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¿Cuándo dejas de ser familia numerosa?

¿Cuándo Dejas De Ser Familia Numerosa?

DÑA.-CRISTINA-PÉREZ-CABALLERO

Escrito y verificado por la abogada especialista en Familia
Cristina Pérez-Caballero Rodríguez

En España se prevén una serie ventajas, bonificaciones y ayudas por ser familia numerosa a fin de compensar los costes adicionales que estos núcleos familiares tienen que afrontar. Beneficios estos destinados a ofrecer una protección especifica y a los que las familias pueden optar desde el momento que obtienen el título oficial que acredita esta condición.

Sin embargo, son muchos los que se preguntan hasta cuando se es familia numerosa y pueden seguir disfrutando de estos incentivos.

 ¿QUIENES SON FAMILIA NUMEROSA?

La definición de familia numerosa la encontramos en la Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de Protección a las Familias numerosas, que en su artículo 2 establece que tendrán la consideración de familia numerosa y podrán optar al título de familia numerosa, las familias integradas por:

  • Uno o dos ascendientes unidos en matrimonio que tengan tres o más hijos ya sean en común o no.
  • Uno o dos ascendientes con dos hijos sean o no comunes, cuando al menos uno de ellos tenga una discapacidad superior al 33% o está incapacitado para trabajar.
  • Dos ascendientes con dos hijos sean o no comunes, cuando ambos padres fueran discapacitados o, al menos, uno de ellos, tuviera una discapacidad igual o superior al 65% o con imposibilidad para trabajar, y dos hijos, ya sean comunes o no.
  • Un ascendiente separado o divorciado, que tenga a su cargo (que sean dependientes económicamente) tres o más hijos, aunque estos se encontraran en distintas unidades familiares.
  • Dos hermanos huérfanos de padre y madre bajo tutela, en acogida o guarda, que viven con el tutor, acogedor o guardador, pero no se encuentran a sus expensas.
  • Tres hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos hermanos si uno de ellos tiene discapacidad, y dependan económicamente entre ellos.

 ¿QUE REQUISITOS DEBEN CUMPLIRSE PARA OBTENER EL TITULO DE FAMILIA NUMEROSA?

El título de familia numerosa es un documento oficial con validez en toda España que reconoce la condición de familia numerosa a estos grupos familiares y les permite acceder a los beneficios y bonificaciones destinados a ellos.

Si bien, para poder optar a este título es necesario que además de estar incluidos en alguno de los supuestos anteriormente mencionados, los hijos cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser menores de 21 años y no estar casados: este límite de edad no se aplicará cuando los hijos fueran discapacitados o incapacitados para trabajar, y se ampliará hasta los 26 años cuando sigan formándose o cursando estudios.
  • Que convivan con sus progenitores: o al menos con uno de ellos, salvo que, por razones de estudios, laborales o de salud se hallaran residiendo de forma transitoria en otro lugar.
  • Sean dependientes económicamente de sus padres: entendiendo como tal, aquellos que obtengan ingresos que no superen el IPREM vigente; sean incapacitados para trabajar y la pensión que obtienen no supere el IPREM vigente; o bien aquellos que obtengan ingresos superiores, pero tengan un único progenitor inactivo siempre que se cumplan ciertos requisitos.

¿HASTA CUANDO PUEDEN LAS FAMILIAS CONSERVAR EL TITULO DE FAMILA NUMEROSA?

Hasta hace unos años, la ley establecía que estas familias perderían la condición de “familias numerosas” cuando el mayor de los hijos alcanzara la edad de 21 años o 26 años si continuaba estudiando y siendo dependiente económicamente de sus padres.

Sin embargo, a partir de la entrada en vigor de la ley 26/2015 de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, este criterio cambio, y las familias numerosas seguirían conservando el título de familia numerosa, incluso la categoría “general” o “especial” en la que estuvieran incluidas, hasta que el menor de los hijos cumpliera los requisitos expuestos en el expositivo anterior.

De modo que, los hijos a medida que dejen de cumplir con los requisitos legalmente exigidos para optar al título perderán el acceso a los beneficios reconocidos a las familias numerosas, pero el título de familia numerosa se mantendrá hasta que el menor de los hijos cumpla los 21 años o 26 años en caso de seguir estudiando y mantener su dependencia económica, pudiendo de estar forma los hijos menores seguir gozando de los mismos beneficios de los que disfrutaron sus hermanos.

En cualquier caso, hemos de recordar que esta modificación solo afecto a aquellas familias que en fecha 1 de agosto de 2015 siguieran manteniendo el título de familia numerosa en vigor o aquellas que lo solicitaran por primera vez a partir de esa fecha, pero no a aquellas que hubieran perdido su condición para entonces.

Abogada de familia Cristina Pérez Caballero en ABOGA2
Cristina Pérez-Caballero Rodríguez
Abogada en ABOGA2 | Web | + posts

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