Cuando una pareja decide separarse o divorciarse son muchas las dudas que suelen venirles a…
Jurisprudencia denegación pensión compensatoria
La pensión compensatoria es aquella que recibe uno de los cónyuges por parte de su ex cónyuge cuando, a causa de la separación o divorcio, se hubiera producido un desequilibrio económico del primero en relación a la posición en que queda el otro y que conlleva un empeoramiento económico con respecto a la situación que tenía durante el matrimonio.
La pensión compensatoria según dispone el art. 97 del Código Civil puede determinarse de común acuerdo en convenio regulador, siendo los propios cónyuges quienes acuerden su importe y duración, o en defecto de acuerdo, será el Juez quien decida en la Sentencia, teniendo en cuenta las circunstancias del caso concreto.
Requisitos para que proceda la pensión compensatoria
Así, según reconoce el Tribunal Supremo los requisitos que en todo caso han de darse para que proceda la pensión compensatoria son
- la existencia de un matrimonio (no se puede establecer en parejas de hecho) y
- que se produzca un desequilibrio económico.
Criterios para valorar la existencia de desequilibrio económico
Ahora bien, para valorar la existencia de este desequilibrio económico y así establecer o denegar la pensión compensatoria y en su caso, determinar su duración y cuantía, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Edad y salud de los cónyuges
Tenderá a fijarse cuando el cónyuge sea una persona de mayor edad o con condiciones de salud que le dificulten o impidan el acceso al mercado laboral.
Cualificación profesional y probabilidades de conseguir un empleo
Es más probable que se deniegue si el cónyuge tiene formación y está en condiciones de acceder a un empleo fácilmente.
Dedicación pasada y futura a la familia
Se tendrá en cuenta el cónyuge que haya visto o pueda ver afectadas sus expectativas laborales por prestar mayor dedicación a la familia o al hogar familiar.
Colaboración a las actividades del cónyuge
Se valorará positivamente la participación del cónyuge en el trabajo de su respectivo.
Duración del matrimonio
Existen menos probabilidades de fijar la pensión cuando la duración del matrimonio y la convivencia conyugal es corta en el tiempo.
Pérdida eventual de un derecho de pensión
Habrá de tener en cuenta si el cónyuge perdió algún derecho a recibir una pensión por el hecho de casarse.
El caudal y recursos económicos de quien la paga y recibe
Se fijará atendiendo a las posibilidades de uno u otro, siendo en todo caso proporcional al caudal de quien los da y necesidades de quien los recibe.
Cualquier otra circunstancia relevante
En cualquier caso, nuestro Alto tribunal es firme al interpretar el artículo 97 CC y ha dejado claro que procede la denegación de la pensión compensatoria cuando tenga por finalidad indemnizar a uno de los cónyuges o equilibrar los patrimonios de los cónyuges.
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