes matrimoniales y la custodia de los hijos menores. Si alguna de las partes no cumple con lo acordado, la otra parte puede iniciar el proceso de ejecución de la sentencia para exigir el cumplimiento y proteger sus derechos. Nuestros abogados de divorcio siempre recomiendan acudir a un abogado especializado en derecho de familia para que le pueda asesorar y ayudar ante cualquier problema jurídico.

¿En qué Juzgado se ejecuta la sentencia?

Para poder ejecutar la resolución que acuerde las medidas habrá que dirigir la demanda al Juzgado de Primera Instancia que haya dictado la sentencia.

¿Quién puede ejecutar la sentencia?

Podrán ejecutar la sentencia las personas que aparezcan en el título ejecutivo, es decir, en la sentencia y la mayoría de las veces son los progenitores o cónyuges.

¿Es necesario abogado para interponer la demanda de ejecución?

Sí, para este tipo de procedimientos será necesario contar con abogado y procurador.

Plazo para interponer la demanda de ejecución

Hay que tener en cuenta que este tipo de acciones caducarán en el plazo de 5 años desde la firmeza de la sentencia. Es decir, si en el tiempo de 5 años no se ha interpuesto la demanda de ejecución en el Juzgado correspondiente la persona legitimada para ello no podrá hacerlo, se le habrá pasado la fecha para ello.

¿Se puede adoptar alguna medida si no se cumple la sentencia?

 ¡Claro que sí! No cumplir una sentencia tiene consecuencias. Se pueden adoptar diversas medidas para garantizar el cumplimiento de la sentencia entre las que encontramos embargos de bienes, retención de salarios, intervención de cuentas bancarias e incluso el uso de la fuerza pública en casos extremos. Estas medidas están destinadas a presionar al incumplidor para que cumpla con las obligaciones establecidas por la sentencia.

Dependiendo de qué verse el procedimiento, cuando se ejecuta una sentencia existe la posibilidad de embargar bienes y derechos al ejecutado (a la persona frente a la que se ejecuta la sentencia). Para ello, hay que tener en cuenta que existen una serie de bienes inembargables, como por ejemplo:

  1. Los animales de compañía, sin perjuicio de la embargabilidad de las rentas que los mismos puedan generar.
  2. Los bienes que hayan sido declarados inalienables.
  3. Los derechos accesorios, que no sean alienables con independencia del principal.
  4. Los bienes que carezcan, por sí solos, de contenido patrimonial.
  5. Los bienes expresamente declarados inembargables por alguna disposición legal.
  6. El mobiliario y el menaje de la casa, así como las ropas del ejecutado y de su familia, en lo que no pueda considerarse superfluo. En general, aquellos bienes como alimentos, combustible y otros que, a juicio del tribunal, resulten imprescindibles para que el ejecutado y las personas de él dependientes puedan atender con razonable dignidad a su subsistencia.
  7. Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada.
  8. Los bienes sacros y los dedicados al culto de las religiones legalmente registradas.
  9. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el Salario Mínimo Interprofesional

¡OJO! Cuando se esté ejecutando una sentencia que condene al pago de alimentos sí se podrá embargar el salario, independientemente del Salario Mínimo Interprofesional.

Si necesitas algo más de información te dejamos el link de varios de nuestros artículos del Blog de derecho de familia:

¿Qué pasa si no pago la pensión de alimentos?

Ejecución de Sentencia por Impago de Pensión Alimenticia

¿Puedo ejecutar una sentencia de familia aunque se haya interpuesto un recurso de apelación?

¡Claro que sí! Es lo que se denomina en derecho ejecución provisional de las sentencias.

En este tipo de casos se podrá ejecutar la resolución en un proceso de familia sin esperar el plazo de 20 días que menciona la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Una cosa que hay que tener en cuenta es que existen determinadas sentencias que no pueden ser ejecutadas provisionalmente, las encontramos en el artículo 525 LEC:

«Las sentencias dictadas en los procesos sobre paternidad, maternidad, filiación, nulidad de matrimonio, separación y divorcio, capacidad y estado civil, oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, así como sobre las medidas relativas a la restitución o retorno de menores en los supuestos de sustracción internacional y derechos honoríficos, salvo los pronunciamientos que regulen las obligaciones y relaciones patrimoniales relacionadas con lo que sea objeto principal del proceso».

Entonces… ¿Puedo ejecutar las medidas que contiene la sentencia o no?

¡SI! Vamos a explicarlo para que quede bien claro.

Cuando se niega la ejecución provisional a las sentencias dictadas en los procesos de nulidad, separación o divorcio, ha de entenderse que se refiere, en coherencia con el artículo 521 LEC, al pronunciamiento sobre el estado civil que resulta del fallo. Es decir, lo que sí se puede ejecutar son las medidas que la sentencia contiene y no el estado civil.

¿Y si se ha interpuesto recurso de apelación a la sentencia puedo ejecutar la sentencia?

Sí. En el artículo 774.5 LEC encontramos lo siguiente:

«Los recursos que, conforme a la ley, se interpongan contra la sentencia no suspenderán la eficacia de las medidas que se hubieren acordado en ésta. Si la impugnación afectara únicamente a los pronunciamientos sobre medidas, se declarará por el Letrado de la Administración de Justicia la firmeza del pronunciamiento sobre la nulidad, separación o divorcio»

En conclusión, una vez que se hayan adoptado una serie de medidas en una sentencia serán ejecutables provisionalmente, independientemente de que se haya interpuesto recurso de apelación y se esté tramitando.

Es fundamental contar con el apoyo de abogados especializados en derecho de familia durante el proceso de ejecución de sentencias. Nuestros profesionales tienen el conocimiento y la experiencia necesarios para asesorar y representar a los clientes de manera efectiva, protegiendo sus derechos y buscando la mejor solución en cada caso particular.

Te en cuenta que un abogado de familia no solo se dedica a guiar a sus clientes a través del proceso y presentar la demanda de ejecución. Sino que primordialmente va a procurar velar por que se tomen las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la sentencia.

Abogado de familia Ignacio Martín Benito
Ignacio Martín Benito
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