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ABOGADOS INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS

Abogados incumplimiento régimen de visitas

Te ofrecemos el mejor servicio y trato exclusivo poniendo a tu disposición especialistas en familia. Nuestros abogados te asesoran en todas las cuestiones de divorcios, separaciones y los delitos y procedimientos relacionados, como el incumplimiento del régimen de visitas. Cada uno de nuestros abogados tiene amplia experiencia y numerosos casos ganados en los juzgados de familia.

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¿Qué es el régimen de visitas?

Cuando te encuentras ante un proceso de divorcio, debes saber que antes, durante y después del mismo, lo más importante son los hijos, y será el juez y el Ministerio Fiscal quienes velen por ello.

Primeramente tendremos que atender a que tipo de régimen de visitas fijar. Si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo, entonces ambas partes fijan de mutuo acuerdo el régimen de visitas. Si se trata de un divorcio contencioso, será el juez quien determine ese régimen de visitas.

Por norma general, se otorgan fines de semana alternos de forma que de lunes a viernes están con uno de los cónyuges, y cada fin de semana alternos, están con el cónyuge que no tiene a los hijos durante la semana.

Abogados especialistas en casos de incumplimiento del régimen de visitas

Primeramente hay que destacar que puede producirse el incumplimiento del régimen de visitas por ambos progenitores, es decir tanto por la parte que tiene la custodia, como por la que tiene concedidas las visitas.

Nuestros abogados matrimonialistas han tenido casos cuando el progenitor no custodio no ejerce su régimen de visitas, no acude a los puntos de encuentro o nega informarse sobre sus hijos. Pero también hemos llevado muchos casos cuando el progenitor custodio impide que el otro progenitor ejerza su régimen de visitas.

Sea cual sea tu caso, consulta con los expertos para saber cómo actuar en tu situación en concreto.

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D. JESÚS LORENZO GONZALEZ
D. JESÚS LORENZO GONZALEZ
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DÑA.-CRISTINA-PÉREZ-CABALLERO
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D.-FRANCISCO-LÓPEZ-MARTÍNEZ
D. FRANCISCO LÓPEZ MARTÍNEZ
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¿CÓMO PROCEDER ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS?

En primer lugar, debemos notificar por vía telemática o burofax al progenitor que está realizando un incumplimiento del régimen de visitas, y de que una sentencia debe ejecutarse en sus propios términos, por lo que no puede actuar de forma contraria.

En caso de que ese progenitor haga caso omiso a las advertencias, entonces podemos recurrir a la vía civil, y debemos ejecutar sentencia. Para ello, ponemos una demanda donde hacemos conocer a un juez de que se están produciendo incumplimiento de visitas con sus correspondientes pruebas, y a continuación le instamos a la otra parte para que cumpla con sus visitas.

Por otro lado, se pueden establecer multas por cada incumplimiento, de manera que cada vez que el progenitor infrinja el régimen de visitas se vea obligado a pagar una cuantía debido al incumplimiento de sus obligaciones.

Otra cuestión es que ese requerimiento se formule bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia, de este modo podremos lograr que se nos abra la posibilidad de la vía penal, de forma que si una ex pareja continua con el incumplimiento de visitas se le pueda perseguir por un delito de desobediencia.

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CASOS FRECUENTES DE NUESTROS ABOGADOS EXPERTOS EN INCUMPLIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS

A continuación te ofrecemos una pequeña recopilación de los casos más comunes de Incumplimiento del régimen de visitas. Te servirán de apoyo y para ubicarte en la situación en general. No nos cansamos de repetir que cada caso es diferente por lo que debes acudir al abogado especialista en la materia para que te asesore.

El progenitor custodio impide que el progenitor no custodio ejerza su régimen de visitas

En estos casos, el progenitor que se ve con la prohibición de cumplir ese régimen, podría presentar una denuncia ya que en este caso el progenitor custodio está entorpeciendo el derecho del menor a relacionarse con su otro progenitor.

El padre de mi pequeño lleva demasiado tiempo sin ver ni saber nada de su hijo

Si la intención es que el padre visite, vea y conozca a su hijo, puede solicitar ejecución de sentencia por incumplimiento del régimen de visitas alegando que dado el reiterado incumplimiento de dichas visitas y la nula manera de probar dicho incumplimiento por su misma ausencia, éstas vengan a celebrarse cautelarmente en un punto de encuentro (municipal o autonómico, lo sabrá tu Abogad@) a fin de poder ser visitado y hacerse seguimiento de dichas presencias paternas.

En el caso de no acudir a ese mismo punto de encuentro, las asistentes sociales existentes allí presentes, pueden redactar el informe o testificar sobre su falta de ausencia. Existe la posibilidad (en caso de que se lo quiera plantear)  de solicitar la privación del régimen de visitas (esto es algo más serio, pero la posibilidad legal existe).

En resumidas cuentas, ese lugar o punto de encuentro vendría a ser el “testigo” de su ausencia.

He denunciado a mi ex porque siempre que me tocan los fines de semana festivos, ella se los queda

En esta situación debemos acogernos a lo que dice el convenio. Si existe incumplimiento se debería pedir en el procedimiento civil que se cumpla con los requerimientos oportunos hacia ella. También se puede denunciar por incumplimiento (se tramitaría como juicio de faltas) pero si fuera reiterado se podría transformar en delito.

Mi mujer y yo nos estamos planteado el divorcio, ¿qué procesos debemos dar para el régimen de visitas?

Las medidas del divorcio, irán encaminadas sobre todo a cuidar de vuestro hijo. Vuestro hijo estaría regulado por la guarda y custodia en régimen de visitas, vivienda, y pensión alimenticia.

Mi mujer y yo nos hemos divorciado. No llegamos a un acuerdo

En caso de que no llegue a un acuerdo, tendría que tramitar su divorcio de forma contenciosa. En ese caso, lo que el juez dictaminaría estaría en función de las pruebas que se aportaran en la vista, en relación a la guarda y custodia, pensión de alimentos, régimen de visitas, etc. Normalmente, la guarda y custodia le sería atribuida a la madre, así como la atribución de la vivienda familiar, imponiendo al cónyuge que no se queda con la custodia, el pago de una pensión de alimentos en favor de los hijos menores, así como el correspondiente régimen de visitas.

En caso de llegar a un acuerdo sobre los extremos anteriores, sólo necesitaría plasmarlos en un convenio regulador, que lo elaboraría un abogado, y tramitar su divorcio de mutuo acuerdo, lo cual le resultaría mucho más fácil, rápido y económico que si fuera contencioso.

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