🏅 Cobro por parte del Cliente antes de que finalizara el Proceso Judicial. Saltear al contenido principal

Cobro de lo que se debía por parte del cliente antes de que finalizara el proceso judicial.

Terminaciónn Por Satisfacción Extraprocesal

Cuando se inicia un procedimiento judicial, no siempre quiere decir que las partes deban defender sus pretensiones hasta el final o que necesariamente dicho procedimiento tenga que acabar con una sentencia, sino que en algunos casos el proceso puede finalizar simplemente porque la disputa haya desaparecido.

Esto es precisamente lo que ocurre cuando se produce la satisfacción extraprocesal, situación en la que el demandante por cualquier motivo consigue su objetivo antes de que finalice el proceso.

Lo cierto es que aunque no es muy frecuente, podemos llegar a ahorrarnos mucho tiempo y quebraderos de cabeza  si conseguimos llegar a un acuerdo con la parte contraria, que acabe por satisfacer igualmente los intereses de nuestros clientes, poniendo fin así al procedimiento judicial.

Parece razonable que la mayoría de nuestros clientes quieran interponer directamente la demanda sin acudir a ningún tipo de negociación previa ya que las relaciones contractuales no siempre acaban de la mejor manera. Sin embargo, desde ABOGA2 siempre aconsejamos intentar negociar previamente, y si no es posible hacerlo antes del inicio del procedimiento, recomendamos tratar de negociar en cualquier momento procesal.

Cuando las partes consiguen llegar a un acuerdo, deben poner en conocimiento del tribunal la satisfacción extraprocesal de la pretensión, informando tanto del hecho como expresando su conformidad respecto de la terminación del proceso. En ese caso, será el Letrado de la Administración de Justicia quien declare la terminación del proceso mediante decreto.

Esto es exactamente lo que ocurrió en uno de los casos que llevamos en nuestro despacho y que a continuación os vamos contar:

Nuestro cliente había firmado con una empresa de arquitectura un contrato en calidad de subcontratista por el que este último se comprometía a realizar la obra a cambio de pagarle la cantidad de 12.068,05 euros más el IVA correspondiente. Sin embargo, solo le realizó un primer y único pago por una parte de la cantidad debida.

Así, tras exigirle en reiteradas ocasiones a la mercantil el pago de los 10.827,14 euros que quedaban pendientes de abono y dada la negativa de la empresa a cumplir con su deuda, nuestro cliente no vio otra opción que buscar a un abogado especialista en la materia para interponer la oportuna demanda judicial.

Por ello, contactó con ABOGA2, donde le asistimos con la interposición de la correspondiente demanda de reclamación contra la empresa. Si bien, y una vez iniciado ya el procedimiento, nuestros abogados siguieron negociando hasta que llegaron a alcanzar un acuerdo extrajudicial con la otra parte por el que se comprometía a saldar su deuda, poniendo fin a las controversias existentes, y por ende, solicitando el archivo de las actuaciones.

En consecuencia, el Juzgado de 1º Instancia nº84 de Madrid dictó decreto, el cual puedes consultar aquí, dando por terminado el procedimiento ante dicho órgano, archivando las actuaciones por satisfacción extraprocesal.

Si quieres leer la resolución puedes hacerlo en el siguiente enlace

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